MODIFICACION DE ESTATUTO
Enviado por noreharuhi • 2 de Octubre de 2014 • 807 Palabras (4 Páginas) • 259 Visitas
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO
I.CONCEPTO
La modificación estatutaria de acuerdo con Garrigues y Uría viene a ser “toda alteración de los estatutos, ya afecte a su fondo, o solamente a su redacción, la cual queda sometida a la observancia de los requisitos que impone la ley”. A su vez y en el mismo sentido, Girón Tena señala:' Toda alteración en la forma o en el contenido ha de entenderse en nuestro Derecho bajo el concepto de modificación estatutaria. Por tanto es este el sentido que debe atribuirse al artículo 198 de la Ley General de Sociedades, cuando en sus párrafos primero y segundo no se refiere a una o más de las distintas posibilidades de reforma estatutaria que señala la doctrina y, antes bien, precisa con toda claridad que "para cualquier" modificación estatutaria será necesario cumplir con los requisitos formales que la norma establece.
Asimismo, hay que tener en cuenta que ningún acuerdo de modificación del pacto social o del estatuto puede violar los mandatos imperativos de la ley o ignorar los derechos individuales de accionistas o de terceros, estén o no, éstos últimos, consagrados en el texto de la ley, del pacto social o del estatuto.
II. FORMALIDADES
Se observa que el órgano competente para adoptar el acuerdo de modificar el estatuto va a ser la junta general de accionistas, el cual se va a regir por el principio de la mayoría, es decir, las decisiones se adoptan por el voto de la mayoría ya que van a ser las encargadas de interpretar y defender el interés social. Es por ello que este principio no puede quedar eliminado por disposición estatutaria que establezca el principio de la unanimidad para la adopción de acuerdos. Pero aparte de la Junta General de Accionistas, también pueden quedar facultados el directorio o la gerencia para modificar los estatutos, siempre que dicha tarea se les sea delegada por la propia Junta General, cumpliendo con los términos y circunstancias que expresamente se les haya señalado.
Y en cuanto a los requisitos que deben cumplir para realizar una modificación en el estatuto, estos se encuentran señalados en el artículo 198 de la Ley General de Sociedades que indica:
Para cualquier modificación del estatuto se requiere:
1. Expresar en la convocatoria de la junta general, con claridad y precisión, los asuntos cuya modificación se someterá a la junta.
2. Que el acuerdo se adopte de conformidad con los artículos 126 y 127, dejando a salvo lo establecido en el artículo 120.
Con los mismos requisitos la junta general puede acordar delegar en el directorio o la gerencia la facultad de modificar determinados artículos en términos y circunstancias expresamente señaladas.
Como lo expresa el artículo, se requiere que primero haya una convocatoria, la cual debe expresar con claridad y precisión los asuntos cuya modificación se someterá a la junta.
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