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Consejos Comunales


Enviado por   •  27 de Junio de 2015  •  2.223 Palabras (9 Páginas)  •  164 Visitas

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Los Consejos Comunales

El Consejo Comunal es la nueva estructura Social, que funcionara como el ente planificador de proyecto de necesidad y de proyectos de producción que desarrollen nuevas fuentes de trabajos que impulsan el desarrollo social y económico de la comunidad bajo un mecanismo de la participación ciudadana

OBJETIVOS DE UN CONSEJO COMUNAL

 Integrar a la comunidad garantizando su participación en la formulación de propuestas y/o proyectos.

 Convocar las Asambleas de ciudadanos y ciudadanas en la Comunidad para discutir sobre la situación política, social, económica, cultural, entre otras, en el ámbito comunal.

 Viabilizar ideas y propuesta para que la comunidad organizada las presente ante el Consejo Local de Planificación Pública.

 Impulsar la participación organizada de las comunidades en el diseño, ejecución y control de las políticas sociales destinadas a elevar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas.

 Promover la creación de nuevas organizaciones de base cuando fuere necesario.

 Cooperar en el diseño de paquetes instruccionales como herramientas para la capacitación y formación de los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de la democracia participativa y protagónica.

 Contribuir a mejorar las condiciones de vida en las comunidades mediante la propuesta de ideas de proyecto de inversión social y, la consecuente solicitud de acompañamiento técnico para materializarlos.

CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO COMUNAL

Para conformar un consejo comunal hay una serie de requisitos y un protocolo que seguir. Es necesario tener toda la información posible para constituirlo de una manera más rápida en beneficio de la comunidad. Todo comienza con la creación de un equipo promotor provisional, que delimita tentativamente el vecindario en el que operaría el consejo comunal.

A- Equipo promotor

El equipo promotor es la instancia conformada por un grupo de ciudadanos y ciudadanas que asumen la iniciativa de difundir, promover e informar la organización de su comunidad a los efectos de la constitución del consejo comunal y deberá notificar su conformación y actuaciones ante el órgano rector. El equipo promotor cesará en sus funciones una vez que sea instalada la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

El equipo promotor tendrá las siguientes funciones:

1. Difundir entre los habitantes de la comunidad el alcance, objeto y fines del consejo comunal.

2. Elaborar un croquis del ámbito geográfico de la comunidad.

3. Organizar la realización del censo demográfico y socioeconómico de la comunidad.

4. Convocar la primera Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de su conformación.

B- Equipo electoral provisional

El equipo electoral provisional estará conformado por tres habitantes de la comunidad electos en la primera Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, deberá regir el proceso electoral para la elección del primer consejo comunal y cesa en sus funciones al momento de la constitución definitiva del consejo comunal.

C- Asamblea constitutiva comunitaria

La asamblea constitutiva comunitaria es la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en la cual se eligen por primera vez los voceros o voceras del consejo comunal. Se considerará válidamente conformada con la participación efectiva del treinta por ciento (30%) mínimo en primera convocatoria y del veinte por ciento (20%) mínimo en segunda convocatoria, para los y las habitantes mayores de quince años de la población censada electoralmente.

Una vez electos los voceros y electas las voceras se deberá realizar el acta constitutiva del consejo comunal a los efectos del registro respectivo

Organización del consejo comunal

A los fines de su funcionamiento, el consejo comunal estará integrado por:

1. La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del consejo comunal.

2. El colectivo de coordinación comunitaria.

3. La Unidad Ejecutiva.

4. La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.

5. La Unidad de Contraloría Social.

1- Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y el protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal.

Funciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas

1. Aprobar el ámbito geográfico del consejo comunal.

2. Aprobar la creación de comités de trabajo u otras formas de organización comunitaria, con carácter permanente o temporal.

3. Elegir y revocar a los voceros y voceras del consejo comunal a través de un proceso de elección popular comunitaria, conforme a lo que establezca la Ley.

4. Elegir y revocar los integrantes de la comisión electoral.

5. Aprobar el plan comunitario de desarrollo integral y demás planes, de acuerdo a los aspectos esenciales de la vida comunitaria, a los fines de contribuir a la transformación integral de la comunidad

6. Garantizar el funcionamiento del ciclo comunal.

7. Aprobar los proyectos comunitarios, de comunicación alternativa, educación, salud, cultura, recreación, actividad física y deporte, socioproductivos, de vivienda y hábitat, de infraestructura, de funcionamiento, entre otros, y la creación de organizaciones socioproductivas a ser propuestos ante distintos órganos y entes del Poder Público o instituciones privadas.

8. Evaluar la gestión de cada una de las unidades que conforman el consejo comunal.

9. Aprobar las normas de convivencia de la comunidad, sin menoscabo de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.

10.Designar a los voceros o voceras del consejo comunal para las distintas instancias de participación popular y de gestión de políticas públicas.

11.Aprobar la solicitud de transferencia de servicios.

12.Designar a los y las miembros de la comisión de contratación, conforme a la ley que regula materia.

2- Colectivo de Coordinación Comunitaria

El Colectivo de Coordinación Comunitaria es la instancia de articulación, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y Unidad de Contraloría Social del consejo comunal.

Funciones del Colectivo de Coordinación Comunitaria

1. Realizar seguimiento de las decisiones aprobadas en la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

2. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Comunitario

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