CONTROL CONSTITUCIONAL
Enviado por vivilindaybella • 30 de Junio de 2014 • 1.970 Palabras (8 Páginas) • 278 Visitas
CONTROL CONSTITUCIONAL
La Constitución Venezolana de 1999, adopta un sistema de justicia constitucional emulando las tendencias de España y algunos países latinoamericanos, ubicándose así dentro de los sistemas más avanzados del mundo actual.
Un importante aporte de la Constitución de 1999 para garantizar la convivencia democrática y consolidar el estado social de derecho y de justicia que asegure el imperio de la Ley Superior, sustentado sobre la base del principio de la supremacía constitucional, que nace en el momento revolucionario francés, lo representa el sistema de justicia constitucional y para garantizarlo se creó una Sala Constitucional en el Tribunal Supremo de Justicia a los unes de ejercer la jurisdicción constitucional, así mismo se consagraron expresamente los principios fundamentales sobre los cuales descansa la justicia constitucional y se diseñó un sistema de control constitucional.
La defensa de la Constitución es una obligación que debe recaer sobre todos los órganos del Estado y no solamente sobre el judicial, significando esto que todos tienen el deber de actuar «constitucionalmente» no emitiendo ni participando de actos que violen el texto constitucional, respondiendo a un compromiso con una democracia participativa y protagónica en un estado de justicia descentralizado para lograr la convivencia en beneficio de todos sus habitantes.
En efecto el papel de la justicia constitucional y de la jurisdicción constitucional allí donde existe, ha sido trascendental para la interpretación y el entendimiento global de todas las disciplinas jurídicas. La jurisprudencia emanada del órgano encargado del control de la constitucionalidad desempeña una función de extraordinaria relevancia en relación con la jurisprudencia ordinaria y la labor de jueces y magistrados y, en general de todos los funcionarios. Por ello se trata probablemente de uno de los espacios del Derecho Constitucional con más incidencia práctica y con más repercusiones en todos los actos del ordenamiento jurídico.
I. GÉNESIS Y EVOLUCIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL
VENEZOLANO
El Principio de la Supremacía Constitucional requiere de un medio eficaz que lo salvaguarde, es lo que hoy en día se denomina «Control de Constitucionalidad». La forma de protección a la Supremacía de la Constitución ha originado un recurso que permite solicitar la nulidad o no efectividad del acto o de la norma violatoria de la Constitución, este recurso se llama Recurso de Inconstitucionalidad.
Algunos autores indican que no debe llamarse genéricamente Recurso Jurisdiccional de Constitucionalidad, y esto es lógico porque no siempre el Control de Constitucionalidad se le asigna al Órgano Judicial. En casi todas las Constituciones americanas y en gran parte de las Constituciones europeas el Control de Constitucionalidad lo ejerce el Órgano Judicial, sin embargo, el Control de Constitucionalidad en algunos países se ha atribuido al Órgano Político, es decir, al Congreso o Parlamento. Puede señalarse al respecto que la exclusión de un control judicial de la constitucionalidad es una idea que siempre se ha venido afirmando en los textos constitucionales franceses; de ahí que sea Francia el país arquetipo del control político de la constitucionalidad de las leyes. La razón por la cual en la mayoría de los países americanos y constituciones europeas se le ha asignado al Poder Judicial la facultad de velar por la constitucionalidad es por la poca confianza que ofrecen los Parlamentos o Congresos de cumplir con esta función, lo cual resulta de la marcada influencia que tiene el Órgano Ejecutivo sobre el Legislativo. También existe el Control Mixto donde intervienen el Órgano Político y el Órgano Judicial.
Para poner en funcionamiento los mecanismos tendentes a lograr la eficacia de la norma constitucional es a través del Recurso de Inconstitucionalidad que se ejerce ante el Tribunal Supremo de Justicia, que es el máximo nivel dentro de la organización Jurisdiccional Venezolana, el cual tiene sus orígenes más remotos en el constitucionalismo norteamericano y luego en la segunda década del siglo XX, por uno de los más grandes juristas europeos Hans Kelsen.
En Venezuela el Control Constitucional se introduce de una manera amplia desde el comienzo de nuestra vida republicana, se le confiere al Congreso esta competencia para examinar la regularidad de la ley frente al texto constitucional, lo que se conoce como control político de la constitucionalidad y así se mantuvo hasta 1857. Es la Constitución de 1858 la que le atribuye al Control Constitucional el carácter judicial que se mantiene hasta nuestros días, tradicionalmente en nuestro país, el Control Concentrado de la Constitucionalidad de las leyes ha sido atribuido al Tribunal Supremo, pero adicionalmente dicho Máximo Tribunal ha tenido competencias disímiles (contencioso administrativo, penal, civil, laboral, familia, etc.) lo que lo ha hecho un órgano polivalente para cumplir con tan extensas competencias y otras adicionales consagradas en instrumentos legales, motivo por el cual la estructura de la Corte Suprema de Justicia se mantuvo inalterable hasta 1961 y es con la Constitución de 1999 cuando se crea un órgano de jurisdicción constitucional representado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En cuanto al Control Preventivo de la Constitucionalidad de las leyes, caracterizado por ser un control interogánico en el que intervienen el poder judicial y el poder ejecutivo a través del Veto Ejecutivo, tiene su aparición en la Constitución de 1864, la cual pone como característica resaltante la de ser una Constitución Federal.
Mientras que el Control Difuso de la Constitucionalidad en nuestro Derecho no tenía origen ni desarrollo constitucional sino legal, el Código de 18971o regula, al conferirle a los jueces de cualquier nivel y ubicación territorial, la potestad para inaplicar, en un juicio entre particulares, sometido a su jurisdicción, una norma legal que consideren inconstitucional, disposición que actualmente permanece invariable. A partir de 1999 con el Texto Fundamental de ese año adquiere rango Constitucional este tipo de control.
II SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DE 1999
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela surge de un proceso inédito en la historia constitucional de nuestro país de casi doscientos años, y es precisamente el hecho de que es producto
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