LA UTILIDAD DE LAS NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
Enviado por luisorz28 • 19 de Noviembre de 2021 • Ensayo • 1.588 Palabras (7 Páginas) • 715 Visitas
LA UTILIDAD DE LAS NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
Para iniciar este trabajo se explicarán los conceptos de procedimiento administrativo de ejecución y sus derivados junto con las definiciones de notificación; para continuar de se desarrollarán los conceptos y se explicaran qué tipo de notificaciones existen para informar a los contribuyentes que iniciarán un procedimiento administrativo de ejecución y cómo esto facilita el trabajo de la autoridad fiscal, para concluir se reflexionará ¿Cómo las notificaciones cumplen con su cometido?.
⦁ Introducción.
Procedimiento administrativo de ejecución
Se da en consecuencia del incumplimiento del contribuyente, una vez que se ha determinado el crédito fiscal y éste no ha sido pagado dentro de los plazos establecidos, sin embargo de conformidad con nuestro código impositivo en mención pueden existir otras causas por las que se genera tal procedimiento como son: se haya desocupado sin haber presentado aviso de cambio de domicilio, se oponga a la determinación de créditos fiscales correspondientes o tenga créditos fiscales que debieran estar garantizados y no lo estén o la garantía resulte insuficiente.
El efecto del procedimiento administrativo de ejecución es el pago de contribución no satisfecha, a través del embargo de bienes, en su caso se cubre el crédito fiscal no satisfecho dentro de los plazos legales establecidos.
El procedimiento administrativo es un procedimiento mediante el cual la autoridad pretende cubrir los créditos fiscales adeudados, caso en el que el cobro podrá ser en especie, que al final se transforma en dinero.
El procedimiento administrativo de ejecución:
Desde el punto de vista De la Garza, se entiende como la ejecución forzosa como medio jurídico, con lo cual se logra la satisfacción del acreedor cuando esto no se consigue a través de la prestación del deudor y es necesario conseguir aquella satisfacción a expensas de la voluntad del obligado.
Se lleva a cabo por la autoridad determinando el crédito fiscal adeudado y este no se pague dentro del plazo de 30 días (créditos fiscales generales) o 15 días (créditos fiscales determinados por los organismos fiscales autónomos, IMSS e INFONAVIT), siendo considerado el cobro forzado de la contribución.
Es decir, para el caso del incumplimiento en el pago de contribuciones la autoridad a fin de realizar el cobro forzado puede llevar a cabo la facultad económico-coactiva,
El cobro coactivo es realizado a través de una serie de facultades que tienen como objetivo cobrar adeudos fiscales de los contribuyentes, a este cobro se le conoce como procedimiento administrativo de ejecución.
Notificación
-Desde el punto de vista procesal, son la forma de hacer saber a las partes en un proceso, una resolución.
-En materia fiscal, es el método mediante el cual la autoridad informa a los particulares actos o resoluciones que determinan su situación particular. Deben cumplir con una serie de requisitos y formalidades.
-Es un instrumento con el que las autoridades dan a conocer los actos y resoluciones que los contribuyentes deben atender o cumplir en tiempo y forma alguna situación que le atañe.
⦁ Desarrollo. TIPOS DE NOTIFICACIONES
Notificación del acto administrativo
Es un proceso administrativo que tiene el objetivo de dar a conocer a los particulares, toda aquella información acerca de un procedimiento.
Requisitos de los actos a notificar Según nel articulo 16 constitucional.
I. Constar por escrito
II. Señalar la autoridad que lo emite
III. Señalar lugar y fecha de emisión
IV. Estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate
V. Ostentar la firma del funcionario compete.
Lugares para efectuar notificaciones
Las autoridades deben notificar al particular en el domicilio fiscal establecido por él.
El Código Impositivo prevé la posibilidad de que el particular haya abandonado el domicilio señalado o tengan un domicilio ficto.
De conformidad con la normatividad vigente, la autoridad podrá considerar como domicilio para notificar cualquier lugar donde realice sus actividades
Práctica de la diligencia
La notificación debe entenderse con la persona a la que vaya dirigida, si o es encontrada se dejará en su domicilio fiscal
Existe el buzón tributario como método de comunicación de los contribuyentes con la autoridad, mismo que se equipara a la notificación personal, gozando de la misma presunción de legalidad y validez.
Nacimiento de sus efectos
Las notificaciones surtirán efecto al día siguiente de ser practicadas,
En relación con las notificaciones efectuadas vía buzón tributario estarán disponibles por el lapso de tres días a fin de que las consulte el particular, ya que para el cuarto día habiendo sido abierta o no la notificación se entenderá como legalmente efectuada,
Clases de notificaciones. Procedencia y formalidades
I. Personalmente o por correo certificado o mensaje de datos con acuse de recibo en el buzón tributario
II. Por correo ordinario o por telegrama
III. Por estrados
IV. Por edictos
V. Por instructivo
Notificación personal
Las notificaciones personales deben ser efectuadas, para el caso de que se trate de citatorios, requerimientos,
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