Contratos
Enviado por rulestay • 6 de Julio de 2013 • 1.001 Palabras (5 Páginas) • 205 Visitas
a.- todo Estado soberano posee prima facie, una competencia propia para atribuir su nacionalidad a los individuos que hayan nacido en su territorio o bien que residan en el mismo.Sin embargo, la jurisprudencia en general es uniforme, en el sentido de señalar que el ejercicio de esta competencia no es discrecional, esto es, que la atribución de la misma va a estar condicionada por ciertos requisitos de fondo para poder ser válida u oponible ante terceros Estados.
b.- Es un principio reconocido de derecho internacional consuetudinario, según el cual el Estado posee plena competencia para determinar las condiciones de adquisición o pérdida de la nacionalidad y por supuesto sigue vigente
c.- Puede considerarse que si bien la nacionalidad otorgada por el Estado, es prima facie válida completamente en el plano interno, no lo es, por el contrario, en todos los casos, en el plano del derecho internacional.
Este es el gran aporte del Caso Notteböhm, en donde la Corte Internacional de Justicia sostuvo que la nacionalidad otorgada por un Estado, para poder ser oponible a un Estado tercero no debía ser "ficticia". La nacionalidad debía ser efectiva, y sustentarse en una vinculación real entre el individuo y el Estado que le otorga su nacionalidad
d.- En este Arbitraje se sostuvo que en realidad la Corte Internacional de Justicia había entendido hacer de la efectividad una condición de la protección diplomática únicamente en los casos de doble nacionalidad, para determinar cuál de ellas expresaba la más fuerte vinculación. Sin embargo, dijo la Comisión, cuando un individuo no posee más que una nacionalidad la doctrina de la efectividad no propone un criterio seguro, y expone las personas a las que la ley de un Estado atribuye su nacionalidad a verse denegadas de ella por cualquier otro Estado.
e.- como un vínculo jurídico que posee en su base un hecho social de cohesión, de adhesión, una unión efectiva de existencia, intereses y sentimientos, en donde los factores tales como la historia, la lengua, la religión, la cultura, juegan un rol preponderante, pero siempre variable, según las circunstancias dentro de ese conjunto de tradiciones y de ideales comúnes.
f.- En primer lugar, el Estado ejerce frente a sus nacionales (o sus ciudadanos en el contexto interno), una competencia llamada personal, reconocida por el derecho internacional. Esta competencia le permite la adopción de ciertas medidas ante sus nacionales donde quiera que se encuentren, esto es, los nacionales, personas físicas o morales, no dejan de estar sometidos al poder normativo del Estado respectivo por el solo hecho de cruzar la frontera.
En segundo lugar, el vínculo de nacionalidad justifica la protección diplomática por el Estado vis-à-vis de terceros Estados: esta protección puede ir hasta el ejercicio de una acción internacional, por la cual el Estado endosa la reclamación de sus nacionales contra el Estado en cuestión: siendo el único, en el estado actual del derecho internacional, con competencia exclusiva para llevar al cabo tal acción.
g.- no puede serles aplicable. En particular, en virtud de que no poseen una historia colectiva ni cultural, y
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