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Concesiones Maritimas


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  6.384 Palabras (26 Páginas)  •  392 Visitas

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INDICE

PÁGINA

INTRODUCCION……………………………………………………………………………….…2

A. CONCESIONES MARÍTIMAS........................................................................................ 5

a. Normativa vigente........................................................................................................... 5

b. Competencias institucionales en la administración de los terrenos de playa.................. 6

c. Principales aspectos que regulan las concesiones marítimas........................................ 8

1. Concepto......................................................................................................................... 8

2. Denominación de las concesiones marítimas............................................................... 8

3. Tipos de concesiones marítimas.................................................................................. 9

4. Prohibición de otorgar concesiones marítimas............................................................. 9

5. Plazos que rigen a las concesiones marítimas............................................................. 10

6. Procedimientos que regulan las concesiones............................................................... 10

OTORGAMIENTO………………………………………………………………………………..10

CADUCUDAD Y TERMINO DE CONCESION………………………………………………..12

TRANSFERENCIA Y ARRIENDO DE CONCESION………………...………………………13

B. CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES...................................................................... 13

a. Generales..................................................................................................................... 13

b. Específicas................................................................................................................... 15

ANEXO.............................................................................................................................. 17

INTRODUCCION

La normativa que rige el borde costero ha generado algunos problemas tanto en su interpretación como en su aplicación práctica por parte de las autoridades de entidades con determinadas competencias, jurisdicción y atribuciones en la materia, pudiendo mencionarse, entre ellas, el otorgamiento, renovación y caducidad de concesiones marítimas. Esta reflexión tiene su explicación tanto si se identifica al borde costero como aquella parte de la tierra afectada por su proximidad al mar o como aquella parte del mar, afectada por su proximidad a la tierra, ya que este territorio (espacio) se encuentra siempre influido por la actividad humana, cualesquiera sea el énfasis escogido, debido a la diversidad de intereses que concurren compitiendo entre si, por su uso y goce; por la explotación de sus recursos naturales y por su empleo, intencional o accidentalmente, como vertedero o recipiente de residuos o substancias que provienen de naves o que se producen en tierra.

En este contexto, es dable destacar la competencia que se genera entre la actividad pesquera artesanal, la pesquera industrial y la acuicultura y una interacción entre el transporte, el desarrollo portuario, la reparación y construcción de naves, el turismo, la recreación, los deportes náuticos, etc. sin perjuicio de advertir que la operación de naves y puertos, los procesos industriales, agrícolas y mineros y los asentamientos humanos introducen residuos y sedimentos deteriorando la calidad de las aguas. Por ello, un análisis del tema precisa involucrar a todos los sectores estatales involucrados y a todos los actores privados interesados, por cuanto, su trascendencia en el desarrollo nacional es de vital importancia. Por lo mismo, su multisectorialidad, hace que su tratamiento sea complejo e interdisciplinario, ya que, entre otros, intervienen el Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina; Ministerio de Bienes Nacionales; Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Subsecretaría de Pesca; Servicio Nacional de Turismo; Dirección de Obras Portuarias; empresas portuarias, públicas y privadas, Comisión Nacional del Medio Ambiente y los gobiernos regionales y locales. Esta intersectorialidad y transversalidad evidentemente obliga a concordar en una terminología, razón por la cual se transcriben los conceptos atingentes a la materia que contemplan los textos legales y/o reglamentarios vigentes, toda vez que ellos representan el sentido y uso de la definición.

a. Borde costero del litoral:

“franja del territorio que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la república, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina” (artículo 1º Nº 37 del decreto Nº 660, incorporado por artículo 1º Nº 2 del decreto Nº 476, (M) de 1995).

b. Línea de la playa:

"señala el deslinde superior de la playa hasta donde llegan las olas en las más altas mareas y que, por lo tanto, sobrepasa tierra adentro a la línea de pleamar máxima" (artículo 1º Nº 26 del decreto 660 y artículo 1.1.2 de la ordenanza general de urbanismo y construcciones).

c. Línea oficial:

"la indicada en el plano del instrumento de planificación territorial, como deslinde entre propiedades particulares y bienes de uso público o entre bienes de uso público" (artículo 1.1.2 de la ordenanza).

d. Mejoras:

“cualquier clase o tipo de construcción u obra que se realice sobre un bien nacional de uso público o fiscal” (artículo 1ª Nº 22 del decreto Nº 660).

e. Playa de mar:

"la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas (artículo 594, del Código Civil; artículo 1º, Nº 25, del decreto supremo (M) Nº 660 sobre concesiones marítimas y artículo 1.1.2 de la ordenanza).

f. Terreno de playa:

"la faja de terreno de propiedad del fisco de hasta 80 metros de ancho, medida desde la línea de la playa de la costa del litoral y desde la ribera en los ríos y lagos” (artículo 1º Nº 34 del decreto 660 y artículo 1.1.2 de la ordenanza), y

g. Zona de protección costera:

"área de tierra firme de ancho variable, de una extensión mínima de 80 metros medidos desde

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