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Gerencia Recursos Humanos


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  1.952 Palabras (8 Páginas)  •  593 Visitas

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TAREA DE INVESTIGACIÓN

SALARIO MINIMO

1. Defina el término de salario según el código de trabajo

R= Salario, jornal o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud

del contrato de trabajo, o de la relación de trabajo vigente.

2. Que constituye el salario del trabajador

R = Lo constituye la remuneración fija u ordinaria, y todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie y que implique retribución de servicios, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como las primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas, comisiones o participación de utilidades.

3. Que conceptos no constituyen ni son parte del salario del trabajador

R= No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del patrono, como las primas, bonificaciones y gratificaciones ocasionales y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para subvenir a sus necesidades, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como los gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo u otros semejantes, ni tampoco las prestaciones sociales.

4. Para el efecto de pago al trabajador ¿cómo puede pactarse?

R= El cálculo de la remuneración para el efecto de su pago, puede pactarse:

a) Por unidad de tiempo, (mes, quincena, semana, día y hora);

b) Por unidad de obra, (pieza, tarea, precio alzado o a destajo); y,

c) Por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono.

5. ¿Cómo deberá pagarse el salario al trabajador y que está prohibido?

R= El salario deberá pagarse en moneda de curso legal. Queda prohibido el pago con pagares, vales, fichas, cupones o cualquier signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.

6.Defina el termino de salario mínimo según el código de trabajo

R= Salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural.

7.¿Qué criterios se toman en cuenta para la fijación del salario mínimo?

R= Para fijar el salario mínimo deben tomarse en cuenta las modalidades de cada trabajo, las particulares condiciones de cada región y de cada labor, el costo de la vida, la aptitud relativa de los trabajadores y los sistemas de remuneración de las empresas.

Para los trabajadores del campo el salario mínimo debe fijarse tomando en cuenta las facilidades que el patrono proporciona a sus trabajadores, en lo que se refiere a habitación, cultivos, combustibles y circunstancias análogas que disminuyen el costo de la vida.

La circunstancia de que algunos patronos puedan estar obligados a suministrar a sus trabajadores alimentación y alojamiento, también debe tomarse en cuenta para la fijación del salario mínimo.

8.¿Quiénes constituyen la Comisión Nacional del salario mínimo?

R= La Comisión Nacional de Salario Mínimo, que estará constituida por:

a) el Inspector General del Trabajo, que la presidirá;

b) el Director General de Censos y Estadísticas.

Cada uno de los funcionarios mencionados tendrá un suplente, que será el subalterno inmediato de los mismos, o quien haga sus veces;

c) un representante, propietario y suplente, del Consejo Nacional de Economía;

d) un representante, propietario y suplente, propuesto por los Sindicatos de Trabajadores de la República; y,

e) un representante, propietario y suplente, propuesto por las Asociaciones de Agricultores, Ganaderos e Industriales y Cámaras de Comercio.

En los casos de las letras d) y e) , el Ministerio de Trabajo y Previsión Social seleccionará los representantes entre los candidatos propuestos por los diversos organismos.

9.¿El salario mínimo puede ser embargado?

R= Decreto 14-97 Articulo 1.- Los Juzgados y Tribunales de la República, cualquiera que sea la naturaleza o clase de los juicios de que conozcan, en ningún caso decretarán el embargo de salario mínimo legal, de las prestaciones laborales, ni de los primeros doscientos lempiras (L.200.00) del cómputo mensual de cualquier sueldo o salario.

El excedente de doscientos lempiras (L.200.00) del cómputo mensual de cualquier sueldo o salario sólo será embargable en una cuarta parte.

No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, serán embargables hasta en un cincuenta por ciento (50%) los sueldos y salarios en los juicios de alimentos promovidos por cualquiera de las personas a que se refiere el Artículo 388 del Código Civil.

10.El salario mínimo que se aprobó en el 2012¿cómo quedo categorizado? ¿cuál fue

la novedad en esta negociación? y ¿Por qué la commision tripartita califico como un

hecho histórico la negociación del 2012

R= La fijación del nuevo ajuste del salario mínimo se rige en todo el país a partir del 1 de enero de 2012 de conformidad con actividades económicas, estratos de trabajadores y montos detallados en la tabla especial.

Tabla del salario mínimo fijado para el 2012:

Explotación minas y canteras:

De 1-10 trabajadores: 6.301.68

De 11-50 trabajadores: 6.490.74

De 51-150 trabajadores: 6.784.82

De 151 en adelante: 6.849.3

Industria manufacturera:

De 1-10 trabajadores: 6.181.52

De 11-50 trabajadores: 6.580.46

De 51-150 trabajadores: 6.878.62

De 151 en adelante: 6.944.01

Regionalizado:

De 1-10 trabajadores: 3.463.89

Electricidad, Gas y Agua :

De 1-10 trabajadores: 6.504.96

De 11-50 trabajadores: 6.700.11

De 51-150 trabajadores: 7.008.68

De 151 en adelante: 7.070.26

Construcción:

De 1-10 trabajadores: 6.388.70

De 11-50 trabajadores: 6.580.46

De 51-150 trabajadores: 6.778.46

De 151 en adelante: 6.944.01

Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones:

De 1-10 trabajadores: 6.466.88

De 11-50 trabajadores: 6.640.29

De 51-150 trabajadores: 6.941.15

De 151 en adelante: 7.007.14

Establecimientos financieron, Bienes y Muebles:

De 1-10 trabajadores: 6.563.04

De 11-50 trabajadores: 6.759.93

De 51-150 trabajadores: 7.666.21

De 151 en adelante: 7.133.39

Servicios Comunales, Sociales y Personales:

De 1-10 trabajadores: 6.272.64

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