Conocimientos básicos De Obligaciones Civiles
Enviado por teterb • 7 de Enero de 2014 • 2.508 Palabras (11 Páginas) • 212 Visitas
OBLIGACIÓN
Es un derecho personal o de crédito, donde existe una relación jurídica que se establece entre el acreedor que puede exigir al deudor que cumpla con una prestación patrimonial de carácter pecuniario o moral.
Elementos extrínsecos o expresos de la obligación:
Sujetos: son las personas aptas para ser titulares de derechos y obligaciones-
• Sujeto Activo: ACREEDOR (EL BENEFICIADO) Titular del derecho, facultad de exigir y recibir.
• Sujeto Pasivo: DEUDOR (QUE TIENE LA OBLIGACION DE CUMPLIR), tiene un deber jurídico.
Objeto: consiste en lo que el deudor debe de dar, hacer o no hacer. ¿A qué se comprometió el deudor?
Relación Jurídica: es el vínculo que une al acreedor con el deudor, permitiendo ejercer una acción para obtener la prestación de vida.
Elementos intrínsecos o internos:
Shuld: es lo debido, la conducta que el deudor debe realizar en provecho del deudor. Elemento voluntario.
Haftung: es la responsabilidad que resulta a cargo del deudor por el incumplimiento de la obligación. Elemento coercitivo.
PRESTACIÓN
Es hacerse responsable, responder por algo frente a alguien.
Requisitos de la prestación:
1. Ser posible física y jurídicamente.
2. Debe ser licita
3. Debe ser determinado o determinable en cuanto a su especie
4. Debe ser patrimonial
Clasificación de las obligaciones:
POR SU SANCIÓN:
Civiles: son las que están respaldadas por una acción que el acreedor puede en caso de incumplimiento llevar a juicio al deudor. (Ejem: incumplimiento de pago de arrendamiento)
Naturales: son las que toma en cuenta el derecho, pero no están o han dejado de estar respaldadas por una acción, y su cumplimiento depende de la voluntad del deudor. (Ejem: vender algo a un incapaz)
POR SUS CARACTERÍSTICAS:
Simples: son las que tienen un acreedor, deudor y objeto.
Complejas: tienen pluralidad de sujetos y de objetos
POR PLURALIDAD DE LOS SUJETOS
MANCOMUNADAS: se divide la obligación entre todas las partes
SOLIDARIAS: su objeto es indivisible, hay varios acreedores o varios deudores. Cualquiera de los acreedores puede exigir el pago de todo. (Ejem: pago de avales.)
AMBULATORIAS O PROTER REM: la obligación está vinculada a una cosa, al transmitirse la cosa se transmite la obligación.
POR SU OBJETO:
CONJUNTIVAS: Donde hay pluralidad de objetos en la obligación y en el pago, ejemplo: contrato de depósito. (ejem: el alquiler de un local, obligación del dueño tener en buenas condiciones el lugar y guardar respeto, y el acreedor pagar debidamente.)
ALTERNATIVAS: El deudor se obliga a uno de los hechos y debe cumplir cualquiera de esos, hay pluralidad de objetos, pero el deudor se libera satisfecho solamente de uno de ellos. (ejem: cuando se paga el alquiler de un local no con dinero, si no con algo del mismo valor.)
FACULTATIVAS: La obligación tiene un solo objeto pero el deudor puede liberarse con un objeto diverso (Ej. Cuando para comprar un carro la agencia te toma el tuyo para saldar el pago).
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
a) CONTRATO
Convenio: acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
Contrato: convenio que crea y transfiere derechos y obligaciones.
Vicios del consentimiento:
ERROR: creencia sobre algo del mundo exterior que se está en discrepancia con la realidad.
DOLO: sugestión que se emplea para inducir a error o mantener en él a una de las partes.
MALA FÉ: disimulación del error a una de las partes.
LESIÓN: aprovechamiento del estado de necesidad, ligereza e inexperiencia de otro y obtención de un lucro desproporcionado.
VIOLENCIA O TEMOR FUNDADO: cuando se emplea fuerza física o moral que impliquen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o bienes.
b) DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
1. Ofertas al público
*Oferta de venta: sus características son que está dirigida al público en general y se ofrecen bienes y servicios. Todo aquel que acepte tiene derecho a exigir su cumplimiento con las salvedades y limitaciones que establezcan expresamente en la oferta.
*Promesa de Recompensa: consiste en otorgar un premio o prestación por un servicio a quien realizo el merito o la oferta.
*Concurso: Consiste en otorgar un premio a quien, puesto en competencia con otra persona, reúna más méritos y ventajas.
2. Estipulación a favor de terceros
Es el reconocimiento a favor de un tercero, en presencia de un contrato y que por el acuerdo de voluntades de 2 personas, nace una obligación a cargo de un tercero ajeno al contrato. Ejemplo: el Contrato de seguro de vida. (SE DA ENTRE VIVOS)
c) ENRIQUECIMIENTO ILEGÍTIMO
una persona se enriquece patrimonialmente, reaccionando que la otra persona se empobrece correlativamente. Esta no tiene causa legal. ( Ejem: Donación, el perdón de una deuda, la indemnización del daño moral.)
Elementos:
1) Que sufrió un empobrecimiento
2) Que el demandado se enriqueció
3) Que hay una realidad y causalidad entre el empobrecimiento del demandante y el enriquecimiento del demandado.
Pago de lo indebido: que pago lo que no debía (el demandante que lo hizo por error)
d) GESTIÓN DE NEGOCIOS
Responde a un sentimiento de humanidad o por amistad en pro de una persona realizando una gestión o un asunto sin haber recibido el encargo ni estar obligado por la ley. Los deberes del gestor son:
1. Desempeñar el cargo con diligencia
2. Rendir cuentas al dueño lo más pronto posible
3. Responder a los daños y perjuicios que sufre el dueño por dolo o culpa del gestor.
4. Llevar la gestión a su conclusión.
e) HECHOS ILÍCITOS
Hechos Jurídicos.
Sentido Amplio: acontecimientos naturales o del hombre que originan consecuencias de derecho.
Sentido Estricto: son acontecimientos naturales o del hombre en donde no interviene la voluntad del hombre para originar consecuencias de derecho, sin embargo, se presentan.
Actos Jurídicos.
Son los que tienen consecuencias jurídicas por la voluntad humana. Sus supuestos de hecho pueden consistir en acciones y omisiones.
Todo ACTO JURIDICO requiere:
A) Un sujeto
B) El ejercicio de su voluntad
C) Un objeto
Unilaterales: aquellos donde la voluntad es de una sola parte, basta para que sobrevengan las consecuencias jurídicas.
Bilaterales: aquellos donde concurren dos manifestaciones autónoma de voluntad
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