Contratos
Enviado por Rochimon • 8 de Febrero de 2015 • 2.540 Palabras (11 Páginas) • 126 Visitas
Instituciones del Derecho Privado
Contrato
Hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a regular sus derechos. Es un acuerdo de voluntad destinado a regular los derechos patrimoniales.
Tiene tres elementos: esenciales, naturales y accidentales.
● Elementos esenciales generales: elementos propios que deben estar reunidos en un contrato a los efectos de determinarse su existencia. Faltando uno de ellos, no puede existir o carecen de validez. Ellos son: el objeto (posible, ilícito, determinado), el consentimiento, la causa, la forma (cuando le es exigida por su naturaleza).
● Elementos esenciales particulares: elementos que deben existir a partir de la tipificación de un contrato determinado (Ej: cuando un contrato de compraventa además de los elementos esenciales generales, debe tener cosa y precio, que son elementos esenciales particulares para los contratos de compraventa)
● Elementos naturales: son aquellos que la ley regula para un contrato determinado pero que las partes deben dejar de lado. Son aquellas consecuencias que se siguen del negocio, aún ante el silencio de las partes, así, la gratuidad es un elemento natural de la donación.
● Elementos accidentales: elementos que las partes (art 1197 CCA) pueden introducir de común acuerdo en los contratos. Son las consecuencias nacidas de la voluntad de las partes.
Los contratos presentan las siguientes características:
- Bilateral
- Entrevivos
- Patrimonial
- Causado
Clasificación de los contratos:
♦ Unilaterales (a) - Bilaterales (b):
a » Una sola parte resulta obligada (Ej: donación porque solo sigue obligación por el donante)
b » Engendran obligaciones reciprocas (Ej: compraventa, permuta, locación)
* Casi la mayoría de los contratos son bilaterales.
♦ Onerosos (a) - Gratuitos (b):
a » Las partes asumen obligaciones recíprocas, se promete una prestación para recibir otra (como la compraventa (cosa por dinero) locación (goce de la cosa por dinero) Los contratos son siempre onerosos)
b » Solo una de las partes se obliga (donación, comodato, depósito gratuito)
♦ Conmutativos (a) - Aleatorios (b):
a » Las obligaciones mutuas están determinadas de una manera precisa (Ej: compraventa, permuta, contrato de trabajo, locación de obra, etc)
b » El monto de una de las prestaciones o ambas no está determinado de manera fija. Depende un acontecimiento incierto o futuro (Ej: en una venta vitalicia una de las partes entrega un capital a cambio de una cosa futura que dura toda la vida) (compra de cosa futura cuando el comprador toma sobre sí el riesgo de que la cosa no llegue a existir).
♦ Formales (a) - No formales (b): (los contratos no requieren forma alguna para su validez)
a » Cuya validez depende de la observancia de la forma establecida en la ley.
b » Aquellos cuya validez no depende de la observancia de una forma establecida en la ley (basta el acuerdo de las voluntades cualquiera sea su expresión: escrita, verbal o tacita).
♦ Consensuales (a) - Reales (b):
a » Quedan concluidos por el mero consentimiento.
b » Quedan concluidos solo con la entrega de la cosa sobre la cual verse el contrato. (Ej: Renta vitalicia, el depósito, el mutuo y comodato)
♦ Nominados (a) - No nominados (b):
a » Los que están revistos y legislados en el código.
b » No están legislados en el código y resultan de la libre creación de las partes.
♦ De cumplimiento (ejecución) inmediato (a), diferido (b), sucesivo o periódico (c):
a » Las partes cumplen con todos sus derechos y obligaciones en el momento del mismo contrato (Ej: compraventa manual, donde la cosa y el dinero se entregan en un mismo instante).
b » Las partes postergan el cumplimiento de sus obligaciones para un momento ulterior (Ej: ventas hechas con condición suspensiva).
c » Las relaciones entre las partes se desenvuelven a través de un período más o menos prolongado (Ej: contratos de trabajo, locación, la sociedad, etc).
* Un contrato civil se convierte en comercial cuando interviene el comerciante y el fin de lucro.
* Contratos civiles ‡ contratos comerciales.
Tipos de contratos:
● Compraventa:
Habrá compraventa cuando una de las partes obliga a transferir a la otra la propiedad de una cosa y esta se obligue a recibirla y a pagarla por ella.
» Caracteres: Bilateral (ambas partes se obligan a cumplir con determinada obligación), consensual (queda convenido con su solo mero consentimiento), no es formal, oneroso, conmutativo. Puede venderse todas las cosas que pueden ser objeto de los contratos; para ser objeto de contrato debe reunir: ser una cosa en sentido propio (un objeto material susceptible de apreciación económica) (el objeto debe ser: posible, licito, cierto, determinable, divisible-indivisible); ser determinada o determinable; tener existencia real o posible; a compraventa debe tener un objeto actual.
» Obligaciones del vendedor: entregue el objeto en tiempo y forma, recibir el dinero y hacerse cargo de todo vicio que tenga la cosa (presente o futuro).
● Permuta:
Es un contrato típicamente civil. Es el trueque de una cosa por otra. El contrato queda configurado desde que las partes se han prometido transferirse recíprocamente la propiedad de dos cosas.
» Caracteres: consensual, no es formal, bilateral, onerosa, conmutativa.
● Cesión de derechos:
Cuando una de las partes se obligue a transferir a la otra parte del derecho que le compete contra su deudor. Es el contrato en virtud del cual una persona enajena a otra un derecho del que es titular, y que este lo ejerza a nombre propio.
» Caracteres: consensual (con el simple acuerdo de voluntades y no requiere como condición ineludible la entrega del título), es formal, puede ser oneroso o gratuito, bilateral, conmutativo.
» Objeto de la cesión: todo el derecho puede ser cedido a menos que mida prohibición expresa o implícita de la ley o lo impida la voluntad de las personas. Cada cesión debe ser hecha en forma escrita, bajo pena de nulidad.
● Locación (típicamente civil):
Hay locación cuando una persona, locador, se obliga a entregar el uso, goce y disfrute de una cosa durante un cierto tiempo a otro, locatorio, que a su vez se obligue a pagar una suma de dinero.
» Caracteres: bilateral, oneroso, conmutativo, consensual.
Es un contrato de tracto sucesivo,
...