Codigo Del Trabajo Analisis
Enviado por MARCORP • 17 de Junio de 2013 • 3.280 Palabras (14 Páginas) • 476 Visitas
ANÁLISIS DE LA LEY Nº 20.123
Vigencia
A partir del 14 de enero de 2007, entró en vigencia la nueva ley de subcontratación, que regula el trabajo bajo este régimen y el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios. La publicación en el Diario Oficial se efectuó el día 16 de octubre de 2006.
Gestación
El proceso de gestación de esta ley duró varios años, ya que inicialmente formaba parte del Mensaje del Presidente de la República, que convertido en la ley 19.759 de 2001 introdujo numerosas e importantes modificaciones a la legislación laboral. En ese año, a requerimiento de los parlamentarios, el Supremo Gobierno retiró de su proyecto las normas propuestas sobre la subcontratación, dada su complejidad y con miras a no retardar el despacho de los demás preceptos laborales que rigieron desde el primero de diciembre de 2001.
Posteriormente, el año 2002, el Gobierno envió un nuevo Mensaje al H. Senado, que se refirió específicamente a los temas de la subcontratación y otros afines.
Importantes discrepancias entre los términos aprobados por el H. Senado y la H. Cámara de Diputados, en las respectivas intervenciones de sus Comisiones de Trabajo y de ambas Corporaciones, fueron objeto de numerosos acuerdos de éstas últimas, con excepción del concepto de “empresa”, que dio lugar a una reciente sentencia del Tribunal Constitucional.
Estructura
a) La ley Nº 20.123 se integra con siete artículos permanentes y dos transitorios;
b) Sus artículos 1º a 6º introducen reformas al Código del Trabajo y el artículo 7º modifica dos preceptos de la ley Nº 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales;
c) Además de la derogación y de modificaciones de algunos artículos del Código del Trabajo, la nueva ley, en su artículo 3º agrega al Libro I de éste, un nuevo Título con el número VII, con los artículos numerados desde el 183 – A hasta el 183 – AE, ya que se hicieron insuficientes las letras del abecedario de la A a la Z.
d) Estos 32 nuevos artículos del Código regulan los temas medulares de la nueva ley, que son los siguientes :
• El trabajo en régimen de subcontratación;
• Las empresas de servicios transitorios;
• El contrato de puesta a disposición de trabajadores;
• El contrato de trabajo de servicios transitorios; y
• Temas varios.
Distinción entre trabajo en régimen de subcontratación y suministro de personal
La Ley de Subcontratación establece una distinción fundamental entre el trabajo en régimen de subcontratación y el suministro de personal.
En el caso de la subcontratación, la empresa principal contrata a otra para que realice un servicio o ejecute una obra, es decir, externaliza la actividad. Para llevar a cabo la labor, la empresa subcontratada utiliza a sus propios trabajadores y puede, además, brindar otros servicios adicionales, como por ejemplo suministrar los materiales con los cuales se va a realizar la obra. En este caso, el empleador de estos trabajadores subcontratados es el contratista.
Por su parte, el suministro de personal consiste en que una empresa principal le encarga a una empresa de servicios transitorios, que le suministre, por ejemplo, una secretaria, por un período de 30 días. En este caso, quien dirigirá a la secretaria y le proporcionará los insumos para que realice su trabajo será la empresa principal, la cual será considerada su empleador.
Para entender mejor este punto a continuación se ilustra un diagrama explicativo:
Suministro de personal
El propósito de la ley de subcontratación es fomentar la contratación directa y que las empresas, sólo en determinadas situaciones, utilicen el trabajo en régimen de subcontratación o el suministro.
Lo anterior se explica porque la nueva ley establece una serie de requisitos formales para las empresas que ofrecen suministros, como:
• Inscripción en registro de la Dirección del Trabajo.
• Entrega de una boleta de garantía por 250 UF a la DT para cubrir sueldos y previsión de trabajadores en el caso de incumplimiento de obligaciones laborales o quiebra.
• Constituirse como personas jurídicas.
• Giro exclusivo.
• No podrán tener relación directa o indirecta con las empresas a las cuales les van a proporcionar trabajadores, por ejemplo participaciones accionarias.
La legislación restringe además el uso de suministro, limitando las posibilidades de la empresa principal al establecer casos o situaciones específicas en que las empresas podrán utilizar trabajadores suministrados. Estos son:
• Reemplazo de trabajadores (por licencia médica, descansos de maternidad o feriados).
• Realización de eventos extraordinarios (Como ferias o congresos).
• Ejecución de proyectos nuevos (Ej: Construcción de nuevas instalaciones).
• Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
• Trabajos urgentes, precisos e impostergables (Ej: Reparación de instalaciones)
La normativa prohíbe además expresamente su utilización en ciertos casos, como huelga de trabajadores, labores gerenciales, entre otros.
Antes de la aparición de la nueva ley, las empresas podían suministrarse de trabajadores por períodos indefinidos de tiempo. Ahora, la normativa limita los plazos en que un trabajador suministrado puede ser contratado por una empresa (90 y excepcionalmente 180 días), sin posibilidad de renovar los contratos. Sin embargo, existe una excepción para el suministro de discapacitados, que pueden ser contratados por seis meses, renovables.
2.2.6 El trabajo en régimen de subcontratación
La normativa establece que el trabajo en régimen de subcontratación debe ser encomendado a una empresa contratista, que con sus propios recursos y organización debe llevar a cabo la labor.
La ley considera al contratista como el empleador de los trabajadores subcontratados, por lo que mientras trabajen en la empresa principal, deberá organizarlos, dirigirlos y fiscalizarlos.
La empresa principal no se puede entrometer en relación con las facultades que tiene ese empleador con sus trabajadores.
En el caso que la empresa principal que está subcontratando sea sorprendida dirigiendo a los trabajadores, se asume que éstos no se encuentran bajo el régimen de subcontratación, sino de suministro de personal, y la empresa principal pasa a ser considerada empleador directo.
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