Aviación Civil
Enviado por shirley_597 • 3 de Marzo de 2015 • Trabajo • 1.320 Palabras (6 Páginas) • 266 Visitas
CONSEJO DE SEGURIDAD
INTENCIONALMENTE EN BLANCO
ÍNDICE.
Portada 1
Índice 3
Tabla de registro de enmiendas 5
Lista de páginas efectivas 7
1 Finalidad del documento 9
2 Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil 9
2.1 Objetivo 9
2.2 Composición 9
2.3 Atribuciones 10
2.4 Periodo de reuniones 11
3 Consejos Aeroportuarios de Seguridad de la Aviación Civil 12
3.1 Objetivo 12
3.2 Composición 12
3.3 Atribuciones 13
3.4 Funcionamiento 13
3.5 Periodo de reuniones 13
INTENCIONALMENTE EN BLANCO
TABLA DE REGISTRO DE ENMIENDAS.
Enmienda Origen Temas Hojas Fecha
INTENCIONALMENTE EN BLANCO
LISTA DE PÁGINAS EFECTIVAS.
Página Fecha Enmienda
1 26-12-2014 0
2 26-12-2014 0
3 26-12-2014 0
4 26-12-2014 0
5 26-12-2014 0
6 26-12-2014 0
7 26-12-2014 0
8 26-12-2014 0
9 26-12-2014 0
10 26-12-2014 0
11 26-12-2014 0
12 26-12-2014 0
13 26-12-2014 0
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CONSEJO DE SEGURIDAD
1. FINALIDAD DEL DOCUMENTO
La finalidad de este documento es reflejar los objetivos, composición y atribuciones del Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, dando cumplimiento a lo establecido en el Anexo 17 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, en cuanto al establecimiento de un mecanismo oficial que coordine las actividades entre las distintas entidades u organismos encargados o responsables de la seguridad de la aviación civil, con el objeto de establecer los medios, instrumentos y procedimientos que permitan el desarrollo del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil en Bolivia.
Así mismo, reflejar los objetivos, composición y atribuciones de los Consejos Aeroportuarios de Seguridad de la Aviación Civil, cuya conformación y funcionamiento queda establecido en el Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.
2. CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL
2.1 OBJETIVO
El Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil tiene como objetivo coordinar las actividades a nivel nacional para asegurar la implementación de los estándares y prácticas recomendadas por la OACI en su Anexo 17, asegurando de esta manera la continua adaptación del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil a los cambios que se puedan producir en función de las amenazas de interferencia ilícita que puedan existir contra la actividad aeronáutica en general.
2.2 COMPOSICIÓN
El Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, está constituido de la siguiente manera:
PRESIDENTE: Director Ejecutivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil
SECRETARÍA PERMANENTE: Actuará como Secretaría Permanente, la Jefatura de la Unidad de Seguridad de la Aviación Civil de la Dirección General de Aeronáutica Civil
MIEMBROS: Un representante del Ministerio de Gobierno
Un representante del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Un representante del Ministerio de Defensa
Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Un representante del Ministerio de Salud
Un representante de Viceministerio de Transportes
Un representante de la Dirección Nacional de Migración
Un representante de la Fuerza Aérea Boliviana
Un representante de la Policía Boliviana
Un representante de la Fuerza Especial de Lucha
Contra el Narcotráfico
Un representante de la Aduana Nacional de Bolivia
Un representante del Servicio Nacional de Sanidad
Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria
Un representante de la Empresa de Correos de
Bolivia
Un representante de los Administradores de
Aeropuerto
Un representante de la Líneas Aéreas
Un representante de Boliviana de Aviación
Un representante de Peruvian Airline
2.3 ATRIBUCIONES
Son atribuciones del Consejo Nacional de Seguridad de la Aviación Civil las siguientes:
a) Asesorar al Gobierno y a los organismos pertinentes en cuanto a las medidas de seguridad de la Aviación Civil que se adopten para afrontar amenazas o interferencias ilícitas a la actividad aeronáutica civil, sus instalaciones y servicios.
b) Recomendar medidas adecuadas de seguridad a las administraciones aeroportuarias, organismos del Estado y explotadores de la aviación civil.
c) Planificar, organizar, ejecutar y supervisar la aplicación de las medidas de seguridad bajo constante vigilancia,
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