ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apuntes De Amparo


Enviado por   •  30 de Abril de 2014  •  1.688 Palabras (7 Páginas)  •  381 Visitas

Página 1 de 7

AMPARO II

8 FEBRERO 2014.

HUMBERTO HERNANDEZ. TEXTOS.

HACIA UNA NUEVA LEY DE AMPARO. LEO DE LA REA

CHAVEZ CASTILLO.- LEY DE AMPARO COMENTADA

CASTILLO DEL VALLE.

TEMA I 15 FEBRERO 2014

PROCEDENCIA Y DEMANDA AMPARO INDIRECTO

SE PUEDE PRESENTAR POR ESCRITO O POR COMPARECENCIA (SEGÚN LO DEL ART. 22 PROSCRIPCION ETC) O VIA ELECTRONICA.

REQUISITOS: SI ES POR ESCRITO, EXHIBIR COPIAS PARA LAS PARTES. SI ES POR COMPARECENCIA EL ESCRITO.

A QUIEN SE DIRIGE: TRIBUNALES UNITARIOS, DISTRITO, DE LOS ESTADOS (COMO COMPETENCIA AUXILIARES)

QUIEN PROMUEVE: NOMBRE PERSONAS FISICAS Y MORALES Y SUS GENERALES, DOMICILIO PROCESAL (SE DEBE SEÑALAR), LOS QUE ESTEN AUTORIZADOS EN TERMINOS AMPLIOS PARA SER REPRESENTADOS. SI SON ABOGADOS SU CEDULA ETC.

EXPONER: PRIMERO POR PROPIO DERECHO O EN REPRESENTACION DE ALGUIEN. (TENER UN PODER NOTARIAL) PROMOVER DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL 108.

NOMBRE Y DOMICILIO DEL 3RO INTERESADO O EXPRESAR QUE NO SE CONOCE O QUE NO EXISTE.

SEÑALAR LA AUTORIDAD RESPONSABLE CON PRECISION

ACTO QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAMA

PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS CON PRECISION A LOS ARTICULOS DE LA CPEUM

HECHOS: CUANDO SE RECLAMA UNA LEY SE TRAE AL LEGISLATIVO.

SEGÚN SEA LA PERSONA ES QUIEN PRECISAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD LOS HECHOS QUE NOS CONSTAN Y QUE FUNDAMENTAN LOS HECHOS DE VIOLACION.

CONCEPTOS DE VIOLACION: EL AMPARO INDIRECTO PROCEDE EN FRACCION 2 Y 3 DEL ART. 1 DELA LEY DE AMPARO. SE DEBE SEÑALAR BIEN FRACCION Y ARTICULO PUES EN LA DISTRIBUCION DE COMPETENCIAS SE DEBE PRECISAR LA ESFERA SI ES EL ESTADO O FEDERACION.

DIFERENCIA DEL CONCEPTO DE VIOLACION Y AGRAVIOS. VIOLACION ES CUANDO HABLAMOS DE UN AMPARO QUE SE VIOLA NUESTRA GARANTIA Y EL AGRAVIO ES EN UN RECURSO.

VIOLACION: QUE DICE QUE SE VIOLA LA LEY CUANDO LA AUTORIDAD RECIBE UNA QUEJA Y NO DA RESPUESTA ENTONCES SE VE VIOLADA MI GARANTIA DE PETICION. PUES LA AUTORIDAD NO HIZO NADA AL RESPECTO.

TESIS - HIPOTESIS - QUE DICE LA LEY

ANTITESIS- QUE HIZO LA AUTORIDAD

POR QUE LA AUTORIDAD NO HIZO LO QUE DICE?.

PRESENTADA LA DEMANDA EL JUEZ TIENE 24 HORAS PARA ADMITIR Y DESECHAR O MANDAR ACLARAR. (ES DE INMEDIATO EN LOS SUPUESTOS DE DESAPARICION FORZADA, EL ART. 22. ETC)

PRESUPUESTOS PROCESALES SON:

COMPETENCIA, PROCEDENCIA Y QUE NO TENGA IMPEDIMENTO. SI NO ES IMPROCEDENTE Y NO TIENE IMPEDIMENTO SE DEBE ADMITIR LA DEMANDA.

SE ADMITE Y SE ANOTA EN EL CUADERNO PRINCIPAL SE LE DA NUMERACION (FOLIO) Y AÑO. TAMBIEN HAY CUADERNO INCIDENTALES.

LOS CUADEROS PRINCIPALES SON LIBROS EN COLOR VERDE Y DIRA “TENGASE POR RECIBIDO.”

EL PRIMER PUNTO A ACORDAR ES: QUIEN ES EL QUEJOSO Y FIJAR FECHA PARA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN LA CUAL SE VA A DESAHOGAR EL ASUNTO. EL CUAL SE RESUELVE DENTRO DE LOS 30 DIAS SIGUIENTES, ESTE TÉRMINO SE PUEDE AMPLIAR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD A 30 DIAS MAS.

SE ORDENA EMPLAZAR A LAS PARTES. SE ENVIA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE COPIA DE LA DEMANDA PARA QUE ENVIE SU INFORME JUSTIFICADO CON JUSTIFICACION. QUE SU ACTUAR ES CONSTITUCIONAL. EL PLAZOD PARA RENDIRLO ES DE 15 DIAS. SE PUEDE AMPLIAR A 10 DIAS MAS SI EL CASO ES COMPLEJO.

PREGUNTA DE EXAMEN: CASO DE EXCEPCION.

Artículo 118. En los casos en que el quejoso impugne la aplicación por parte de la autoridad responsable de normas generales consideradas inconstitucionales por la jurisprudencia decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los Plenos de Circuito, el informe con justificación se reducirá a tres días improrrogables, y la celebración de la audiencia se señalará dentro de diez días contados desde el siguiente al de la admisión de la demanda.

EL INFORME DEBE CONTENER

1.- ACTO RECLAMADO SI ESTE ES CIERTO.

2.- EXPRESAR LOS RAZONAMIENTOS LOGICO JURIDICOS DE SU ACTUAR.

3.- HACER VALER LAS CAUSALES DE IMPROCEDENCIA QUE CONSIDERA ACTUALIZABLES O ACTUALIZADAS.

4.- REMITIR LAS CONSTANCIAS CON LAS QUE JUSTIFIQUE SU ACTUAR.

SE ACUERDA SOBRE LA SUSPENSION DEL ACTOD RECLAMADO. HAY 5 CLASES DE SUSPENSIONES COMO LA OFICIOSA O INCIDENTAL DE LA CUAL SE DESPRENDE LA PROVISIONAL O DEFINITIVA. HAY OTRA INCIDENTAL LLAMADA UNICA. ESTA SE VE EN LA PRINCIPAL Y EN EL INCIDENTAL (LOS DOS LIBROS)

OFICIOSA, INCIDENTAL, PROVISIONAL, DEFINITIVA Y UNICA.

FINALMENTE ACORDAR LAS PETICIONES.

ADMITIR DEMANDA

RECONOCER CARÁCTER CON QUE PROMUEVA.

RECONOCIMIENTO DE DOMICILIO PROCESAR Y DE SUS REPRESENTANTES.

PROXIMA CLASE SE VERA:

LA SUSPENSION

HIPOTESIS DE SUSPENSION OFICIOSA, A PETICION DE PARTE, PROVISIONAL Y DEFINITIVA.

DIRECTO SOLAMENTE RESOLUCIONES JURISDICCIONALES (AGRARIOS, ADMVOS. DEFINITIVAS Y QUE PONGAN FIN AL JUICIO).

TEMA II DEL 22 DE FEBRERO DE 2014.

FIGURA DE LA SUSPENSION: MANTENER LAS COSAS, EN EL ESTADO QUE SE ENCUENTRAN, ES UNA MEDIDA CAUTELAR.

HAY ESTOS TIPOS:

OFICIOSA

INCIDENTE A PETICION DE PARTE

SUSPENSION PROVISIONAL

SUSPENSION DEFINITIVA

SUSPENSION UNICA

OFICIOSA SE VA ACORDAR DE PLANO, SIN SUBSTANCIACION. VA A TENER DURACION HASTA QUE LA SENTENCIA CAUSE EJECUTORIA.

ANTERIORMENTE TENIA DOS HIPOTESIS: PRIVACION DE VIDA, ….. ART. 22. Y LA SEGUNDA CUANDO SE CAUSE UN DAÑO GRAVE AL QUEJOSO QUE CAUSE PERJUICIO AL INTERÉS

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com