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Derecho Administrativo


Enviado por   •  25 de Marzo de 2013  •  4.776 Palabras (20 Páginas)  •  366 Visitas

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Administración General y Administración Pública 1

Maestro Luis Alberto Placencia Alarcón

ADMINISTRACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ABSTRACT: Determinar del concepto de Administración y su relación y diferencias

con la Administración Pública. La administración es un concepto que se

refiere tanto a la actividad privada como a la pública, dado que cualquier organización

requiere tomar decisiones, coordinar actividades, manejar personal, así

como evaluar la ejecución dirigida hacia objetivos de grupo. La diferencia toral

entre la administración pública y la privada es que la primera tiene como finalidad

el interés general de la sociedad y no tiene el ánimo de lucro, mientras que la

segunda tienen generalmente un interés particular y un propósito de lucro.

DERECHO ADMINISTRATIVO

INTRODUCCIÓN. I. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN.- CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA.- DIFERENTES CONCEPCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚ-

BLICA.- CONCLUSIÓN.- BIBLIOGRAFÍA.

INTRODUCCIÓN

Resulta pertinente precisar que el derecho administrativo contiene, en su mayor

parte, el estudio de las normas relativas a la administración, en ese sentido el umbral

de esa disciplina es la determinación del concepto de administración y su relación y

diferencias con la Administración Pública.

El presente ensayo tiene como propósito toral el establecer conceptualmente

los términos de administración, administrado, administrador y administración pública,

con el objeto de establecer las diferencias entre administración en general y

administración pública.

Para ello emplearemos los métodos deductivo, inductivo, analítico y sintético con

la finalidad de dar claridad a todos y cada uno de los conceptos referidos.

2 Maestro Luis Alberto Placencia Alarcón

El concepto moderno de la Administración evidentemente ha venido cambiando el

concepto de la Administración con el correr de los años, por ello resulta importante que

se tenga una idea bien clara de lo que se entiende por Administración, para con ello

dar paso a lo que se entiende por administración pública.

En todos los tiempos y sociedades desde las primitivas hasta las modernas, el

hombre se ha preocupado por el manejo de los bienes o de los intereses materiales o

económicos, es por ello que a la Administración se le ha dado un significado mucho más

amplio, al grado de que se ha dicho que la Administración es el nombre de un fenómeno

social que a mediados del siglo XX ha tomado singular y extraordinaria importancia como

objeto de estudio para los científicos y filósofos de la convivencia humana.

La administración es un concepto que se refiere tanto a la actividad privada como

a la pública, por ello se dice que la administración es universal en el mundo moderno,

dado que cualquier organización requiere tomar decisiones, coordinar actividades,

manejar personal, así como evaluar la ejecución dirigida hacia objetivos de grupo.

En ese contexto, el concepto de administración es tan general que puede señalarse

que toda persona entregada a una actividad en cooperación con otras trabaja en

una administración.

Por lo tanto la Administración pública aprovecha todas las experiencias de la administración

en general, sus técnicas, sus métodos, principios y procedimientos.

MARCO CONCEPTUAL

II. CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN

El maestro Jorge Olivera Toro citando al tratadista Herbert A. Simon Donald señala

que cuando dos hombres se ayudan a mover una piedra que ninguno de los dos puede

mover por sí solo, han aparecido los rudimentos de la administración, toda vez que existe

un propósito y hay una acción conjunta; y que por eso la administración puede definirse

como “las actividades de grupos que cooperan para alcanzar determinados objetivos”.1

1 OLIVERA TORO, Jorge. Manual del derecho administrativo, 1ª ed., México, Editorial Jurídica Mexicana,

1963, p.1.

Administración General y Administración Pública 3

En el Diccionario de la Lengua Española, administrar equivale a gobernar,

regir o cuidar.

En nuestro lenguaje, el verbo “administrar” proviene del latín ad, traducible como

hacia, en sentido de movimiento, y ministrare, compuesto de manus (mano) y trahere

(traer); por tanto, ad manus trahere puede interpretarse como servir, ofrecer algo a

otro o servirle alguna cosa.

Por otra parte, el término administración desde el punto de vista jurídico hace

alusión en general a un mandato conferido a una persona para que ejerza la dirección,

gobierno y cuidado de bienes ajenos, ya sea de una herencia, de un menor, de un

incapaz, de una sociedad, Estado, entre otros.

El tratadista Serra Rojas, siguiendo el pensamiento de Georges Langrond señala

que “La administración es un proceso necesario para determinar y alcanzar un objetivo o

meta, por medio de una estructura que nos lleva a una acción efectiva o esfuerzo humano

coordinado y eficaz, con la aplicación de adecuadas técnicas y aptitudes humanas.”2

Siguiendo al tratadista Bielsa, citado en la Enciclopedia Jurídica Omeba, se puede

decir que “administración” es ante todo “organización y administrar en el sentido

común del vocablo, es ordenar económicamente los medios de que dispone y usar

convenientemente de ellos para proveer a las propias necesidades”.3

Por su parte, el tratadista Isacc Guzmán señala que la Administración debería

adjetivarse como “administración humana” o “administración social”, ya que así quedarían

automáticamente fuera de su radio de acción todos los problemas y cuestiones de la

administración antigua, cargada tradicionalmente de implicaciones económicas y de

fines o propósitos utilitarios, en su más vulgar acepción, como es la del dinero.

En ese contexto, el autor mencionado señala que “la administración en sentido

humano y social tiene como contenido propio -como objeto material de estudio, diríamos

con mayor rigor académico- la dirección de los grupos humanos. No de ciertos o

determinados grupos, sino de todos. La actividad consistente en encauzar a varias

2 SERRA ROJAS, Andrés, Derecho administrativo, 6ª. ed. México, Porrúa, 1974, p. 47.

3 ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA, Buenos Aires, Driskill, 1979, Tomo I, p. 483.

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