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Contrato 2


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  1.214 Palabras (5 Páginas)  •  234 Visitas

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ASESORIA LEGAL INMOBILIARIA

NUÑEZ Y ASOCIADOS S.C.

EN BIENES RAICES, GARANTIA, SEGURIDAD Y CONFIANZA.

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE REPRESENTACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA C. ANGELICA CASTILLO CONTRERAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA PROFESIONISTA” Y EL SEÑOR (A) LAZARO GARCIA OROZCO, POR PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE DENOMINARÁ COMO “EL CLIENTE”, AMBAS PARTES SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES:

D E C L A R A C I O N E S.

I. DECLARA “LA PROFESIONISTA”

1-. Ser personas físicas de nacionalidad mexicana, mayores de edad y sin impedimento legal para obligarse en términos del presente contrato.

2.- Que su principal ocupación es la asesoría y servicios Inmobiliarios.

3.- Que cuenta para el desempeño de dichas funciones con la experiencia y certificaciones que avalan sus conocimientos en bienes raíces.

II. DECLARA “EL CLIENTE”

1.- Ser una persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad y sin impedimento legal para obligarse en términos del presente contrato, ya que cuenta con la capacidad para obligarse y los conocimiento para entender el presente contrato.

Estando en común acuerdo las partes otorgan para el cumplimiento del presente contrato, las siguientes:

C L A U S U L A S.

DEL OBJETO DEL CONTRATO

PRIMERA.- “LA PROFESIONISTA” se obliga a prestar sus servicios a “EL CLIENTE”, los cuales consisten en asesoría, gestión, elaboración, publicidad, promoción, representación e impulso comercial Y legal de venta sobre el la casa ubicada en LOTE 1 PLAZA 3 DEPARTAMENTO 202 EDIFICIO 9 MANZANA E, EN TULTEPEC, MEXICO.

DEL SERVICIO PROFESIONAL

SEGUNDA.- “LA PROFESIONISTA” se obliga a prestar sus servicios convenidos, poniendo todos sus conocimientos científicos y técnicos aplicables al caso concreto, su disposición y el tiempo necesario al servicio del “CLIENTE,” para el desempeño correcto del trabajo convenido.

DE LA SECRECIA

TERCERA.- “LAS PROFESIONISTAS” se obligan a guardar secreto sobre los asuntos que su CLIENTE le confié, salvo los informes que deba proporcionar conforme a las leyes respectivas, de conformidad con el artículo 36 de la Ley Reglamentaria del artículo 5 Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

CUARTA.- “LA PROFESIONISTA” se obliga a informar a “EL CLIENTE” el último día hábil de cada semana, del estado que guarda de su negociación, los avances logrados así como las erogaciones causadas y no cubiertas respecto el objeto del presente contrato.

DE LA FORMA PARA RENDIR CUENTAS.

QUINTA.- La información que hace mención la cláusula inmediata anterior, podrá ser presentada por escrito en el domicilio de “EL CLIENTE”, o mediante correo electrónico con acuse de recibo en el domicilio electrónico especificado por “EL CLIENTE” en el presente contrato.

DE LAS EROGACIONES

SEXTA.- “LA PROFESIONISTA” se obliga a erogar las expensas o gastos que sean necesarios para el desempeño del servicio profesional.

DEL PATROCINIO O REPRESENTACION

SEPTIMA.- “LA PROFESIONISTA” se obliga a no patrocinar o ayudar a diverso contendiente o parte con interés opuesto al objeto del presente contrato.

DE LOS HONORARIOS O COMISIONES

OCTAVA.- “EL CLIENTE” se obliga a pagar a “LA PROFESIONISTA” el 5% de comisión al cierre de venta del bien inmueble mencionado en la cláusula primera del presente contrato.

DE LA FORMA DE PAGO

NOVENA.- “EL CLIENTE” se obliga a pagar a “LA PROFESIONISTA” su comisión, en una sola exhibición el día del cierre de la venta una vez firmada ante el Notario Público.

Para la comisión por venta será fijada por porcentaje

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