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DERECHO CONSTITUCIONAL. APUNTES


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2017  •  Apuntes  •  2.124 Palabras (9 Páginas)  •  234 Visitas

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DERECHO CONSTITUCIONAL.

  1. CITA.
  1. Contenido de la parte dogmatica de la Constitución.
  1. Declaraciones fundamentales.
  2. Derechos.
  3. Deberes.
  4. Garantías.
  1. Son atribuciones de las municipalidades en su jurisdicción territorial. Art. 168.
  1. La libre gestión en materias de su competencia.
  2. La administración y disposición de sus bienes.
  3. La elaboración del presupuesto de ingresos y egresos.
  4. La participación en las rentas nacionales.
  1. Forma del Estado Paraguayo. Art. 1.
  1. Estado social de derecho.
  2. Unitario.
  3. Indivisible.
  4. Descentralizado.
  1. Delitos contra la vida declarados imprescriptibles por la Constitución. Art. 5.
  1. El genocidio y la tortura.
  2. Desaparición  forzosa de personas.
  3. El secuestro.
  4. Homicidio por razones políticas.
  1. Son de nacionalidad paraguaya natural. Art.146.
  1. Las personas nacidas en el territorio de la República.
  2. Los hijos de madre o padre paraguayo quienes, hallándose uno o ambos al servicio de la Republica, nazcan en el extranjero.
  3. Los hijos de madre o padre paraguayo nacidos en el extranjero, cuando aquellos se radiquen en la República en forma permanente, y
  4. Los infantes de padres ignorados, recogidos en el territorio de la República.
  1. COMPLETA.
  1. Las penas privativas de libertad tendrán por objeto la readaptación de los condenados y la protección de la sociedad. (Art. 20)
  2. Ninguna ley tendrá efecto retroactivo, salvo que sea más favorable al encausado o al condenado. (Art. 14)
  3. Se garantiza la propiedad privada, la que es inviolable y nadie puede ser privado de la misma sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por la ley. (Art. 109)
  4. Nadie será detenido ni arrestado sin oren escrita de autoridad competente, a excepción de ser sorprendido en flagrante comisión de delito que mereciese pena corporal. (Art. 12)
  5. Proponer las ternas de candidatos para integrar el Poder Judicial es designación del Consejo de la Magistratura. (Art. 251)
  1. RESPONDE.
  1. ¿Qué es el Amparo?

Toda persona que por un acto u omisión manifiestamente ilegítimo, de una autoridad o de un particular, se considere lesionada en su derecho gravemente, o en peligro inminente de serlo en derechos y garantías consagradas en esta Constitución o en la ley y que debido a la urgencia del caso no pudiera remediarse por la vía ordinaria, podrá promover amparo ante el magistrado competente. El procedimiento será breve, sumario, gratuito y de acción popular para los casos previstos en la ley.-

  1. ¿Cuáles son los motivos por los que procede el juicio político?

El Presidente y Vicepresidente de la República, los ministros del Poder Ejecutivo, ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República, el Subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral, sólo podrán ser sometidos a juicio político por el mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes.-

  1. ¿Qué atribuciones tienen las universidades en el marco de su autonomía?

Establecerán sus estatutos y formas de gobierno y elaborarán sus planes de estudio de acuerdo con la política educativa y los planes de desarrollo nacional.-

  1. ¿Para las votaciones de las Cámaras del Congreso, cómo se entenderán las mayorías?
  1. Simple mayoría: la mitad mas uno de los miembros presentes
  2. Mayoría de dos tercios: las dos terceras partes de los miembros presentes
  3. Mayoría absoluta: el quorum legal
  4. Mayoría absoluta de dos tercios: las dos terceras partes del numero total de miembros de cada camara.
  1. ¿Qué es el bien de familia?

Instituciones de interés social cuyo régimen será determinado por la ley. El mismo estará constituido por la vivienda o el fundo familiar y por sus muebles y elementos de trabajo, los cuales serán inembargables.-

  1. DESARROLLA.
  1. Los cinco pasos del proceso de formación de las leyes.
  1. Iniciativa: Es el primer paso para la formación de las leyes. Es el proyecto de ley que se propone al poder legislativo para ser discutido y luego sancionado. Art. 203.
  2. Discusión: Es el acto por el cual las Cámaras legislativas estudian, analizan y deliberan acerca de las iniciativas presentadas sobre el proyecto de ley a fines de determinar si deben o no ser sancionadas.
  3. Sanción: Significa dictar una ley. Esto ocurre cuando el Congreso se ha expedido favorablemente a la iniciativa y discusión, es decir el acto final del proceso legislativo del proyecto de ley.
  4. Promulgación: Es el acto mediante el cual el Poder Ejecutivo pone en vigencia una ley.
  5. Publicación: En ella se hace conocer la ley a todos los habitantes de la Republica quienes a partir de ese momento, no podrán alegar la ignorancia de las leyes.
  1. El Habeas Corpus y sus clases. Art. 133.
  1. Preventivo: en virtud del cual toda persona, en trance inminente de ser privada ilegalmente de su libertad física podrá recabar el examen de la legitimidad de las circunstancias que, a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como una orden de cesación de dichas restricciones.
  2. Reparador: en virtud del cual toda persona que se hallase ilegalmente privada de su libertad puede recabar la rectificación de las circunstancias del caso.
  3. Genérico: en virtud del cual se podrán demandar rectificación de circunstancias que, no estando contempladas en los dos casos anteriores, restrinjan la libertad o amenacen la seguridad personal.
  1. Formas de modificación de la Constitución.
  1. Reforma: ella también necesita la aprobación del Parlamento por ambas Cámaras pero con una mayoría de dos tercios y una vez aprobada la medida de la reforma, el Tribunal de Justicia Electoral convoca a elecciones donde los Partidos deben elegir a sus Convencionales o Constituyentes y estos tienen las mismas prerrogativas de un Parlamentario, teniendo, estos la potestad de modificar los artículos de la Constitución. Art. 289.
  2. Enmienda: Es la modificación total o parcial de un articulo mediante un referéndum o voto donde se consulta al pueblo si está a favor o en contra de la modificación. La realización de este referéndum debe ser aprobado por mayoría absoluta de ambas cámaras, con esto la voluntad del pueblo es el que decide por la modificación. Art. 290.

  1. RESPONDE.
  1. ¿Qué es derecho constitucional?

Es el conjunto de principios y normas que tiene por objeto delimitar la situación jurídica de las personas que viven en una determinada sociedad por medio del establecimiento de derechos y garantías y la determinación de la estructura del Estado.-

  1. ¿Qué es la enmienda constitucional?

La enmienda constitucional es el mecanismo útil para alterar las funciones y repercusiones que tienen los artículos de una ley en el orden impuesto por la legislación.-

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