CONVENIO DE PASANTÍAS ENTRE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA Y TATASOLUTION CENTER S.A.
Enviado por ASESOR CONTABLE • 17 de Julio de 2017 • Informe • 1.863 Palabras (8 Páginas) • 302 Visitas
CONVENIO DE PASANTÍAS ENTRE
LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA Y
TATASOLUTION CENTER S.A.
Intervienen a la celebración del presente convenio de prácticas pre profesionales, por una parte la Universidad Metropolitana, representada por la ing. Ketty Jadira Ortiz, en su calidad de coordinadora de prácticas pre-profesionales de la escuela de sistemas y por otra parte la empresa TATASOLUTION CENTER SA. A quien en adelante se la denominara “Empres”, representada por Cecilia Gaibor García en su calidad de Apoderada especial de RRHH, las partes comparecen en el presente convenio libre y voluntariamente al tenor de las siguientes clausulas.
PRIMERA: ANTECEDENTES.-
La Universidad Metropolitana, es una entidad de educación superior, con personería jurídica, sin fines de lucro, con domicilio principal en la ciudad de Quito y autonomía administrativa y financiera. La UNIVERSIDAD actualmente se encuentra formando estudiantes en las carreras que se están listadas en su catálogo, que se edita cada año.
La empresa con número de RUC 1792072328001, es una organización cuya actividad central es servicios tecnológicos y de la información.
El o la estudiante Tipantasig Saquinga Douglas Israel, de nacionalidad ecuatoriana, con documento de identidad No. 17257868-9, del 7 semestre de la carrera ingeniería en sistemas, cumple los requisitos para desarrollar sus prácticas pre profesionales.
El o la estudiante ha solicitado a la empresa que se le permita realizar prácticas pre profesionales en sus instalaciones.
La empresa ha aceptado que él o la estudiante realice las practicas pre profesionales solicitadas.
SEGUNDA: OBJETO.-
La Universidad ha convenido que sus estudiantes, realicen prácticas pre-profesionales que se puedan desarrollar en los diferentes departamentos y áreas de TATASOLUTION CENTER SA de acuerdo con su especialidad y bajo la modalidad de pasantías, al amparo de lo previsto en la Ley de Pasantías en el sector Empresarial, y de conformidad con el artículo 89 y siguientes del Reglamento de Régimen Académico vigente, que tendrán como objetivo el fortalecimiento de sus conocimientos y complemento de su formación profesional.
Por su parte, TATASOLUTION CENTER SA acepta colaborar con la Universidad para que sus estudiantes realicen pasantías previas al proceso de titulación en el área de su especialidad de acuerdo con lo previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior, estas pasantías se realizarán de acuerdo a la normativa vigente para cada caso.
TERCERA: OBJETIVOS ESPECÍFICOS.-
- Dar al estudiante la oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos durante sus estudios en la universidad a coso concreto de su especialidad.
- Desarrollar habilidades y destrezas para el empleo de técnicas específicas en el tratamiento y solución de problemas en su entorno laboral.
- Reafirmar y adquirir nuevos conocimientos a través del contacto con la realidad ocupacional.
- Completar la formación académica de las y los estudiantes con experiencia laboral.
- Profundizar la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificado para el ser humano.
CUARTA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD.-
Para efectos del presente Convenio, la UNIVERSIDAD se obliga a:
- Coordinar que la planificación y desarrollo de las pasantías, responda a las necesidades académicas de los estudiantes.
- Registrar el cumplimiento de la pasantía en el portafolio académico del/la estudiante para acreditar la observancia de sus obligaciones académicas.
- Monitorear y evaluar las pasantías de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de Régimen Académico y la normativa que fuese aplicable para observar el cumplimiento de los objetivos de su formación académica.
- Dada la facultad de la TATASOLUTION CENTER SA, en cuanto al número de pasantes que está en capacidad de vincular dentro del presente convenio de forma anual, no podrá imponer la aceptación de la misma, un número mayor de pasantes de los que requiera.
El estudiante es responsable de las actividades que desempeñe durante la realización de su pasantía. De manera independiente a las responsabilidades que estén asociadas a la TATASOLUTION CENTER SA, estará sujeto a las normas y procedimientos del Código de Honor y Convivencia y al Manual del estudiante de la UNIVERSIDAD en lo que fueren aplicables.
QUINTA: OBLIGACIONES TATASOLUTION CENTER SA.-
Para efectos del presente Convenio, TATASOLUTION CENTER SA se obliga a:
- Cumplir cualquier obligación económica o de cualquier tipo con los pasantes de acuerdo con lo estipulado por la normativa vigente y aplicable en cada caso.
- Designar a un supervisor/a para impartir a los pasantes la orientación, capacitación técnica y profesional dentro de su área, para verificar su desarrollo y cumplimiento; así como para la evaluación de sus pasantías.
- Proveer a los pasantes de los recursos necesarios para la ejecución de la pasantía, de acuerdo a lo que, por área de especialidad, se requiera.
- Establecer los horarios para el desempeño de la pasantía, acordes a sus necesidades, para no interferir con su asistencia a clases y actividades académicas, en observancia de la normativa vigente. Los pasantes tendrán un horario máximo de labores de seis (6) horas diarias durante cinco (5) días a la semana. En ningún caso serán obligados a excederse de dicho horario, ni podrán desempeñarlo durante las horas de clases o exámenes.
- Completar y firmar el Formulario de “Acuerdo de recepción de pasantía”, así como el “Certificado de evaluación y cumplimiento”, al inicio y al finalizar la pasantía, respectivamente, por cada uno de los pasantes aceptados, que serán elaborados por la UNIVERSIDAD y entregados a TATASOLUTION CENTER SA, por cada pasante.
- Suscribir con los pasantes, si lo considera necesario, un documento que los comprometa a guardar la confidencialidad de la información que, por cualquier medio, reciban conozcan o manejen durante la realización de sus pasantías y con posterioridad a su culminación, así como respecto de las disposiciones atenientes a su desempeño, en adhesión estricta a los pactos previstos dentro del presente convenio.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD.-
Las partes se comprometen a guardar estricta confidencialidad y a no revelar o divulgar ninguna información que conozcan actualmente o llegaren a conocer en el futuro como consecuencia del presente Convenio de Pasantías.
Cualquier información que no esté generalmente disponible al público se considerará secreta y confidencial, no obstante de lo cual, será utilizada únicamente para el fin previsto en este instrumento. Las partes comunicarán a cada uno de sus funcionarios que reciba tal información sobre estas restricciones y se comprometerán en velar por el cumplimiento de tales restricciones.
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