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De conciliacion y arbitraje


Enviado por   •  4 de Octubre de 2012  •  Examen  •  1.297 Palabras (6 Páginas)  •  480 Visitas

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JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL

DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO

P R E S E N T E

C.LIC. PEDRO SAMMYR ORTEGA VIDALES, mexicano mayor de edad y en mi calidad de apoderado jurídico en los términos del artículo 692 de la ley federal del trabajo de C. ALDO JOSUÉ MARTÍNEZ HERNÁNDEZ que acredito con la carta poder que como anexo uno adjunto a esta demanda y señalando para oír y recibir toda clase de notificaciones aun las de carácter personal, calle hidalgo altos numero 107 colonia centro. Ante Usted como mejor proceda en derecho comparezco y expongo;

Mediante este escrito en tiempo hábil y formal legal con, vengo a demandar a la siguiente fuente de trabajo denominada “SÚPER PERICO” perteneciente al grupo JAMA S.A DE C.V. Y/O QUIE RESULTE PROPIETARIO Y REPRESENTANTE DE DICHA FUENTE DE TRABAJO mismo que puede ser el C. ROBERTO RODRÍGUEZ ZALÁS mismo que puede ser emplazado a juicio en el domicilio ubicado CARRETERA MEXICO LAREDO KM. 360 DEL BARRIO DE SAN RAFAEL DE TAMAZUNCHALE S.L.P.

La demanda deberá ser notificada y emplazada en su domicilio oficial ubicado en CARRETERA MEXICO LAREDO KM. 360 DEL BARRIO DE SAN RAFAEL DE TAMAZUNCHALE S.L.P. por lo que pido que se gire exhorto correspondiente al juez mixto de primera instancia con residencia en dicha municipalidad que notifique y emplace a juicio a la siguiente fuente de trabajo denominada “SÚPER PERICO” perteneciente al grupo JAMA S.A DE C.V. Y/O QUIE RESULTE PROPIETARIO Y REPRESENTANTE DE DICHA FUENTE DE TRABAJO mismo que puede ser el C. ROBERTO RODRÍGUEZ ZALÁS mismo que puede ser emplazado a juicio en el domicilio ubicado CARRETERA MEXICO LAREDO KM. 360 DEL BARRIO DE SAN RAFAEL DE TAMAZUNCHALE S.L.P.

A la quí enjuiciada se le exige el cumplimiento de las siguientes:

PRESTACIONES:

a) La reinstalación de mi apoderante en el mismo puesto que venía desempeñando hasta antes de ser despedido de manera injustificada el pasado 17 de diciembre del año 2010, lo que deberá ordenarse desde luego en los términos y con las mismas condiciones económicas en la que la demanda otorgue al momento de su reinstalación, a la persona que ocupe el puesto del actor esto es; además de las que tenía los beneficios que se generen como son incrementos salariales, emolumento entre otros;

b) El pago de salarios caídos contados desde la fecha del despido injustificado del que fue objeto mi representada así como los generen hasta que a demanda de cumplimiento al laudo dictado por este tribunal del trabajo;

c) El pago de la cantidad que resulte por concepto del tiempo extraordinario que el actor laboro durante toda la relación laboral y hasta el periodo de tiempo que lo permita la prescripción negativa en el momento que se obtenga la narración de los hechos que expondré debiéndose seguir para el pago y cuantificación de ese tiempo extra laborado, la reglas que establece los numerales 26, 27, 28, y demás relativos de la ley de trabajadores al servicio de las instituciones públicas del estado de San Luis Potosí

d) El pago de todas las demás prestaciones beneficios y percepciones económicas y en especie que deje de percibir con motivo del despido injustificado e ilegal del cual fue objeto mi representado tales como, en la inteligencia de que dicho pago se deberá abarcar des de la fecha de despido injustificado y hasta que se cumpla el laudo que se pronuncie por este tribunal del trabajo;

e) Solo para el supuesto de que mi ahora demandado se niegue a reinstalar a mi poderdante solicito se le condene al pago a favor de Aldo Josué Hernández Martínez de la indemnizaciones constitucionales consistentes en el pago de tres meses de salario integrado 20 días de salario por cada año laborado de servicios prestados y desde luego los salarios caídos contados desde la fecha de su despido

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