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Derecho Accion Resolutaria


Enviado por   •  13 de Febrero de 2014  •  5.502 Palabras (23 Páginas)  •  434 Visitas

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ÍNDICE

Contenido Pág.:

Introducción……………………………………………………………………………….. 3

Acción Resolutoria…………………………………………………………………… 4 - 10

 Concepto.

 Fundamentos.

 Efectos.

 Diferencias con otros medios de terminación de los contratos.

 Resolución Convencional.

 Resolución de Pleno Derecho.

Teoría de los Riesgos……………………………………………………………....... 10 - 12

 Concepto.

 Principios.

 Excepciones.

 Efectos.

Efectos del Contrato………………………………………………………………….. 12 - 13

 Internos.

 Externos.

 Excepciones de los Efectos Internos y a los Efectos Externos.

La Clausula Penal……………………………………………………………………. 14 - 15

 Concepto

 Clases

 Efecto

 La Prueba de la Simulación

Terminación de los Contratos………………………………………………………... 15 - 16

 Diversas Formas.

 Enumeración y Diferencias.

Teorías de las Nulidades……………………………………………………………… 16 - 17

 Nociones Generales Casos.

 Efectos.

Conclusión………………………………………………………………………………... 18

Bibliografía……………………………………………………………………………….. 19

INTRODUCCIÓN

Dentro de nuestra investigación hemos de indagar sobre la Acción Resolutoria, Teoría de los Riesgos, Efectos de los Contratos, clausula penal entre otros. Es importante señalar que la acción resolutoria es la liberación del cumplimiento de una obligación que tiene una de las partes de un contrato bilateral, a causa del incumplimiento culpable de la otra parte. Es decir, es una facultad o derecho que tiene una de las partes en un contrato bilateral, de pedir la terminación del mismo y en consecuencia ser liberada de su obligación, si la otra parte no cumple a su vez con la suya; y pedir la restitución de las prestaciones que hubiere cumplido. La Teoría del Riesgo es un principio que se da frente a la imposibilidad de la prestación sin culpa de los contratantes, es decir, por un caso fortuito que escapa de las manos del deudor y el acreedor. El principal efecto que produce el contrato es el de establecer una reglamentación entre las partes que lo han celebrado. A partir de este momento, las partes deberán ajustar su comportamiento a lo pactado que tiene fuerza de ley entre ellos. Al estudiar los elementos de garantía del cumplimiento de una obligación, en el Derecho Civil, se entiende por cláusula penal aquella cláusula que puede pactarse en los contratos, por la que se acuerda de manera anticipada, el pago de una determinada indemnización para el caso de que alguna de las partes incumpla el contrato. n nuestro derecho se entiende por contrato: un acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento con el fin de crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar relaciones jurídicas patrimoniales. Así las cosas, el consentimiento o “acuerdo de voluntades” aparece como uno de los elementos estructurales del contrato, en cuya formación intervienen por lo menos dos partes, cada una de las cuales emitirá una declaración de voluntad unilateral y receptivita que se llamará oferta o aceptación, según el caso- y cuya fusión dará origen al contrato.

ACCIÓN RESOLUTORIA

 Concepto.

Es la facultad que tiene una de las partes en un contrato bilateral, de pedir terminación del mismo y en consecuencia ser liberada de su obligación, si la otra parte no cumple a su vez con la suya; y pedir la restitución de las prestaciones que hubiere cumplido.

Es decir, la resolución es la liberación del cumplimiento de su obligación que tiene una de las partes de un contrato bilateral, a causa del incumplimiento culpable de la otra parte.

 Fundamentos.

Fundamento Legal Código Civil Venezolano

CCV. Artículo 1167. En el contrato bilateral, si una de las partes no ejecuta la obligación, la otra puede a su elección reclamar judicialmente la ejecución del contrato o la resolución del mismo, con los y perjuicios en ambos caso si hubiere lugar a ello.

Este artículo contiene una disposición derogatoria del derecho común, ya que una vez contraída la obligación, el deudor está obligado a cumplirla. Si en un contrato bilateral una de las partes incumple culposamente su obligación, la otra parte contratante puede exigir judicialmente:

a) La acción de cumplimiento o ejecución forzosa y el pago de daños y perjuicios si los hubiere y;

b) La resolución del contrato y el pago de los daños y perjuicios a que haya lugar de resarcir.

Es decir, El legislador venezolano le acuerda al contratante que no se le ha cumplido, la facultad de elegir entre la acción de cumplimiento del contrato o la resolución del mismo, y en ambos casos podría reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios.

 Efectos.

Fundamentos de la Acción Resolutoria Diversas Teorías

1. La del criterio tradicional: Establece que la acción resolutoria se basa en la Lex Commisoria del Derecho Romano; este criterio es sustentado por cuanto en el Código Napoleónico, y en los nuestros, salvo el Código actual, se considera la acción resolutoria como proveniente de una condición implícita. Debemos acotar que existen diferencias notables entre la Lex Commisoria del Derecho Romano y la acción Resolutoria concebida en el derecho moderno estas son:

a) Si la resolución se fundara en una condición resolutoria implícita, bastaría el solo incumplimiento de una de las partes, para que de pleno derecho, se resolviera el contrato, sin hacerse necesaria la intervención del juez; pero como ya sabemos en el Código Napoleónico como en el nuestro Código se exige que la resolución sea pronunciada por un juez.

b) Si la resolución en el derecho Moderno tuviera su base en una verdadera condición resolutoria implícita, no sería posible que el acreedor de la obligación incumplida, gozara de la opción de demandar, bien sea el cumplimiento del contrato o bien la resolución; esta opción es reconocida en el Código Napoleónico como en el Código civil Venezolano;

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