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D.Bancario- 1 er Parcial UBP


Enviado por   •  2 de Julio de 2018  •  Trabajo  •  2.106 Palabras (9 Páginas)  •  201 Visitas

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                                     D. BANCARIO:

1)  La ley  n° 21536 de   Entidades Financieras establece las clases de entidades financieras y las operaciones que estas  pueden realizar, a saber:

  1. Bancos Comerciales:   Son llamados los operadores Universales. La ley establece que pueden  desarrollar  todas las operaciones activas, pasivas,  y de servicios que no les sean prohibidas por la ley o por el B.C.R.A.-

 En las activas el banco otorga el crédito y jurídicamente  es el  acreedor.

 En las pasivas el banco recibe  el crédito  y jurídicamente es el deudor: cuentas corrientes,   cuenta  de ahorro o libreta de ahorro  y  Depósito a plazo fijo.

Las operaciones de servicio o neutras: son aquellas que realiza un banco y que jurídicamente no se encuentran en las anteriores. Por ejemplo cobros de servicios.

  1. Bancos de Inversión:  Los bancos de inversión  captan los ahorros  mediante la emisión de bonos para obtener recursos  y conceder créditos a mediano y largo plazo a  empresas privada y al gobierno,  para que puedan realizar inversiones .

Entre las operaciones que desarrollan podemos encontrar:

  • Obtención de capital:  financiando y asesorando  sobre la emisión y colocación de títulos . Celebrando contratos de underwriting  ( contrato entre  una empresa  privada o ente estatal con un banco o entidad financiera autorizada, para que prefinancie la emisión y colocación de títulos valor, asesorando y  asistiendo técnicamente a las mismas.
  • Inversiones :  en valores mobiliarios,  prefinanciar sus emisiones y colocarlos. Asimismo  las de carácter transitorio  fácilmente liquidables .
  • Como fideicomisario y depositario de fondos comunes de inversión.
  • Administrar Carteras de Valores mobiliarios
  • Captar créditos del exterior.   Obtener créditos en moneda nacional y extranjera
  • Realizar operaciones en moneda extranjera  con autorización del Banco Central de la Republica Argentina .
  • Dar en locación bienes  de Capital
  • Cumplir mandatos y comisiones  conexos  con sus operaciones .
  • Recibir y colocar letras y pagares de terceros
  • Conceder  fianzas, avales y garantías
  • Fusiones o adquisición de empresas

  1. Bancos Hipotecarios:   son instituciones de créditos tendientes a lograr la financiación de la vivienda propia.

Las operaciones activas que realizan son : Otorgar prestamos hipotecarios: este crédito permite  adquirir, construir, ampliar, refaccionar inmuebles rurales y urbanos

Entre las operaciones pasivas encontramos:  Emitir cedulas hipotecarias con garantía, recibir dinero en deposito a plazo,   tomar créditos del exterior, previa autorización del Banco Central de la Republica Argentina, cumplir mandatos y comisiones

  1. Compañías Financieras:   su función mas importante es la compra  y venta de bienes en cuotas o a termino y prestamos personales. El art.  24 ° L.E.F. establece las operaciones permitidas: recibir depósitos a plazo, remitir letras y pagarés , créditos para compra o venta de bienes en cuotas o a termino  y prestamos personales ,  conceder  anticipos sobre créditos de venta, adquirirlos asumiendo sus riesgos, cobro, y brindar asistencia técnica y administrativa;  brindar  fianzas,  garantías  y avales, colocar  letras y pagares de terceros;   invertir  en valores  mobiliarios ( prefinanciando y colocando sus emisiones ), inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables ; gestionar por cuenta ajena la compra y venta  de valores mobiliarios  
  2. Sociedades de Ahorro y Préstamo para la Vivienda u otros Inmuebles:   están entidades se dedican al fomento del ahorro con fines de inversión inmobiliaria a través del otorgamiento de préstamo a sus asociados para la adquisición o mejora de viviendas. Para lo cual reciben depósitos.

Reciben  depósitos a plazo.

Otorgan créditos  para la adquisición, construcción, ampliación, reforma, refacción,  y conservación de viviendas o inmuebles. Sustituir gravámenes hipotecarios .

Conceder  fianzas, garantías y avales.

Realizar  inversiones transitorias  fácilmente liquidables.

Efectuar mandatos y comisiones  ligados a sus operaciones.

  1. Cajas de Crédito:  La ley de E. F.  en su art. 26) enunmera  sus operaciones:

Recibir  depósitos a plazo.

Conceder créditos a corto y mediano plazo  a pequeñas empresas  y productores, profesionales,  artesanos, empleados, obreros, particulares, y entidades de bien público.

Conceder  fianzas, garantías y avales.

Realizar  inversiones transitorias  fácilmente liquidables .

Efectuar  mandatos  y comisiones  ligados  a sus operaciones.

2)

 Los Bancos Comerciales,

 considerados los operadores universales pueden realizar  válidamente  todo tipo de  operaciones que no estén prohibidas por la Ley o el Banco Central.

Operaciones Activas: en estas el Banco presta dinero a familias o empresas.  Mediante el otorgamiento de   Créditos o prestamos  de dinero al público para distintos fines  que el público devolverá  en cuotas mas los interés  y otros gastos.

 Operaciones Pasivas :  En estas el Banco recibe dinero .Una tradicional actividad son los Depósitos de dinero que pueden ser a la vista  o a Plazo.  En los depósitos a la vista, el dinero se deposita en una cuenta bancaria:  Caja de Ahorro o Cuenta  Corriente, que puede ser retirado en cualquier momento . El Banco   paga a los depositantes  un  interés muy bajo.

     Otra operación son los Depositos a Plazo Fijo:  consiste en que el depositante deja  su deposito   inmovilizado por un tiempo determinado con anterioridad .  El Banco paga una tasa de interés mayor .

 De Servicios :  Los  Bancos tambien prestan servicios como:  alquiler de cajas de seguridad, cobro de impuestos y servicios, y cambio de billetes y moneda.

  A su vez los Bancos Mayoristas reciben depósitos de Inversores calificados,  por ej. El Gobierno, personas del exterior, etc.

3)  Los requisitos necesarios para que el Banco Central conceda  el acto administrativo de autorización de funcionamiento a las Entidades Financieras según la Ley n° 21526,  son los siguientes:

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