Deducciones Fiscales 2015
Enviado por Caesar Portos • 20 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 2.436 Palabras (10 Páginas) • 285 Visitas
Julio 21 de 2014.
Estimado Fernando:
La gente salió contenta en la reunión del viernes. Pueden estar o no de acuerdo con la información solicitada pero siempre agradecen la buena disposición de las autoridades fiscales para intercambiar ideas con ellos.
Como quedamos, te mando las preguntas con las respuestas que estamos viendo como posibles.
En las que tenemos dudas, estamos anotando que están en estudio.
Te solidito por favor las hagas llegar al Lic. Franz Antonio Jiménez.
Se busca dar TIPS a la RED sobre los puntos que les preocupan. Sólo son orientadores y no pueden ser definitivos hasta que no sean publicados por ustedes.
Se publicarían a través de un comunicado de la AMDA a la red.
La idea es solicitarles nos ayuden en su revisión (sin que vaya un sello o alguna respuesta oficial en ello). Pretendemos evitar errores de interpretación. Si ven que algo está mal o desean modificarlo, les pedimos nos hagan la sugerencia respectiva. Lo mismo, si en algún tema en particular quieren que sólo aparezca la leyenda “Tema en estudio”.
Saludos
C.P. Alfonso Pérez Reguera M. de E.
c.c.p. Lic. Franz Antonio Jiménez Rueda
Lic. Fernando LAscuraìn Farell
Ing. Guillermo Rosales
Preguntas que han llegado a AMDA para plática sobre contabilidad electrónica
Nota: las respuestas se toman de lo expresado por las autoridades fiscales en diversos foros. Se espera que próximamente se suban al portal del SAT en el apartado de “Preguntas Frecuentes”.
También esperan próximamente tener listo el micro sitio respectivo y un tutorial explicativo de los nuevos trámites.
Las respuestas que se acompañan NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO DEFINITIVAS, solamente SON una guía para la toma de decisiones. Confiamos en que próximamente sean publicadas en la página del SAT, lo que les otorgaría mayor certeza.
- Fiscales.
1.1 ¿Cuál es la razón de ser de la solicitud del envío de la información contable? ¿Cuál es el valor agregado para la autoridad vs el costo para el contribuyente?
R= La autoridad pretende obtener información estadística que sirva para mejorar sus procesos de Control de los contribuyentes., buscando información que les señale más rápidamente los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales.
1.2 ¿La información va a servir para fiscalizar? ¿Qué pasa si hay un error?
R= En principio explican que no será así. Sin embargo su objetivo es trabajar con modelos de riesgo que en el corto plazo les permitan establecer el alcance de su auditoría.
En los casos de errores detectados por las autoridades, éstas se notificarán a los contribuyentes, dándoseles un plazo de tres días hábiles para que los corrijan.
1.3 ¿A partir de qué momento la autoridad va a requerir la información adicional solicitada en el concepto de la póliza?
R= El artículo décimo tercero transitorio de la segunda resolución miscelánea, dispone que sólo podrá solicitarse esta información hasta el 1º. de enero de 2015, salvo en el caso de información solicitada para devoluciones y compensaciones de IVA.
Sin embargo, en este último supuesto, están trabajando el SAT, el IMCP y la PRODECON para que en este segundo semestre de 2014, solamente se entregue la información en formato XML cuando el contribuyente ya esté preparado para ello.
1.4 ¿Hay alguna multa por incumplimiento?
R= En cuanto a las multas, nos explican que en estos primeros meses, más que multar, buscan que los contribuyentes se adapten a las nuevas disposiciones y las cumplan.
A pesar de esos comentarios, el Código Fiscal es claro en cuanto a las sanciones.
Algunas de las sanciones que se señalan en el Código Fiscal relacionadas con la contabilidad son:
Fundamento | Infracción | Multas |
81,fracción I 82, fracción I, inciso b | No presentar avisos que Soliciten las autoridades fiscales | De 773 a $19,321[1] |
81, fracción II 82, fracción II, inciso c | Presentarlos con errores o irregularidades | De $97 a $193 por cada dato no asentado o asentado incorrectamente[2] |
83, fracción I 84,fraccón I | No llevar contabilidad | De $843 a $8,421 |
83, fracción II | No llevar algún libro o registro especial al que obliguen las autoridades fiscales | De $180 a $4211 |
83, fracción III | Llevar la contabilidad en forma distinta a como lo señalan las leyes fiscales. | De $180 a $4211 |
83, fracción IV | No hacer los asientos correspondientes, o hacerlos incompletos, inexactos o fuera de los plazos establecidos. | De $180 a $3,368 |
1.5 ¿Se va a publicar alguna guía para el envío de la información contable? ¿Hay alguna fecha ya programada para ello?
R = El SAT ofrece su publicación en los próximos días.
1.6 ¿Debo modificar el formato y la clasificación de mis pólizas contables para cumplir con las nuevas obligaciones?
R = La información de las pólizas deben reportarse al SAT, tal y como aparecen en el sistema contable del contribuyente. No se pretende que se hagan cambios a las mismas.
1.7 Las empresas automotrices reciben muchos anticipos y generan CFDI´s. ¿se deben ligar a la contabilidad los folios fiscales aunque sólo sean recibos de caja?
R= El anticipo es gravable para efectos de IVA e ISR. Se debe generar un CFDI por cada anticipo recibido. En la parte contable, se genera una póliza contable por el mismo, el cual debe estar ligado a su correspondiente CFD.
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