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DEPA_FORENSE CIVIL


Enviado por   •  15 de Febrero de 2012  •  1.795 Palabras (8 Páginas)  •  390 Visitas

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1. El plazo con que cuenta el secretario de acuerdos para dar cuenta a los escritos que se le presentan para su conocimiento es de 24 horas (V)

2. Tratándose de notificación realizada por boletín judicial, el término del plazo empieza a correr al día siguiente de que se hubiere hecho la notificación (V) Le corresponde a la Oficialía de Partes del juzgado poner el sello en el fondo del cuaderno que integra el expediente (F)

3. La frase “correr traslado” significa que el interesado puede glosar cuentas (F)

4. La nulidad en el proceso es generada por la falta de comparecencia (F)

5. La nulidad por falta de formalidad procesal, puede ser invocada por la parte que con su actuar dio lugar a ella (F)

6. Si la parte que debió ser notificada legalmente no lo fue, y se hace sabedora de la providencia mal notificada, a partir de ese momento se le considera legalmente notificada (V)

7. La persona nombrada como procurador solo puede representar a una de las partes cuando ésta no comparece a juicio (F)

8. La frase “protesto lo necesario” significa que lo narrado en la demanda es de acuerdo a su leal saber y entender (F)

9. La gestión judicial es admisible para promover el interés del actor o del demandado (V)

10. En el juicio de nulidad de matrimonio las audiencias pueden ser privadas (V)

11. El compromiso arbitral produce las excepciones de incompetencia y litispendencia si durante su trámite se promueve el mismo negocio en un tribunal ordinario (V)

12. Es lícito interponer tercería excluyente por aquel que consintió la constitución del gravamen (F)

13. La objeción de documentos puede hacerse hasta antes de dictar sentencia (F)

14. En materia civil, se entienden horas hábiles la que median desde las siete hasta las diecinueve horas (V)

15. El procurador es aquella persona que se encuentra autorizada para representar en todos los actos procesales a su autorizante (V)

16. Órgano jurisdiccional que conoce de asuntos sobre derechos reales respecto de inmuebles: (E)

17. Órgano jurisdiccional que conoce de los litigios derivados de un contrato de compraventa celebrado entre particulares, cuya cuantía es de $59,900.00 (cincuenta y nueve mil novecientos pesos 00/100 M.N.) en el D.F.: ( I )

18. Órgano jurisdiccional que conoce de las acciones de estado civil en el D.F.: (B)

19. Órgano jurisdiccional que conoce de las diferencias que surgen entre los particulares por cuestiones de arrendamiento de bienes inmuebles destinados al comercio en el D.F.: (A)

20. Órgano jurisdiccional que conoce de asuntos derivados de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de inmuebles no matriculados: (C)

21. Órgano jurisdiccional que conoce del recurso de apelación en los asuntos que versan sobre incapacitados: (J)

22. Órgano jurisdiccional ante el que se presenta el amparo interpuesto en contra de una sentencia dictada por la Sala Civil, en relación a un fallo interlocutorio: (D)

23. Órgano jurisdiccional ante el que se presenta el amparo directo en materia civil: (G) A) Juzgado del Arrendamiento Inmobiliario del D.F.

B) Juzgado Familiar del D.F.

C) Juzgado de inmatriculación

D) Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del D.F.

E) Juzgado Civil de Primera Instancia

F) Tribunal Colegiado de Circuito

G) Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Civil

H) Juzgado de Distrito en Materia Civil

I) Juzgado de Paz Civil

J) Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del D.F.

(J)

(D)

(E)

(C)

(K)

(B)

(G)

(A)

(I )

(H)

LOPEZ RUA ANTONIO

V.S.

LAURA CASTRO COS.

JUICIO: DIVORCIO NECESARIO

24. C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO,

EN MEXICO DISTRITO FEDERAL

25. LOPEZ RUA ANTONIO, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que a mi favor se expidan el despacho marcado con el número 13 de la Calle del Sol, la Colonia la Luna, de la Delegación Benito Juárez, en esta Ciudad, autorizando para oírlas y recibirlos en mi nombre y representación a los Licenciados en Derecho JOSE MARTINEZ FUENTES y JUAN DÍAS PONCE, conjunta o indistintamente. Ante Usted, con todo respecto comparezco para exponer:

Que por medio del presente, con fundamento en el artículo 24 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en el ejercicio de la acción de Divorcio Necesario y en la vía ordinaria civil, vengo a demandar de la señora LAURA CASTRO COS, quien tiene su domicilio para ser emplazada en Avenida Los Laureles número doce, Colonia Higuera, Delegación Benito Juárez en México Distrito Federal, las siguientes:

26. Nombre que recibe este capítulo

a) La disolución del vínculo matrimonial que nos une

b) La liquidación de la sociedad conyugal que constituimos con motivo del matrimonio

c) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

27. Nombre que recibe este capítulo

1. Fecha quince de marzo de mil novecientos noventa y ocho, ante el Primer Oficial del Registro Civil, de la Delegación Benito Juárez, de ésta Ciudad de México Distrito Federal, y bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, el suscrito y la hoy demandada contrajimos matrimonio, como se acredita con el acta de matrimonio que en copia certificada se exhibe como anexo #1.

2. Establecimos nuestro domicilio conyugal en la casa ubicada en Ámsterdam #25 (veinticinco), de la Delegación Benito Juárez, C.P. 25320, en esta Ciudad de México Distrito Federal, lo que se acredita con el contenido y firma del contrato de arrendamiento que en original exhibo acompañando al presente ocurso como anexo #2.

3. El

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