Contrato
Enviado por lolus • 10 de Julio de 2015 • Síntesis • 1.004 Palabras (5 Páginas) • 142 Visitas
CONTRATO DE SERVICIOS
El contrato de prestación de servicios, comporta una serie de características que difiere sustancial y formalmente del contrato de trabajo. Versa sobre una obligación de hacer para la ejecución de labores en razón de la experiencia, capacitación y formación profesional de una persona en determinada materia con la cual se acuerdan las respectivas labores profesionales, autonomía desde el punto de vista técnico y científico que es precisamente lo que constituye el elemento esencial de este tipo de contratación, ya que el contratista dispone de un amplio margen de discrecionalidad en cuanto concierne a la ejecución del objeto contractual. La temporalidad del contrato; es decir, su duración es precaria y limitada solo al tiempo indispensable para ejecutar lo convenido.
Entonces, la nota distintiva entre éste y el de trabajo es la SUBORDINACIÓN JURÍDICA; vale decir, la ausencia total de autonomía, independencia y discrecionalidad del trabajador en la ejecución de las labores, ya que ellas deben estar sometidas a las órdenes e instrucciones del empleador.
Se debe tener claridad en el sentido que el contrato de servicios no puede camuflar una verdadera relación laboral, puesto que de ser así, automáticamente se convertirá en un contrato de trabajo y en ese caso queda cobijado por la legislación laboral. Recordemos que para que se configure una relación laboral basta con que confluyan tres elementos esenciales del contrato de trabajo: prestación personal del servicio, subordinación y remuneración.
El presente documento expone algunos criterios legales útiles para diferenciar una relación laboral de una relación civil o comercial y emite recomendaciones prácticas para las empresas que desean tercerizar o externalizar actividades de su organización, a través de contratos civiles o comerciales de prestación de servicios. Estas recomendaciones pretenden evitar que los contratos de servicios utilizados sean calificados posteriormente como fraude a la legislación laboral y, con ello, evitar exponerse a futuras demandas laborales o sanciones administrativas por incumplimiento de leyes sociales. Los contratos de prestación de servicios utilizados por organizaciones empresariales generan dudas acerca de los efectos legales derivados de dicha relación contractual. Si la relación jurídica incluye elementos característicos de la relación laboral, entonces, el prestador de servicios gozará de todos los derechos reconocidos por la Ley General del Trabajo, consecuentemente, la empresa contratante tendrá la obligación de asumir estas cargas, de lo contrario, quedará expuesta a demandas laborales y sanciones administrativas por infracción de leyes sociales.
Bajo esta problemática, el presente documento expone algunos criterios legales útiles para diferenciar una relación laboral de una relación civil o comercial y emite recomendaciones prácticas para las empresas que desean tercerizar o externalizar actividades de su organización a través de contratos civiles o comerciales de prestación de servicios.
En este contexto, el trabajo inicia el análisis de la temática mediante el estudio del contrato de prestación de servicios desde la óptica del derecho civil, comercial y laboral, así como el estudio de los elementos o características que diferencian a uno de otro contrato desde su naturaleza
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