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COMO ES QUE SE DA UNA DEMANDA CONTENCIOSO


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2017  •  Práctica o problema  •  8.653 Palabras (35 Páginas)  •  330 Visitas

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                                            APOLINAR MARTÍNEZ MARTÍNEZ

                                                                         VS

C. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Y EL SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

                                            JUICIO DE NULIDAD

                                            EXP. NUM. Escrito inicial

C. MAGISTRDOS INTEGRANTES DEL H. TRIBUNAL

DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MEXICO

P R E S E N T E.

                                                MARIA ELENA GOMIZ ORNELAS, ROGELIO MARINEZ GAMIZ y CITLALI PAOLA MRTINEZ GAMIZ promoviendo por nuestro propio derecho y en nuestra calidad de beneficiarios de nuestro finado esposo y padre APOLINAR MARTINEZ MARTINEZ ex miembro de la POLICIA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO hecho que acreditamos con las copias certificadas de las actas de defunción, de matrimonio y de nacimiento que así lo certifican mismas que se agregan al presente escrito como anexos 1,2,3 y 4, y desde este momento ofrezco la siguiente jurisprudencia a efecto de que sea admitida la presente demanda y que es: JURISPRUDENCIA 2a./J. 40/2013 (10a.)  TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN EL ESTADO DE SINALOA. RESULTA COMPETENTE PARA CONOCER DE LA DEMANDA PROMOVIDA POR QUIENES SE CONSIDERAN BENEFICIARIOS DE UN MIEMBRO DE UNA INSTITUCIÓN POLICIAL ESTATAL O MUNICIPAL. Como la relación jurídica entre las instituciones policiales y sus integrantes es de naturaleza administrativa, acorde con el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con diversos criterios de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, el derecho para reclamar los beneficios de seguridad social y demás prestaciones inherentes al servicio desempeñado tiene esa misma naturaleza jurídica. De manera que si el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Estado de Sinaloa es el órgano jurisdiccional encargado de impartir justicia administrativa en esa entidad federativa, entonces resulta competente para conocer de la demanda promovida por quienes se consideran beneficiarios de algún miembro de una institución policial estatal o municipal, mediante la cual reclaman las prestaciones de seguridad social y las demás inherentes al servicio desempeñado, derivadas del fallecimiento de aquél. Contradicción de tesis 522/2012.- Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Cuarto, todos del Décimo Segundo Circuito.- 20 de febrero de 2013.- Cinco votos.- Ponente: Sergio A. Valls Hernández.- Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Tesis de jurisprudencia aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de marzo del dos mil trece. venimos a señalar como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos aun los de carácter personal el ubicado en calle Bernardo Revilla, número 29, colonia los Reyes, Delegación Iztacalco, C.P. en esta Ciudad de México, con dirección de correo electrónico vic.yerena@hotmail.com, y número de teléfono 044-55-18-39-48-32, autorizando para esos mismos efectos a los C. lics. GREGORIO MARTÍNEZ DOLOREZ, VÍCTOR OROPEZA YERENA ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

                                Que por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 21, 22, 23, 25, 26, 28, 31, 39, 40, 50, 52, 64, 85 y demás relativos y aplicables de la ley orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de esta ciudad, venimos en tiempo y forma a promover JUICIO DE NULIDAD en contra de los actos administrativos de la autoridad responsable y que mas adelante precisare, y que consisten en:

 

a).- Acto de autoridad contenida en el en el OFICIO NUMERO PBI/DNyP/2107/072016 de fecha 12 de julio del año 2016, en dicho oficio se aplicaría el seguro de vida mas no la indemnización que en derecho corresponde, CABE SEÑALAR QUE DICHO SEGURO DE VIDA QUE ACTUALMENTE NOS PAGARON NO CORRESPONDE CONFORME A LA LEY YA QUE SOLO SE PAGO EL 50% ESTO ES 50 SEMANAS DE SUELDO DEL MISMO, SIENDO QUE EL SEÑOR APOLINAR MARTINEZ MARTINEZ FALLECIO POR RIEZGO DE TRABAJO COMO SE ACREDITARA EN SU MOMENTO PROCESAL OPORTUNO Y EN BASE A LA LY LE CORRESPONDE EL 100%  DEL SEGURO DE VIDA ESTO ES 100 SEMANAS DE SUELDO,  convirtiéndose en un ilegal ACTO DE AUTORIDAD QUE NOS AFECTA DIRECTAMENTE CONCULCANDO NUESTRA GARANTÍA DE AUDIENCIA Y DEBIDO PROCESO.

b).- Acto de autoridad contenida en el OFICIO NUMERO PBI/DNyP/2107/072016 de fecha 12 de julio del año 2016, consistente en la negativa a la INDEMNIZACION  POR LOS AÑOS QUE LABORO EL EXTINTO TRABAJADOR APOLINAR MARTINEZ MARTINEZ PARA LA POLICIA BANCARIA E INDUSTRIAL, a pesar que el finado trabajadora había iniciado los tramites de pensión por jubilación, y había cumplido con los requisitos para el otorgamiento de dicha pensión por jubilación esto es que tenia mas de 30 años laborando y había cumplido con la edad requerida como se acredta con la hoja de servicio correspondiente, y en virtud de que dicho acto de autoridad se encuentra INDEVIDA e INSUFICIENTEMENTE FUNDADO Y MOTIVADO, Y LESIONA MIS MAS ELEMENTALES DERECHOS HUMANOS, convirtiéndose en un EXCESIVO Y ABUSIVO ACTO DE AUTORIDAD QUE NOS AGRAVIA DIRECTAMENTE, Y QUE CONTRAVIENE MIS GARANTIAS DE AUDIENCIA Y DEBIDO PROCESO.

                I.- Nombre y domicilio de la parte actora.- El que ha quedado señalado en el proemio de esta demanda.

                II.- Autoridades demandadas.- Cito como demandadas a las siguientes autoridades;

a).- C. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Y EL SUBDIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO como autoridad ordenadora y autoridad ejecutora de todos y cada uno de los actos de autoridad que se ha precisado en esta demanda. Domicilio: Poniente 128, número 177, Colonia nueva Vallejo, Delegación Gustavo A. Madero, C.P.07750, Ciudad de México.

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