CAUSAS DE JUSTIFICACION
Enviado por YajairaRA • 31 de Octubre de 2014 • 2.347 Palabras (10 Páginas) • 399 Visitas
CAUSAS DE JUSTIFICACION SEGÚN PEÑA CABRERA
Con la realización de una acción humana, la cual es típica, se procederá a analizar si esta es antijurídica, es decir, va contra la norma legal. La antijuridicidad no surge del derecho penal, sino de todo el orden jurídico, porque la anti normatividad puede ser neutralizada por un permiso que puede provenir de cualquier parte del derecho.
La antijuricidad penal constituye un presupuesto fundamental, no solo por constituir una infracción objetiva de la normatividad, sino también por identificar el grado de lesión jurídico- objeto de tutela . Además esta, acepta que en determinadas circunstancias, el derecho positivo no confirma ese indicio. Estas circunstancias son las llamadas causas se justificación o permisos concebidos para cometer en determinadas circunstancias un hecho penalmente típico.
¿Pero que vienen a ser en si las causas de justificación? Las causas de justificación son aquellas circunstancias que van a producir la exclusión de la antijuricidad, es decir, estas causas convierten una acción, típica ilícita en algo licito por presentarse determinadas circunstancias que califique como una causal de justificación la acción ilícita cometida.
Como señala Peña Cabrera las causas de justificación tienen el efecto de anular la eminente “antijuricidad” del injusto penal, por entrar en conflicto con valores jurídicos preponderantes.
Las cuales pueden alcanzar hasta los límites que fija la protección del bien jurídico que profesa la norma: ora por renuncia de su titular (consentimiento), ora por existir un bien de mayor importancia (estado de necesidad justificante) , es decir, el autor de la acción típica no puede realizar hechos donde verse la extralimitación de la utilización de las causas de justificación, pues de ser así se afirmaría que tal hecho no podría estar amparado por la causal justificante.
Además podríamos agregar que, en las causas de justificación (preceptos permisivos) el derecho autoriza, permite, cuando se dan ciertas circunstancias, la realización de la conducta típica, y si ello es así es porque en dichas circunstancias se valora positivamente, pues aquí importa, la defensa de los bienes jurídicos fundamentales, los valores superiores, contemplada en la ley fundamental, conformidad a la orientación teleológica en un estado social y democrático de derecho.
ESTADO DE NECESIDAD JUSTIFICANTE
NOCION:
La segunda causa de justificación más importante en el ordenamiento jurídico penal lo constituye el estado de necesidad justificante, al cual podemos entender al estado de necesidad justificante como aquella forma de eliminar lo que pudo ser un injusto penal, es decir, una acción típica y antijurídica, es decir, el hecho que una persona comete una acción ilícita, no podrá considerarse como antijurídica por encontrarse ante una situación donde versen dos derechos de distinta jerarquía se va a dar preferencia al de mayor valor, por llamarlo así, con respeto al de menor valor, por estar esto previsto y permitido por la ley.
Peña Cabrera señala que el estado de necesidad justificante, es aquella justificante, que elimina el injusto penal, que se deriva del conflicto de bienes jurídicos de distinta valoración jurídica y social, prefiriéndose el valor jurídico de preponderante, por ser considerado de mayor relevancia por la sociedad y el orden jurídico; por lo tanto, el conflicto, solo podrá resolverse mediante una ponderación de bienes jurídicos, que va a desencadenar el sacrificio del bien menor en salvaguarda.
Pero cabe recalcar que el estado de necesidad justificante no permite que el titular del bien lesionado pueda realizar actos de defensa agresiva , pues si ocurriera eso, nos encontraríamos en el supuesto de una acción cometida por legítima defensa.
El estado de necesidad justificante surge cuando un bien jurídico de mayor jerarquía es amenazado de ser lesionado- de forma inminente y actual- por lo que no cabe otro remedio que realizar una acción lesiva sobre el bien de menor rango valorativo, a fin de conjurar el peligro, conducta que puede realizarse a fin de salvar un bien propio o de un tercero. Cumplidas dichas condiciones, el orden jurídico aprueba el sacrificio de un bien jurídico a costas de otro, a cuyo titular se le impone el deber de soportar el daño que se le ha denominado también “deber de solidaridad reciprocas”
Conforme a lo anotado, podemos decir, que lo que busca el estado de necesidad justificante, es beneficiar a aquellas personas que se han encontrado ante una situación donde se tenía que priorizar por uno de los derechos que se encontraban en conflicto; pero esta priorización se tenía que hacer en base a la jerarquía o ponderación de los derechos, salvaguardando así al derecho de mayor jerarquía frente al derecho de menor jerarquía.
FUNDAMENTOS
El estado de necesidad , se construye a partir del grado de jerarquización de lo bienes jurídicos, en cuanto su reconocimieto constitucional, que conlleva el sacrificio del bien menor en aras de cautelar la pervivencia del bien de mayor jerarquía.
El estado de necesidad justificante prioriza la jerarquía del bien a alegir, mas no se fundamenta en la defensa del ordenamiento jurídico, sino en la tutela de los derechos fundamnetales.
Peña Cavrera citando a Cerezo Mir, expresa que el estado de necesidad justificante se basa exclusivamente en la necesidad de denfender los bienes jurídicos.
El interés preponderante es el fundamento esencial sobre el cual reposa el estado de necesidad justificante
La justificación sobre la base del principio del interés preponderante- apunta RUDOLPHI- significa que el ordenamiento jurídico permite una accion peligrosa porque valora mas las posibilidades de salvación generadas por ella que la peligrosidad que le es inherente
El estado de necesidad justifcante, es producto de un conflicto de bienes jurídicos de distintos valores jerárquicos; cuantificación valorativa que surge por la prelación que dichos bienes detentan- tanto desde un punto de vista social como jurídico- a diferenciad el estado de necesidad disculpante que opera ante el conflicto de intereses jurídicos de igual valor
El estado de necesidad justificante importa el hecho que, en una valoración global ha de ser conceptuado como jurídicamente correcto ( el momento del disvalor queda excluido).
REQUISITOS:
a. Estado de necesidad:
Debe aparecer en el escenario, un conflicto real de interés jurídicos, que pueda inferirse la posible lesión del bien mayor, para lo cual se procederá a sacrificar el otro
Primero, entonces, debe concurrir un verdadero estado
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