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Legislación Laboral


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  Examen  •  348 Palabras (2 Páginas)  •  182 Visitas

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Legislación Laboral

Preguntas:

1.- De al menos 5 ejemplos de satisfactores básicos adicionales.

2.- ¿Cuando hay una relación de trabajo?

3.- ¿Qué es un contrato de trabajo?

4.- Explique en qué condición son contratados los empleados a través de una empresa de servicios eventuales.

5.- ¿Qué es el contrato de trabajo en equipo o grupo? Explique el Art.101 de la LCT 20.744

1.- SATISFACTORES : Television, computadora, playstation, celular y un auto

2.-"Habrá relación de trabajo cuando una persona realice actos, ejecute obras o

preste servicio en favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración, cualquiera sea el acto que le dé origen. "

3.-"Habrá contrato de trabajo siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres."

4.-Serán considerados en relación de dependencia, con carácter permanente continúo o

discontinúo, con dichas empresas. El empleador que ocupe trabajadores a través de una empresa de servicios eventuales habilitada por la autoridad competente, será solidariamente responsable con aquélla por todas las obligaciones laborales y deberá retener de los pagos que efectúe a la empresa de servicios eventuales los aportes y contribuciones respectivos para los organismos de la Seguridad Social y depositarlos en término.

5.-Habrá contrato de trabajo de grupo o por equipo, cuando el mismo se celebrase por un empleador con un grupo de trabajadores que, actuando por intermedio de un delegado o representante, se obligue a la prestación de servicios propios de la actividad de aquél. El empleador tendrá respecto de cada uno de los integrantes del grupo, individualmente, los mismos deberes y obligaciones previstos en esta ley, con las limitaciones que resulten

de la modalidad de las tareas a efectuarse y la conformación del grupo.

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