Caso Lindows
Enviado por gsantivanezt • 21 de Enero de 2014 • 1.484 Palabras (6 Páginas) • 890 Visitas
Caso Lindows
Por: Víctor Tateishi Saito
El Departamento de Compras, atendiendo una solicitud de los usuarios, se contactó con su proveedor LINDOWS DEL PERU S.A., que es la oficina local de LINDOWS ALEMANIA, único fabricante de los sensores de vibración requeridos; el usuario solicitó 6 sensores de vibración.
LINDOWS al cotizar, presentó una oferta por el sistema completo de vibración debido a que por la antigüedad de los equipos, estaba descontinuada la fabricación de dichos sensores de vibración.
Teniendo en cuenta lo planteado por el fabricante y al no existir otra alternativa (otro distribuidor, planos originales u otra), Compras decide aceptar el sistema ofrecido y coloca la Orden de Compra.
El Departamento de Compras pertenece a la Gerencia de Logística de la empresa PERFORACION DE POZOS S.A. (PEPOSA) en la oficina principal de Lima, y cuyas operaciones se encuentran ubicadas a lo largo y ancho del territorio nacional, con mayor exactitud en las zonas Norte (Piura y Tumbes), Nor-Oriente (Pucallpa), Centro (Oxapampa) y Sur-Oriente (Madre de Dios).
La organización de la empresa esta descentralizada por cada unidad operativa, sin embargo, las adquisiciones de equipos y materiales importados, se realiza a través de la oficina principal en Lima; aunque el gasto es cargado directamente a la operación.
Cada unidad operativa está al mando de una Superintendencia de Operaciones y dependen directamente de la Gerencia General.
Los niveles de decisión están tipificados dentro de un reglamento que establece los límites de acción de cada compra. Sin embargo, dentro de cada nivel, existe amplia libertad para la decisión y ejecución de las adquisiciones.
LINDOWS DEL PERU S.A. ha recibido la Orden de Compra Nº 68784 de PEPOSA y procede a solicitar, a Alemania, el embarque del sistema completo de vibración.
El material ordenado es enviado desde Alemania, recepcionado en Lima y enviado al usuario en la Operación Nor-Oriente en Pucallpa, el cual al ver que era diferente de lo solicitado lo rechaza en el almacén de operación y lo devuelve de inmediato al almacén de Lima, pidiendo además el reclamo al fabricante.
Logística presenta una exposición de la situación y plantea cuál es la posición del fabricante respecto al reclamo, indicando además que el fabricante considera factible usar los equipos enviados.
A continuación el detalle cronológico de lo sucedido:
1. El informe reclamo Nº 137-A1 fue generado el 22 de Mayo del año A1, por cuanto el material no fue conforme al pedido. Se solicitó adquirir 6 sensores de vibración y se recibió todo el sistema de medición de vibraciones que es totalmente diferente al sistema de registro instalado en nuestra unidad.
2. Con Carta LOG-COM-884-A1 del 28 de mayo del año A1 se informó al Departamento Técnico de la operación Nor-Oriente que efectivamente en el Pedido de Materiales se solicitaba únicamente los sensores de vibración y en ese sentido, el Departamento de Compras solicitó una cotización a los señores de LINDOWS DEL PERU S.A., representantes exclusivos del fabricante del equipo original adquirido por la empresa.
3. Como respuesta, el fabricante con Carta Nº LIM-LI081 del 13 de Marzo del año A1 cotizó un material sustituto. Por tratarse de piezas de diseño exclusivo destinadas a equipos fabricados, ensamblados e instalados por LINDOWS DE ALEMANIA, se aceptó la única alternativa viable.
4. Con Carta LOG-0083-A1 del 4 de Julio del año A1, se efectuó el seguimiento correspondiente a la Superintendencia de la Operación Nor-Oriente.
5. Con Carta SNO-LOG-ALM-198-A1 del 5 de Julio del año A1, la Sección Almacén de la Operación Nor-Oriente informó que habían remitido los materiales de la Orden de Compra Nº 68784 al Almacén Central en Lima para el Departamento de Compras.
6. Con Carta LOG-COM-1165-A1 se reiteró, a la Superintendencia Nor-Oriente, lo solicitado en la Carta LOG-COM-884-A1.
7. Mediante Carta SNO-TEC-108-A1 del 10 de Julio del año A1, recibido el 2 de Agosto del año A1, el Departamento Técnico de la Superintendencia de la Operación Nor-Oriente da respuesta a la Carta LOG-COM-884-A1 y efectúa varias observaciones, concluyendo que solamente requerirán los sensores de vibración.
8. Con Carta LOG-ALM-344-A1 del 1 de Agosto del año A1, el Almacén Central de Lima informó haber recepcionado el material en cuestión.
9. Con Carta LOG-COM-1205-A1 del 7 de Agosto del año A1, se cursó comunicación a LINDOWS DEL PERU S.A., efectuando reclamo por el material suministrado que no se ajustaba a las necesidades de PEPOSA, y asimismo, se le pidió gestionar ante sus representadas el reemplazo del material por uno similar a los instalados en la unidad operativa.
10. Con Carta Nº LIM-LI237 del 16 de Agosto del año A1, LINDOWS DEL PERU S.A. acusó recibo de dicha comunicación e indicó que nuestro reclamo no tenía
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