Transferencia De Fondos Electronica
Enviado por jazmin123456_7 • 24 de Octubre de 2013 • 4.549 Palabras (19 Páginas) • 1.337 Visitas
MEDIOS PARA FACILITAR LA TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS.
(Hacia los avances tecnológicos, hacia la globalización).
En un principio fueron los cheques, luego las tarjetas,
Pero ahora; es el turno de la banca electrónica…
En el comercio moderno, se ha agudizado la tendencia a eliminar la moneda fiduciaria, principalmente en la forma de billete de banco y en ese tenor, se agudiza la tendencia a eliminar de las transacciones comerciales, de todo signo monetario, incluyendo los fiduciarios.
En la últimas décadas, después del dinero en efectivo, los depósitos bancarios han sido tradicionalmente el medio de pago más común, ya que los recursos pueden utilizarse fácilmente para realizar las transferencias de fondos correspondientes; principalmente mediante “el uso de cheques”. Empero; la tarea de manejar y liquidar los grandes volúmenes de cheques que se expiden diariamente, se ha vuelto cada vez más complicada y costosa, por lo que se ha vuelto necesario, “crear nuevos medios de pago que ayuden a resolver este problema”; es el caso de las llamadas “transferencias electrónicas de fondos”, las cuales se llevan a cabo mediante sofisticados sistemas de computo.
Según Eduardo Gómez Alcázar: “en un principio fueron los cheques, luego las tarjetas, pero ahora es el turno de la banca electrónica…” (1)
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1. GOMÉZ ALCÁZAR, Eduardo. Introducción del dinero a los medios eléctricas. Universidad de las Américas Puebla. p.10. México. 2003.
1. DEL COMERCIO(…); AL COMERCIO ELECTRÓNICO…
El comercio, actividad ancestral del ser humano, ha evolucionado de muchas maneras; pero su significado y su fin han sido siempre el mismo: “colocar las mercancías, que son elaboradas en las unidades de producción, en los centros de consumo en donde se aprovisionan los consumidores, último eslabón de la cadena de comercialización”.
Una de las figuras más importantes y siempre actor durante esta transición, ha sido sin lugar a dudas el “cheque” y a propósito de la mención de este, es que podemos hacer referencia de una somera noción respecto de esta y otras figuras típicas dentro de lo que, en el Derecho de Comercio, se conoce como “Títulos y Operaciones de Crédito”, particularmente y en estricto orden de ideas, en torno a conceptos como ya se hizo mención; “cheque, que deviene de Instituciones como los Títulos de Crédito, las Operaciones Bancarias y otras tantas como; moneda, dinero en especie, dinero plástico, Cartas Orden de Crédito, Crédito Documentario, el Fideicomiso de donde derivan connotaciones especiales como “el fiduciario”, Mercado Electrónico”. Todos ellas, connotaciones precedentes que sin lugar a dudas resultan imprescindibles para un mejor entendimiento respecto al tema principal que en el presente nos ocupa.
Sin más preámbulos.,
1.1 CHEQUE.
La doctrina define a esta figura como “una letra de cambio” (quizá por sus múltiples semejanzas, una de ellas por ejemplo, es un elemento de carácter personal: la orden de pago incondicional, girada entre el “librador, el librado y el beneficiario” (2), más no por ello han de pasar de largo las diferencias entre una y otra(-cheque-letra de cambio-); una de las principales derivada de la función económica entre uno y otro título: “quien libra un cheque, realiza un pago y quien gira una letra de cambio, lo difiere”, es decir;
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2) La relación existente entre librador-librado-beneficiario, deriva propiamente de la llamada Teoría de la Autorización (o de la Asignación), en el caso del cheque se desdobla en dos autorizaciones: 1. Autorización al librado o tomador (asignatario) para cobrar y 2. Autorización al librador (para pagar), más exactamente “Asignante ( librador), Asignado (Intermediario o Banco) y Asignatario (librado). CERVANTES AHUAMADA, Raúl. Títulos y Operaciones de Crédito. Edición 10ma. Editorial Herrero S.A. México 1978. p. 112-113.
en el cheque, han de existir por fuerza fondos suficientes en la banca, mientras que en la letra de cambio, los fondos se obtienen por medio del crédito. El Cheque es un instrumento de pago, la Letra de Cambio; un instrumento de crédito).
Así; los bancos reciben dinero de sus clientes, mismo que se obligan a devolver a la vista cuando el cliente lo requiera. Para documentar las ordenes de pago de los clientes se utilizan “los cheques”, en realidad, en la práctica bancaria y en la ley se llaman “depósitos”. Por el Contrato de Cheque, en consecuencia el banco se obliga a recibir dinero de sus cuentahabientes, a mantener el saldo de la cuenta a disposición de éste, y a pagar los queques que el cliente libre con cargo al saldo de la cuenta (cuenta corriente de cheques). (3)
1.2 CRÉDITO.
A propósito de la cita de algunos de los Títulos precedentes (letra de cambio, particularmente), es que viene a colación hacer remembranza del Crédito. Dentro de la materia, ni la doctrina, ni la Ley, define propiamente al crédito como tal, más bien se entiende a este como Título, “Títulos de Crédito” y en atención a ello el Artículo Primero de la L.G.T.O.C dice:
“Son cosas mercantiles los Títulos de Crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos de contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de los Títulos de Crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el artículo 2do de la presente normativa, cuando no se puedan cumplir separadamente del título, y por la ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil, de tales actos o contratos en los demás casos”
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3) El cheque moderno tiene su nacimiento en el desenvolvimiento de los bancos de depósito de la cuenca del Mediterráneo, a fines de la Edad Media y a principios del Renacimiento. El manejo de cuentas y el pago por giros (esto es, por traslado de una cuenta a otra, en virtud de una orden de pago) fue realizado por los banqueros venecianos y el famoso Banco de San Ambrosio de Milán y Bolonia, ambos; usaron órdenes de pago que eran “verdaderos cheques”.
Desde el siglo XVI los Bancos Holandeses, usaron cheques a los que llamaron “letras de cajero”. CERVANTES AHUMADA, Raúl. Op. Cit. p. 106.
Sin embargo, el Maestro Cervantes; esboza una somera definición del crédito, entendiendo por este: “La disposición, desde el punto
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