Calculo Del Precio Conveniente
Enviado por AdrianaKiara • 5 de Abril de 2014 • 1.873 Palabras (8 Páginas) • 1.930 Visitas
CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y DE ADJUDICACIÓN
De Evaluación.-
1.- Las propuestas se elaborarán por escrito, en original, en forma legible, sin tachaduras ni enmendaduras y contendrán toda la información requerida en los formatos establecidos por PEP, y deberán ser firmadas autógrafamente en la última hoja de cada documento, con el nombre del apoderado o representante legal acreditado que se haya estipulado en el Documento ___.
2.- El licitante presentará el Documento CA-1, en el que manifiesta que conoce, acepta y adopta expresamente los precios máximos de referencia determinados por PEP, en el Anexo “DE-9”. (A partir de los cuales los licitantes ofrecerán en el Anexo W un precio menor a ellos en cada concepto, asi como en el importe evaluatorio total de la obra).
3.- PEP verificará que cada documento contenga toda la información solicitada y que las proposiciones incluyan las modificaciones realizadas por PEP en la(s) junta(s) de aclaraciones.
PEP verificará en el Anexo W del licitante:
4.- Que contenga el total de partidas o conceptos de trabajo solicitados.
5.- Que proponga para cada una de las partidas o conceptos de trabajo un precio unitario de oferta menor al precio máximo de referencia correspondiente.
6.- Que indique un importe evaluatorio total de su propuesta (Importe total de su proposición).
7.- Que el importe evaluatorio total de su propuesta sea menor al Importe total de Referencia.
EJEMPLO DE ANEXO DE-9 Y ANEXO W
Anexo DE-9 Documento de presentación opcional pero observancia obligatoria.
Anexo W Documento de presentación obligatoria.
8.- Que presente operaciones aritméticas correctas, en caso de errores, PEP hará la corrección, siempre y cuando no sean los P.U.; prevaleciendo la corrección hecha por PEP.
9.- Que haya propuesto un Importe total ofertado (Precio de la propuesta) Conveniente:
PEP para verificar que el Importe total ofertado (Precio de la propuesta) sea conveniente; realizará lo siguiente:
Se entenderá por Precio conveniente: Aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas, y a éste se le resta 40%.
Para calcular cuándo un precio es conveniente, los responsables de hacer la evaluación económica aplicarán la siguiente operación:
I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en una licitación pública, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña; (10% de diferencia máximo en cada rango)
II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos;
III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento de ese promedio, y
IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes.
Ejemplo 1:
En este ejemplo se advierte la existencia de seis grupos de precios preponderantes; por lo que de acuerdo a lo anteriormente establecido se toma el promedio de los dos que contienen los precios más bajos (Licitante Cinco y Licitante Cuatro); el promedio de estos dos es de 850,000.00; a este promedio se le resta el 40% (850,000.00*0.40=340,000.00) dando un “Piso” de $510,000.00.
Se Considera que los importes evaluatorios superiores a $ 510,000.00 son convenientes; por lo tanto al Licitante Cinco con un importe evaluatorio de $ 810,000.00 es a quien se le adjudica el contrato por ser dentro de los precios considerados como convenientes; el más bajo.
El importe evaluatorio $500,000.00 del Licitante seis se considera NO CONVENIENTE.
V.- En caso de que las proposiciones aceptadas su diferencia entre ellas sea superior al 10%; se considerara en este caso; que los precios preponderantes serán los dos que presenten la menor diferencia. Debiéndose tomar el promedio de estos.
Ejemplo 2:
En este ejemplo dado que las proposiciones aceptadas su diferencia entre ellas es superior al 10%; se considera en este caso; que los precios preponderantes serán los dos que presenten la menor diferencia; por lo que de acuerdo a lo anteriormente establecido se toma el promedio de los dos que presenten la menor diferencia (Licitante Dos y Licitante Tres); el promedio de estos dos es de 860,000.00; a este promedio se le resta el 40% (860,000.00*0.40=344,000.00) dando un “Piso” de $ 516,000.00.
Se Considera que los importes evaluatorios superiores a $ 516,000.00 son convenientes; por lo tanto al Licitante Dos con un importe evaluatorio de $ 800,000.00 es a quien se le adjudica el contrato por ser dentro de los precios considerados como convenientes; el más bajo.
El importe evaluatorio $515,000.00 del Licitante Uno se considera NO CONVENIENTE.
VI.- En caso de que exista sólo una proposición aceptada se considerará como el promedio de los precios preponderantes el Importe de referencia y se le restará el cuarenta por ciento.
Si la propuesta rebaza el “Piso” resultante se considerará que es conveniente y se adjudicará.
Ejemplo 3A:
Ejemplo 3B:
En este caso que exista sólo una proposición aceptada se considerará como el promedio de los precios preponderantes el Importe de referencia; si el Importe de Referencia es de $1’000,000.00 se considerará como el promedio de los precios preponderantes y se le restará 40% (1’000,000.00*0.40=400,000.00) dando un “Piso” de $600,000.00.
Se Considera que el importe evaluatorio superior a $ 600,000.00 es conveniente; por lo tanto si la propuesta es superior del “Piso” resultante; se considerará que es conveniente y se adjudicará. (Ejemplo 3A)
Si el importe evaluatorio de la propuesta
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