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Clases De Iva


Enviado por   •  3 de Abril de 2015  •  1.339 Palabras (6 Páginas)  •  288 Visitas

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1. ¿Para qué le sirven los impuestos al país?

Una parte de las necesidades que experimentan las personas puede satisfacerse de forma individual con los propios recursos. Pero hay otras necesidades cuya satisfacción individualizada no resulta posible sino que es preciso atenderlas de forma colectiva, aunando esfuerzos mediante la aportación por cada uno de una porción de sus ingresos. Esa aportación se hace fundamentalmente mediante el pago de impuestos, con el fin de constituir lo que podríamos denominar un fondo común con el que cubrir el coste de los bienes y servicios públicos, es decir, los que se dirigen a satisfacer esas necesidades que cada persona no puede cubrir por sí sola. Los impuestos podrían, por tanto, definirse, en una primera aproximación, como aquellas cantidades de dinero que los ciudadanos están obligados por ley a pagar para que las Administraciones Públicas (el Estado, las Comunidades autónomas, los Municipios) dispongan de los recursos suficientes con los que financiar la satisfacción de las necesidades públicas, es decir, la provisión de los bienes y servicios públicos.

2. Según usted quienes son los más perjudicados o a quienes les afecta más que el estado genere tantas obligaciones en materia de impuestos.

Principalmente a los pobres ya que son los pobres somos los que pagamos más impuestos y la mayoría de ricos los evaden.

3. Haga u cuadro comparativo entre el 2014 y 2015.

4. ¿Qué es el impuesto sobre las ventas?

Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante.

5. ¿Qué elementos configuran el Hecho Generador?

Elemento objetivo o material.

Elemento subjetivo.

Elemento temporal.

Elemento espacial.

6. ¿Cómo se clasifican los bienes?

Corporales: son los que tienen un ser real y pueden ser percibidos.

Ejemplo: muebles e inmuebles.

Incorporales: consisten en meros derechos.

7. ¿Qué bienes y operaciones se consideran excluidos del IVA?

Los bienes exentos están contemplados por los artículos 424 y siguientes del estatuto tributario.

Artículo 424. Bienes que no causan impuestos.

Artículo 424-2. Materias primas para la producción de vacunas.

Artículo 424-5. Bienes excluidos del impuesto.

Artículo 424-6. Gas propano para uso doméstico.

Artículo 425. Otros bienes que no causan impuestos.

Artículo 427. Pólizas de seguros excluidas.

Artículo 428. Importaciones que no causan impuestos.

Artículo 428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación superior.

Las personas o empresas que únicamente vendan estos productos, no serán responsables ni del régimen común ni del régimen simplificado, simplemente no tiene ninguna responsabilidad frente al impuesto a las ventas. Pero si venden algún producto exento o gravado, se convertirían en responsables del iva aun cuando la mayoría de sus productos vendidos estén excluidos del iva.

8. ¿Qué se entiende por prestación de servicios para efectos del IVA?

De acuerdo con lo previsto en el literal b) del artículo 420, la prestación de servicios en el territorio nacional constituye hecho generador del impuesto sobre las ventas.

“Para efectos del impuesto sobre las ventas se considera servicio, toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona natural o jurídica, o por una sociedad de hecho, sin relación laboral con quien contrata la ejecución, que se concreta en una obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, y que genera una contraprestación en dinero o en especie, independientemente de su denominación o forma de remuneración”.

9. ¿Cómo se clasifican los bienes corporales muebles y los servicios para efectos del IVA?

Gravados: Son aquellos a los que se les aplica la tarifa general del 16% o una tarifa diferencia, según el caso.

Exentos: Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa 0 (cero).

Excluidos: Por expresa disposición de la ley no causan el impuesto.

Bienes excluido: Atún, miel, productos agrícolas (frutas y verduras), café,

Cebada, avena, arroz, pan, agua envasada, sal, energía eléctrica, sangre humana, medicamentos, anticonceptivos orales, abonos minerales, plaguicidas, preservativos, lentes de contacto, entre otros.

Servicios excluidos: Servicios médicos para la salud humana,

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