LEGISLACION LABORAL ACTIVIDAD
Enviado por Erika P. Martinez • 25 de Abril de 2018 • Síntesis • 723 Palabras (3 Páginas) • 181 Visitas
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LEGISLACION LABORAL
DOCENTE MARIA HELENA CARDENAS CHAVES
SELECION MULTIPLE CON RESPUESTA UNICA-
- EL TRABAJO SE DEFINE COMO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- LOS CONTRATOS DE TRABAJO, PUEDE SER:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- SON ELEMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO DE TRABAJO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- LA JORNADA DE TRABAJO MAXIMA LEGAL, ES DE:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- ES CAUSAL JUSTIFICADA PARA DAR POR TERMINADO EL CONTRATO DE TRABAJO:
- Verbales. Escritos, término fijo e indefinido.
- Actividad personal, dependencia y salario.
C. Deficiente rendimiento en el trabajo
D. Actividad humana libre, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra.
E. De 8 horas diarias y 48 semanales.
- CORRELACIONA
MEDIOS DE TRANSPORTE
PRIMAS HABITUALES
BONIFICACIONES HABITUALES SON SALARIOS
GASTOS DE REPRESENTACION
PROPINAS
UTILIDADES
SOBRESUELDOS NO SON SALARIOS
HORAS EXTRAS
GRATIFICACIONES
TRABAJO EN DIAS DE DESCANSO
7º. CUALES SON LAS EXCEPCIONES A LAS JORNADA MAXIMA LEGAL DE TRABAJO.
MENOR JORNADA DE TRABAJO: seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana MAYOR JORNADA DE TRABAJO: La duración máxima legal de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana
8º. COMO SE REMUNERA EL TRABAJO NOCTURNO Y EL SUPLEMENTARIO DE HORAS EXTRAS DIURNAS Y NOCTURNAS-
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