DERECHOS REALES I FASE
Enviado por ivandavidlp • 10 de Enero de 2016 • Resumen • 1.480 Palabras (6 Páginas) • 359 Visitas
DERECHOS REALES
DIFERENCIACION SEGÚN LA DOCTRINA
- Elementos constitutivos: D. Real: Persona y cosa / D. Obligacional: A y D
- Por Efectos: D. Real: Persecutorio / D. Obligacional: No persecutorio
- Por Estabilidad: D. Real: Nace para perdurar / D Obligacional: Nace para extinguirse
CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS REALES
- Inmediatividad: Señorio de las personas a la cosa
- Exclusividad: 3ros respetan
- Absolutos:
- Erga Omnes: Respeto de 3ros sin ningún contrato.
CLASIFICACION
- Pacto Prohibitivo: Pretende limitar, no se puede, xq D. Reales son absolutos y si se pone es NULO
- Pacto Restrictivo o Limitativo: De tipos CONVENCIONALES Y LEGALES
- P. R. Legal: Caso del extranjero (50km-frontera-casa), monumentos no cambio de nombre
- P. R. Familiar: Se constituye por E.P. (Rogación pedir al registrador que inscriba)
- Pacto de Reserva de Dominio: Pago en cuotas hasta que termine de pagar no es mi casa.
- Pacto de Retroventa
RESTRICCIONES CONVENCIONALES: Inscritos en RRPP
CLASIFICACION DE LOS BIENES
- Bs. Corporeos (Tangibles) e Incorporeos (Intangibles)
- Bs. Fungibles (Pueden ser reemplazados) e Infungibles (no pueden ser reemplazados. Ejm Carro - Joya)
- Bs. Consumibles y no Consumibles
- Bs. Muebles e Inmuebles
CARACTERISTICAS DE LOS BS. INCORPOREOS
- Derechos Morales: Reconocimiento como autor o creador de una obra, SON PERPETUOS(Tiempo) E INDISPONIBLES(no se puede vender, ni traspasar)
- Derechos Patrimoniales: Permiten cobrar a terceros por su uso. Duran 70 años cuando esta muerto el creador, luego los herederos pueden lucrar.
BIENES INMUEBLES
- Por su Naturaleza: Suelo, sub suelo, sobre suelo
Clasificación de Suelos: Rusticos(Finalidad agropecuaria) – Urbanos (Destinado a vivienda o industria) – Eriazos (Deficiencia o exceso de agua – no sirven mucho)
- Por Ficción Legal: Bienes muebles considerados como inmuebles por:
Trascendencia económica – Imposibilidad de ocultar – Plenamente individualizado.
- Por Analogía: Servicios públicos o concesiones mineras.
BIENES MUEBLES
- Por su Naturaleza: Vehículos terrestres – Materiales de construcción – La energía (Fuerzas Nat.)
- Por Ficción Legal: Incorporeos
- Por analogía: Rentas o Pensiones
CLASIFICACIONES DE LOS DERECHOS REALES
- Derechos Reales Plenos: Facultades inherentes al Derecho Real.
- Derechos Reales Limitados: D. Parciales.
- Hay dos clases:
- D a goce: Contrato
- D de Garantía: Si no paga se ejecuta las garantías
BIENES INTEGRANTES
No se puede separar sin destruir
CARACTERISTICAS SEGÚN LA DOCTRINA
- Unión Física: Unión de varias cosas para formar una
- Conformación de un Nuevo Bien
- Protege la Unidad: Carro sin llantas
BIENES ACCESORIOS
- Mantiene su individualidad
- Diferencia Principal: No tienen afectación Juridica, siempre mantienen su individualidad
CARACTERISTICAS DE LOS BS ACCESORIOS
- Bien Principal:
- Bien Accesorio: Existe una subordinación al principal
- Clases: Jurídica (De Hipoteca a Deuda) / De Destino / Material (Finalidad económica – Afectación Permanente – Ser objeto de Derecho singular)
FRUTOS Y PRODUCTOS
FRUTOS
TEORIAS SOBRE CLASIFICACION DE FRUTOS
- Teoría Orgánica: Frutos producciones biológicas y orgánicas. Ejemplo: Ordeñar vaca
- Teoría de Separación Adquiere independencia. Naranjo del Arbol
- Teoría Económica Jurídica: Rentas
- Teoría Ecléctica: 3 características (Publicidad – Bn debe conservar su sustancia – Producir fruto)
CLASIFICACION DE FRUTOS
- Frutos Naturales: Con una mínima intervención del hombre (RECOGEN)
- Frutos Industriales: Intervención del hombre (OBTIENEN)
- Frutos Civiles: Nace de una Relación Jurídica (RECAUDAN)
PRODUCTOS:
Provechos no renovables, en algunos casos donde los productos reemplazan a los frutos, depende de la tecnología.
POSESION
- Debe haber Corpus y Animus de poseer
- Aquí no entra prescripción adquisitiva cuando se celebro contrato
CLASES DE POSESIÓN: Forma Legal y Defensa Posesoria (tengo 15 d.)
SERVIDOR DE LA POSESION
- Sirve la posesión, a través de un contrato, puede ser (Nat. Civil prestación de servicios o LABORAL contrato laboral)
ADICION AL PLAZO: Suma de los plazos entre poseedor anterior y actual
Requisitos de adición al plazo:
- Siempre poseedor actual y uno o varios anteriores
- La adición la debe hacer el Poseedor actual.
- Debe haber título válido
- Se puede probar la posesión:
- Constancia de Posesión con fecha cierta
- Pagos de recibos, autovaluo y la dirección
COPOSESIÓN
Son conductas posesorias concurrentes
REQUISITOS
- No se requiere de permanencia física total
SUPUESTOS PARA QUE NO HAYA POSESIÓN
- Mediata (Quien entrega el bien) e Inmediata (Quien lo recibe) TODO ELLO EN BASE A UN CONTRATO
ADQUISICIÓN DE LA POSESIÓN
- Perspectiva Originaria: Hecho propio, en BS MUEBLES hay aprehensión cuando los bs no son de nadie. EN BIENES INMUEBLES NO HAY APREHENSION
TRADICION
Acto Bilateral, debe tener un poseedor anterior y otro actual
ELEMENTOS
- Consenso Bilateral
- Ejecución Material
FORMAS DE TRADICION
- Mano a Mano: Entrega física del bien
- Brevi Manus: Cambio de título posesorio
- Constitutio Posesorio:
- Documental: Mercadería por WARRANT
SUJETOS DE TRADICION
- Persona Natural (Capacidad de goce – que haya nacido vivo el bebé) (Cap. De Ejercicio – 18 años)
- Persona Jurídica (Ficciones Legales y Debe estar inscrito)
FORMALIDADES POR LEY
- Ad probatione ( Formalidad ) y Ad Solemnitaten (No se cumple la formalidad deviene en nula)
CONSERVACION DE LA POSESIÓN
Hay 2 Clases
Contacto directo con el Bien y Cuando no estamos en contacto con el bien. SU CARACTERISTICA es que SIEMPRE TIENE QUE HABER LA POSIBILIDAD DE REGRESAR
Puede haber Impedimento: Caso Fortuito o Fuerza Mayor
...