DERECHO TURÍSTICO “PROYECTO CUATRIMESTRAL”
lisetteCaro Documentos de Investigación 14 de Junio de 2018
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DERECHO TURÍSTICO
Valladolid, Yucatán a 25 de abril 2018
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CENTRO UNIVERSITARIO DE VALLADOLID
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TURÍSTICAS
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OCTAVO CUATRIMESTRE
DERECHO TURÍSTICO
ALUMNA:
BR. LISETTE CAROLINA TUZ CAAMAL
DOCENTE:
LIC. SONIA MARÍA DÍAZ XIU
“PROYECTO CUATRIMESTRAL”
VALLADOLID YUCATÁN A 25 DE ABRIL 2018
INDICE
INTRODUCCIÓN 1
DERECHO TURÍSTICO 2
Concepto y Etimología 2
Esferas de validez de un orden jurídico 3
El derecho turístico en su forma total 5
La planificación y su proceso 5
La actividad del estado funciones y atribuciones 7
El procedimiento administrativo, concepto, características 9
Características de la legislación educativa y de capacitación turística 10
CONDICIÓN JURÍDICA DE LOS EXTRANJEROS EN EL CONTEXTO JURIDICO 11
Concepto de Extranjero 11
Concepto de Turista 12
Situación Jurídica de los Extranjeros 12
Derechos y Obligaciones 12
Restricciones 12
Sanciones Aplicables 13
REGULACIÓN MIGRATORIA 14
Formalidades migratorias 14
Migración, Inmigración 14
Concepto de Migración 14
Concepto de Inmigración 14
Derecho positivo mexicano 15
Requisitos de Ingreso 19
Impedimentos de Ingreso 20
Emigración 20
Impedimentos para Emigrar del País 21
Pasaportes 21
Pasaportes para Menores de Edad e Incapacitados 22
Documentos de Identidad de Viaje 23
Visados 23
REGULACION TURISTICA Y DE CONSUMO 25
Ley Federal de Turismo 25
Estructura de la Ley 25
Protección al Turista 28
Derechos del consumidor 29
CONTRATOS TURISTICOS 31
Contrato de reservación-promesa 33
Contrato de agencia de viaje 34
Contrato de transporte exclusivo de turismo y el estado 36
Los prestadores de servicios turísticos 37
NORMALIZACION TURISTICA Y COMERCIAL 40
Validez espacial de la norma turística 41
Validez temporal de la norma turística 42
El ámbito de validez material de la norma turística 42
SECRETARIA DE TURISMO 43
Atribuciones de la dependencia 44
Estructura orgánica 46
Funciones de la secretaria 47
CONCLUSIÓN 52
BIBLOGRAFIA 53
INTRODUCCIÓN
A lo largo de este cuatrimestre hemos estudiado y analizado temas importantes del derecho turístico; los cuales nos han ayudado a aprender sobre la parte legal que incide en los actos jurídicos entre el prestador de servicios y el turista.
El derecho turístico se ha desarrollado con el paso de los años, y se han implementado a través de ella diversos organismos que regulan la conducta turística en los diferentes ámbitos o situaciones que se presentan. Algunos de ellos son la FONATUR, INAFED, CONADE, la SECTUR, entre otros.
Uno de los temas a tratar en esta investigación es sobre la Secretaria de turismo y es aquella que se encarga de las funciones relacionadas con el desarrollo de la industria turística, que trabaja en conjunto con la Secretaria de Economía, con la PROFECO, con la SHCP, entre otras instancias; y entre ellas implementan programas o acciones para dar a conocer lugares o actividades que promuevan el descubrimiento de nuevos destinos o conozcan sobre cultura y tradiciones del país, permitiendo de esta manera aumentar la economía nacional y beneficiando a la población mexicana.
De igual manera se estará hablando sobre la Ley Federal de Turismo, esta ley es indispensable ya que en ella se establecen las normas que tienen que cumplirse para un mejor desarrollo en la actividad turística, en dado caso que exista una infracción sobre alguna norma, la misma ley estipula las sanciones al que uno estará sujeto.
DERECHO TURÍSTICO
Concepto y Etimología
- Término que se refiere a los viajes de placer. Conjunto de actividades humanas que tienen el objeto de llevar a cabo esta clase de viajes.
- Industria que participa en la satisfacción de las necesidades del turista. (Diccionario Jurídico Internacional).
- Turismo proviene del vocablo inglés tour: viaje, que a su vez deriva de la palabra francesa tour: viaje o excursión circular; la cual, por su parte, procede del latín tornare.
Conjunto de relaciones y de hechos producidos por el desplazamiento y permanencia de personas fuera del lugar de su domicilio en tanto que dicho desplazamiento y permanencia no están motivadas por una actividad lucrativa.
Concepto.- Conjunto o cuerpo de normas jurídicas que con motivo del turismo, regula los actos y relaciones que se dan entre el turista, los prestadores de servicios turísticos y el Estado.
Naturaleza del Derecho Turístico Mexicano.- Si las normas que regulan los actos y relaciones de turistas y prestadores de servicios turísticos se dedujeran de fenómenos del turismo, de los hechos, no podríamos hablar de derecho turístico, porque la forma de los efectivos debe ser también efectiva y no puede concebirse como cuerpo de normas.
De una forma más explícita: el derecho en general y cualquiera de sus ramas, es un deber ser y todo deber ser es para una determinada materia –el turismo- y, por consiguiente, está también por esta materia, todo valer es un valer referido a un terminado sustrato. La reunión del ser (materia) y deber ser (forma) se aparecen de manera conjunta en la naturaleza de cualquier derecho. En el Derecho turístico, se actualizan estos elementos de validez, es decir el deber ser, la forma es el conjunto de normas jurídicas, y la materia es el fenómeno del turismo. Aquí, se da aquella relación entre el escultor y la materia ha esculpir, el escultor concibiendo una idea también crea, delinea, la forma que le va a dar a la materia; en el caso del derecho turístico el legislador, por medio de normas, le va a imprimir cierta forma a la materia, al turismo que se conformará a los principios de derecho para hacer aquellas relaciones entre los sujetos del turismo más justas.
Esferas de validez de un orden jurídico
El derecho puede ser concebido como un orden normativo, o sea, como un sistema de normas válidas, las normas jurídicas regulan la conducta humana y ésta necesariamente se realiza tanto en el tiempo como en el espacio. En otras palabras las normas jurídicas tienen validez, por un determinado tiempo y para un determinado espacio (territorio); por estas razones podemos hablar de una esfera territorial de validez. Para determinar cómo deben comportarse los hombres, el derecho, tiene que determinar cuándo y dónde ellos deben comportarse de una determinada manera.
El ámbito de validez de las del derecho en general, y del turístico en particular, debe ser considerado desde cuatro puntos de vista: el espacial, temporal, material y el personal.
Desde este punto de vista, las normas pueden ser de vigencia determinada e indeterminada: Las primeras son aquellas cuyo ámbito temporal de validez formal se encuentra establecido de antemano; las segundas, como aquellas cuyo lapso de vigencia no se ha fijado desde su comienzo y solo perderá su vigencia cuando sea abrogada expresa o tácitamente Ley federal de Turismo artículo 1º transitorio).
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