Legislación Laboral
Enviado por rodriicai • 1 de Junio de 2014 • Examen • 348 Palabras (2 Páginas) • 182 Visitas
Legislación Laboral
Preguntas:
1.- De al menos 5 ejemplos de satisfactores básicos adicionales.
2.- ¿Cuando hay una relación de trabajo?
3.- ¿Qué es un contrato de trabajo?
4.- Explique en qué condición son contratados los empleados a través de una empresa de servicios eventuales.
5.- ¿Qué es el contrato de trabajo en equipo o grupo? Explique el Art.101 de la LCT 20.744
1.- SATISFACTORES : Television, computadora, playstation, celular y un auto
2.-"Habrá relación de trabajo cuando una persona realice actos, ejecute obras o
preste servicio en favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración, cualquiera sea el acto que le dé origen. "
3.-"Habrá contrato de trabajo siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres."
4.-Serán considerados en relación de dependencia, con carácter permanente continúo o
discontinúo, con dichas empresas. El empleador que ocupe trabajadores a través de una empresa de servicios eventuales habilitada por la autoridad competente, será solidariamente responsable con aquélla por todas las obligaciones laborales y deberá retener de los pagos que efectúe a la empresa de servicios eventuales los aportes y contribuciones respectivos para los organismos de la Seguridad Social y depositarlos en término.
5.-Habrá contrato de trabajo de grupo o por equipo, cuando el mismo se celebrase por un empleador con un grupo de trabajadores que, actuando por intermedio de un delegado o representante, se obligue a la prestación de servicios propios de la actividad de aquél. El empleador tendrá respecto de cada uno de los integrantes del grupo, individualmente, los mismos deberes y obligaciones previstos en esta ley, con las limitaciones que resulten
de la modalidad de las tareas a efectuarse y la conformación del grupo.
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