CREDITO FISCAL
Enviado por sebastiano77 • 28 de Mayo de 2013 • 2.455 Palabras (10 Páginas) • 328 Visitas
Antecedentes legales del crédito fiscal.
Código Fiscal de la Federación de 1981.
Actualmente nuestro Código Fiscal en su artículo 4° literalmente establece lo que constituye un crédito fiscal de la siguiente manera.
ARTICULO 4. SON CREDITOS FISCALES LOS QUE TENGA DERECHO A PERCIBIR EL ESTADO O SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE PROVENGAN DE CONTRIBUCIONES, DE SUS ACCESORIOS O DE APROVECHAMIENTOS, INCLUYENDO LOS QUE DERIVEN DE RESPONSABILIDADES QUE EL ESTADO TENGA DERECHO A EXIGIR DE SUS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS O DE LOS PARTICULARES, ASI COMO AQUELLOS A LOS QUE LAS LEYES LES DEN ESE CARACTER Y EL ESTADO TENGA DERECHO A PERCIBIR POR CUENTA AJENA.
LA RECAUDACION PROVENIENTE DE TODOS LOS INGRESOS DE LA FEDERACION, AUN CUANDO SE DESTINEN A UN FIN ESPECIFICO, SE HARA POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO O POR LAS OFICINAS QUE DICHA SECRETARIA AUTORICE.
En las apuntadas condiciones tenemos que en materia fiscal son créditos fiscales:
• Los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados, que provengan de contribuciones, de aprovechamientos o de sus accesorios, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el estado tenga derecho a exigir de sus servidores públicos o de los particulares, así como de aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
En tiempos mas recientes la tesis aislada VI. 1°. A. 138 A, visible en el semanario judicial de la federación y su gaceta, Tomo: XVIII, correspondiente al mes de julio de 2003, pág. 1066, de la Novena Época, se expresa de la siguiente forma:
Crédito Fiscal. El articulo 4° del Código Fiscal de la federación establece lo que debe entenderse por ese concepto, no transgrede de lo dispuesto en los artículos 16 y 31, fracción IV, constitucionales, al no especificar los elementos que lo integran, ni la forma y persona que lo debe emitir.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
En este trabajo explicare como el actuar de las autoridades da como resultado que ciertas leyes no cubran todas las hipótesis que se dan en realidad. Y como ciertas leyes por la forma en como están redactadas pueden llegar a causar inseguridad jurídica en los contribuyentes, pues con apoyo en ellos las autoridades formalizan el procedimiento administrativo de ejecución.
DELIMITACION:
ESPACIAL:
Este trabajo se limitara hablar, analizar, criticar y sugerir, a todo territorio donde el Código Fiscal de la Federación este presente y en especial nos enfocaremos a el artículo 4°. También me permitiré explicarla deuda impositiva en general, y explicar el porque de las contribuciones es un hecho innegable, ya que sin ellas el Estado no podría cumplir sus obligaciones las cuales se derivan de la constitución y también que no podría hacerle frente a las situaciones de emergencia de corte social y natural.
TERRITORIAL E INSTITUCIONAL:
Para esto me auxiliare del mismo al igual que de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pero principalmente el trabajo se enfocara al artículo 4 ° del Código Fiscal, el cual repercute en las operaciones de la SHCP.
TEMPORAL:
El trabajo pretende analizar al crédito fiscal desde el surgimiento del Código Fiscal de la Federación de 1938, publicado en el gobierno General Lázaro Cárdenas del Rio.
TEORICA:
Para la realización del contenido me auxiliare de varios autores pero principalmente, mi referente será el Maestro Flores Zavala. Ya que me he identificado con sus definiciones las cuales a mi parecer son practicas y concretas y por esto no quiero decir que sean incompletas si no que el tiene la facilidad para que en tan solo unas palabras un termino que podría ser extenso quede sintetizado y se pueda entender de buena manera sin dejar pasar nada.
JUSTIFICACION:
El trabajo fue seleccionado porque se encontró una gran disyuntiva en el crédito fiscal, el cual genera inseguridad jurídica en los contribuyentes. Es a criterio propio de suma importancia que se realice una investigación acerca del tema para entender y aprender como y que es el crédito fiscal.
Esto podrá beneficiar a todo aquel contribuyente que no entienda no sepa interpretar el termino de crédito fiscal esto debido a falta de preparación o simplemente por la ausencia de un asesor jurídico que le interprete el ya mencionado termino.
También se pretende hacer una sugerencia para que el termino crédito fiscal, sea modificado.
Objetivo general:
Hacer una propuesta para modificar el concepto de “crédito fiscal” para ser incorporado al Código Fiscal de la Federación.
Creemos pertinente rediseñar el contenido de lo que se debe entender por crédito fiscal y eliminar las pretensiones recaudatorias excesivas del Estado, en aras de su actualización con la moderna teoría fiscal-administrativa. Así pues el articulo 4to del Código fiscal de la Federación.
Objetivos particulares.
1ro. Lograr conocer a fondo el articulo 4to y encontrar diferentes puntos de vista de diversos autores del derecho fiscal para lograr entender la esencia del mismo articulo, y así lograr hacer un análisis puro el cual sea objetivo y sirva para lograr el objetivo general.
2do. Analizar lo aprendido en el primer objetivo y asegurarme de estar en el contexto de lo que se quiere lograr, y no desviarme del camino.
3ro. Poder explicar el porque creo que es necesario hacer esa modificación a el articulo 4to.
Hipótesis.
Si los artículos del código fiscal de la federación fueran enteramente operativos, todos y cada uno de los procedimientos fiscales fundados en dicho código no tendrían ningún problema para su aplicación y en realidad, en primera instancia, la mayoría de ellos no lo tienen. Sin embargo, el problema surge cuando el contribuyente determina los impuestos a su cargo, la autoridad fiscal pretende hacer creer que con ello existe un crédito fiscal exigible y aplica el procedimiento administrativo de ejecución.
Pero entonces que sucederá cuando el contribuyente modifica el monto de sus contribuciones mediante una declaración complementaria?, puesto que no hay que olvidar que por disposición del articulo 32 del código fiscal de la federación las declaraciones pueden modificarse hasta por tres ocasiones ¿ sobre que rubros y procedimientos se podrá aplicar el procedimiento administrativo de ejecución una vez que se modifica el monto de los impuestos?, pues es de imperioso derecho que los actos de autoridad deben estar fundados y motivados. ¿Deberá existir la obligación por parte de la autoridad de manifestar su conformidad o disconformidad con las declaraciones
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