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DERECHO CIVIL


Enviado por   •  19 de Mayo de 2015  •  26.409 Palabras (106 Páginas)  •  104 Visitas

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LAS INSTITUCIONES DE DERECHO CIVIL DURANTE LA ÈPOCA PREHISPANICA

El concepto de lo que es el “Derecho Civil”, funciona en ocasiones, a modo de sinónimo alternativo del significado de “Derecho”, como un todo, sea “Objetivo o Subjetivo”. A lo largo del transcurrir en el tiempo, diversidad de autores van mas allá, cuando han catalogado y dado a entender al “Derecho Civil” como un igual o variante del “Derecho Privado”, basándose en “la relación existente entre las personas que acuden a estos, en busca de una solución a las problemáticas”. Finalmente y del mismo modo existen, otros sentidos o acepciones dados al significado del Derecho, como los siguientes:

a) Derecho Subjetivo: es la facultad que posee cada individuo dentro de la sociedad.

b) Derecho Objetivo: está conformada por el conjunto de normativas de la conducta que rigen a cada ser. Subdividido en: Derecho Objetivo Natural, que son las pautas que rigen la naturaleza de las cosas y el Derecho Objetivo Positivo, basado en los patrones regulativos emanados de la autoridad.

Evolución Histórica de la expresión “Derecho Civil”

La Evolución Histórica, que ha presentado el Derecho Civil, ha sido desglosada en cuatro períodos, la Etapa Primitiva del Derecho Civil, Etapa Romana, Etapa Medieval y por último la Etapa de Codificación Moderna.

a) Etapa Primitiva del Derecho Civil: al contrario de lo que muchos entendidos en el área plantean y defienden acerca del origen del Derecho Civil, este, no tiene necesariamente su nacimiento durante la era Romana, sino que posee una datación más antigua; y es que el inicio lo podríamos remontar fácilmente justo cuando el Hombre comenzó ese proceso de asociación con otros de su misma especie. A medida que fueron organizándose las primeras tribus, emergió la necesidad de formular una serie de regulaciones, escritas o no, que fomentaron el equilibrio y unidad de estos clanes.

b) Etapa Romana: esta parte de la historia, tiene como punto de partida, la fundación del “Estado Romano”, culminando con la “Compilación Legal de Justiniano”. El Derecho Civil, en esta fase tuvo varias acepciones, en las que destaca, el “Derecho Romano” que se constituyó y evolucionó en este periodo; pero lo fundamental y más conforme con su significado etimológico era que el “Jus Civile”, era el mismo“Jus Pecularis Populus” o “Derecho Peculiar del Pueblo”, en especial de los “Ciudadanos Romanos”, todo ello en contraposición acordada con el “Jus Gentium” o “Derecho Común de los demás Pueblos”, quienes también conformaban aquel estado.

c) Etapa Medieval: comienza en el siglo V con la caída del Imperio Romano en manos de Rómulo Augusto o Augústulo, finalizando así en el siglo XIV. En este periodo, se producen las Guerras Civiles Romanas y las invasiones de los pueblos Germanos del norte de Europa. En estas constantes penetraciones, se respetaron en teoría el Derecho Romano imperante; mientras que simultáneamente, estos pueblos, imponían sus Normativas, propiciando en esta forma la fusión entre ambas variantes. Pero aunque en principio el Derecho Civil, era en todo, el Derecho Romano, su significado fue poco a poco restringido al concepto de Derecho Privado, debido a que las otras ramas del antiguo Derecho, dejaron de tener aplicación, debido a los profundos cambios sociales que operaron en esa época.

d) Etapa de Codificación Moderna: prácticamente tiene su inicio con la promulgación del “Código Legislativo Prusiano de 1747”y el “Código Napoleónico de 1804”. En esta fase, los pueblos se ven ante la necesidad, de agrupar y ordenar sistemáticamente, todas las “Normas Jurídicas”. De allí surge la “Moderna Codificación”, que implica coordenadas entre sí y con total vocación de generalidad y plenitud, redactadas de manera escueta y concisa, pero sobre todo escritas en una misma y para una misma obra.

Ramificaciones del Derecho Privado

De lo que antiguamente en Roma y en otros tiempos era llamado Derecho Privado, se desprendieron una serie de variantes afines, tal y como sucedió en el caso del “Derecho Procesal Civil”, Industrial, empleado en las regulaciones sobre bienes inmateriales de la industria, Mercantil, correspondiente a actos de comercio; y muchos otros mas. Hay que destacar, que estos procesos de subdivisión, responden a un proceso de “Evolución Descentralizada Sistemática” que se caracterizan por el hecho de que sus normas, solo son aplicadas en determinadas clases o categorías de personas, cosas o relaciones que en razón de sus peculiaridades requieren ser regidas por otras normas Especiales o Excepcionales.

Noción de Derecho Civil

El “Derecho Civil”, en una idea mas amplia, es el mismo “Derecho Privado”, aplicado a todas las personas, cosas y relaciones, en ausencia de una “Rama Especializada” que demuestre lo contrario. Esta definición, la hacen muchos autores, induciendo a un serio error interpretativo, que concibe al Derecho Civil como una rama de menor aplicación practica, dentro del Derecho Privado. Asimismo por su Importancia, Institucionalidad, Tradición Milenaria y Coherencia, el Derecho Civil tiene un valor “Para constitucional” siendo considerado como un “Elemento Complementario” de algunas Leyes y Derechos, cuyas lagunas cubre.

Tentativas para Definir al Derecho Civil

Son prácticamente innumerables los autores y los ensayos encaminados a dar un concepto pleno de lo que es el “Derecho Civil”, unos, son objetivos, mientras que otros contradicen tercamente esta tendencia. De entre las personas mas renombradas destaca Diego Castán, quien lo define de una manera sintética al decir que el “Derecho Civil, es una realidad Vivencial, Científica y Unitaria”. No pocos son los Juristas que lo consideran como un sinónimo del “Derecho Privado”. Mientras que algunos van mas allá, y lo puntualizan a través de “Formulas Descriptivas” enmarcándolo en las materias que regula.

Contenido del Derecho Civil

El Derecho Civil, pone en la arena a dos Contenidos del Tipo Sustentador, las Instituciones Civiles Fundamentales y las Ramas del Derecho Civil.

Instituciones Civiles Fundamentales:

Tradicionalmente, el Derecho Civil gira en torno a tres grandes Instituciones, La Persona, La Familia y El Patrimonio. De allí parte la concepción de que el Derecho Civil comprende la Regulación de dos fines humanos esenciales: A) “Procurarse del Mundo Exterior los Medios Indispensables para la Conservación y Bienestar Individual” y B) “Promover la Conservación y Bienestar de la Especie”. En definitiva, las Instituciones abarcadas

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