Contratos
Enviado por Sithelorriaga • 8 de Octubre de 2014 • 4.560 Palabras (19 Páginas) • 185 Visitas
CIVIL III CONTRATOS.
ENSAYO
CONTRATO:
• Es un término con origen en el vocablo latino contractus que nombra al convenio o pacto, ya sea oral o escrito, entre partes que aceptan ciertas obligaciones y derechos sobre una materia determinada. El documento que refleja las condiciones de este acuerdo también recibe el nombre de contrato.
ELEMENTOS DE EXISTENCIA:
Son los requisitos indispensables para que exista en contrato.
a) Consentimiento: es la voluntad o intención de realizar un acontecimiento que produzca efectos jurídicos. Es decir, la exteriorización del querer interno del sujeto, a suma de las voluntades del que ofrece y del que acepta. La Oferta es una declaración unilateral, expresa y tácita. La Aceptación es una declaración unilateral, debe ser incondicional, lisa y llana, expresa y tácita; traducida en un simple sí.
b) Objeto: es el fin de contratar, el cual puede ser:
a) Directo: crear o transmitir derechos y obligaciones.
b) Indirecto: la conducta del deudor a favor del acreedor, sea de dar, hacer o no hacer.
c) Dar: puede implicar varios aspectos:
d) Transmisión del dominio de una cosa cierta y determinada.
e) Transmisión del uso y goce de una cosa cierta y determinada.
f) Pago de cosa debida.
g) Restitución de cosa ajena.
b.2. Hacer: realizar un hecho/acto positivo a favor del acreedor.
a) Genéricas: cualquier persona las puede realizar, son sustituibles si no se cumplen.
b) Intuiti personae: en razón de cualidades, habilidades, conocimiento,
prestigio, etc., de una persona. Son insustituibles.
b.3.No hace r: deber del deudor de abstenerse; es decir, de no efectuar un acto específico y determinado a favor del acreedor.
Objeto material: aquella que ocupa un lugar en el espacio en el momento que se contrae la obligación. Debe cumplir ciertas características:
1. Existir físicamente, que tenga una identidad corpórea o pueda llegar a tenerla.2.Dentro del comercio.
3. Posible jurídica y físicamente.
4. Lícita.
5. Determinada/determinable en especie.
c) Solemnidad: son las formalidades elevadas a la categoría de elemento de existencia, de tal manera que si no se cumplen, el contrato no existe. La manera de exteriorizarse el consentimiento, que comprende todos los signos sensibles que las partes convienen o la ley establece para lograr esa exteriorización. Esto en la actualidad ya no se observa, esos ritos, la formalidad; causa de muchos litigios, lo cual lleva a cuestionarnos que si es elemento esencial y no se lleva a cabo, porqué entonces sí surge el contrato. Creo que debería eliminarse como elemento esencial, o, por el contrario, que la ley la establezca y exija expresamente.
REQUISITOS DE VALIDEZ:
Son requisitos que la ley exige para la formación del contrato, para que produzca plenamente sus efectos. Deben existir y darse aún antes del contrato y coincidir en el momento de su perfeccionamiento.
a) Capacidad de las partes: aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (llamada de goce), y ejercerlos por sí mismos (de ejercicio).
b) Ausencia de vicios en el consentimiento: son vicios aquellas circunstancias particulares que dañan al consentimiento y lo suprimen.
• Error: conocimiento equívoco, inexacto de la realidad. Debe recaer sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de las partes.
•Dolo: cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir al error y así obtener la voluntad del contratante. Se traduce en la mentira.
•Mala fe: mantener en el error a la parte. Se traduce en el ocultamiento del error.
•Lesión: desproporción que se deben las partes en las contraprestaciones, aprovechándose de: Suma ignorancia, notoria inexperiencia, extrema miseria.
•Violencia: empleo de fuerza física o amenazas que impliquen el peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante.
c) Forma: es la manera de exteriorizar la voluntad; requisitos señalados en la ley para darle estructura al acto jurídico y así produzca sus efectos o tenga validez. Da mayor seguridad en el contrato.
d) Licitud en el objeto: se refiere a que el fin del contrato no sea contrario a las leyes de orden público ni a las buenas costumbres.
FORMATO:
• PROMESA:
Promesa es la expresión de la voluntad de hacer algo por alguien o de cumplir con un cierto sacrificio en caso de conseguir algún logro. Puede entenderse la promesa como un acuerdo entre dos partes a través del cual una de ellas se compromete a realizar algo ante el cumplimiento de una condición o el vencimiento de un plazo.
ELEMENTOS DE EXISTENCIA:
Consentimiento. El objeto del consentimiento en la promesa consiste en un hacer: celebrar el contrato futuro.
Objeto que pueda ser materia de contrato. el objeto del consentimiento en el contrato futuro puede ser un dar, hacer o no hacer, según la prestación propia del contrato definitivo
REQUISITOS DE VALIDEZ:
Capacidad de ejercicio. Los sujetos que intervienen en el contrato deben tener capacidad legal plena para obligarse.
Voluntad libre y consciente. Que la voluntad se exprese sin vicio alguno (error, dolo o lesión.) Es decir que sea una voluntad libre, definida y cierta. Se llama a este elemento ausencia de vicios en la voluntad o voluntad sin vicios.
Licitud en el objeto, motivo, fin. El objeto de contrato debe de estar siempre del marco juridico legal sin cometer ninguna falta a las leyes alas aplicables.
Forma. El contrato de promesa debe constar por escrito.- es un elemento de validez, específicamente la forma, es decir, el contrato de promesa es formal, aun y cuando el definitivo sea consensual.
FORMATO:
COMPRA-VENTA:
El contrato de compra-venta es aquel contrato bilateral en el que una de las partes (vendedora) se obliga a la entrega de una cosa determinada y la otra (compradora) a pagar por ella un cierto precio, en dinero o signo que lo represente.
El contrato de compra-venta es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata del contrato tipo traslativo de dominio y, además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza; es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estudio especial. Como contrato tipo de los traslativos de dominio, aplicaremos sus reglas principales a la permuta; sufrirán estas modificaciones esenciales en la donación; también recurriremos a la compraventa para explicar ciertas especialidades del mutuo,
...