DERECHO CONCURSAL
Enviado por ManuelLopez135 • 9 de Febrero de 2015 • 4.844 Palabras (20 Páginas) • 245 Visitas
MATERIA: DERECHO CONCURSAL
ALUMNO: MANUEL LOPEZ PALOMINO
VISITA DE VERIFICACION IV
EJERCICIO 1 (1).-CUADRO CRONOLOGICO RESPECTO A LA VISITA DE
VERIFICACION E ACUERDO A LA LCM (LEY DE CONCURSOS
MERCANTILES).
Paso 1).-FECHA DE INICIO.-Admisión de la demanda.
DIA SIGUIENTE.-Remisión copia de demanda por el juez al Instituto.
Paso 2).-FECHA DE RECEPCION DE DEMANDA EN EL INSTITUTO.
DENTRO DE LOS CINCO DIAS SIGUIENTES.-Designación de visitador.
-Girar oficios autoridades
fiscales competentes.
Paso 3).-FECHA DE DESIGNACION DE VISITADOR POR EL INSTITUTO.
DIA SIGUIENTE.-Información de designación a juez y a visitador.
DENTRO DE LOS CINCO DIAS POSTERIORES AL DE LA
DESIGNACION.-Visitador comunica al juez
nombres de auxiliares para la visita.
Paso 4).-FECHA DE CONOCIMIENTO DE DESIGNACION DE AUX., POR EL JUEZ.
DIA SIGUIENTE.-Acuerdo del juez para dar a conocer designaciones
a interesados.
-Orden de visita al comerciante, emitida por el juez.
-DENTRO DE LOS CINCOS DIAS SIGUIENTES A LA ORDEN.
-Se presenta el visitador en el domicilio del comerciante.
Paso 5).-FECHA DE PRESENTACION DE VISITADOR EN EL LUGAR DEL
COMERCIANTE.
-Acreditamiento del visitador con orden respectiva, y de sus
auxiliares, e inicio y desarrollo de la visita.
Paso 6).-FECHA DE TERMINACION DE VISITA.
-acta circunstanciada de hechos y omisiones relativos al
objeto de la visita.
SENTENCIA DE CONCURSO MERCANTIL V
EJERCICIO 1 (2).-CONTENIDO DE LA SENTENCIA DE DECLARACION DE
CONCURSO MERCANTIL.
Sin necesidad de citación, el juez dicta¬rá la sentencia que corresponda dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo para la formulación de alegatos; considerando lo manifestado, probado y alegado por las partes además del dictamen del. visitador. el juez deberá razonar las pruebas aportadas por las partes, inclu¬yendo el dictamen del visitador.
LA SENTENCIA DE DECLARACIÓN DE CONCUR¬SO MERCANTIL, CONTENDRÁ:
1.-Nombre, denominación o razón social y Domicilio del Comerciante, y también en su caso, el
nombre completo y domici¬lios de los socios ilimitadamente responsables.
2.-La fecha en que se dicte.
3.-La fundamentación de la sentencia en términos de lo establecido en el artículo 10 de la
LCM (Ley de Concursos Mercantiles).
4.-Una lista de los acreedores que el visitador hubiese identificado en la contabilidad del
Comerciante, señalando el monto de los adeudos con cada uno de ellos.
5.-La orden al Instituto para que designe al conciliador a través del mecanismo aleatorio
previamente establecido.
6.-La determinación de que, el Comerciante, sus administradores, gerentes y dependientes,
ten¬drán las obligaciones que la LCM atribuye a los depositarios.
7.-La declaración de apertura de la etapa de conciliación, salvo que el Comerciante haya
solicitado su quiebra;
8.-La orden al Comerciante de poner de inmediato a disposición del conciliador los libros,
registros y demás do¬cumentos de su empresa, así como los recursos necesarios para sufragar
las publicaciones previstas en la LCM.
9.-El mandamiento al Comerciante para que permita al conciliador y a los interventores, la
realización de las acti¬vidades propias de sus cargos.
10.-La orden al Comerciante de suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a
la fecha en que comience a surtir sus efectos la sentencia de concurso mercantil;
excepto los que sean indispensables para la opera¬ción ordinaria de la empresa.
11.-La orden de suspender durante la etapa de concilia¬ción, todo mandamiento de embargo o
ejecución, contra los bienes y derechos del Comerciante, con las excepciones previstas
en el artículo 65 de la LCM.
12.-La fecha de retroacción.
13.-La orden al conciliador de que se publique un ex¬tracto de la sentencia en los términos del
artículo 45 de la LCM.
14.-La orden al conciliador de inscribir la sentencia en el registro público de comercio que
corresponda al Domici¬lio del Comerciante y en todos aquellos lugares en donde tenga una
agencia, sucursal o bienes sujetos a inscripción en algún registro público.
15.-La orden al conciliador de iniciar el procedimiento de reconocimiento de créditos.
16.-El aviso a los acreedores para que aquéllos que así lo deseen, soliciten el reconocimiento de
sus créditos.
17.-La orden de que se expida, a costa de quien lo so¬licite, copia certificada de la sentencia.
APELACION DE LA SENTENCIA DEL CONCURSO MERCANTIL VI
EJERCICIO 1 (3).-PROCEDIMIENTO DEL ESCRITO DE INTERPOSICION DE LA
APELACION DE LA SENTENCIA, DE CONCURSO MERCANTIL.
1.-Contra la
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