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Derecho Administrativo


Enviado por   •  2 de Marzo de 2013  •  7.864 Palabras (32 Páginas)  •  400 Visitas

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TENDENCIAS A LA INTEGRACION POLITICO-ECONOMICA

LA GLOBALIZACION COMO FENOMENO DEL SIGLO XXI

La GLOBALIZACIÓN es un proceso que se nutre del liberalismo económico.

La democracia propietaria estadounidense y la tecnología cibernética que conjuga las categorías tiempo y espacio, al servicio de un mercado planetario que propicia el libre flujo de mercancías, capitales y empresas, asignando utilidades y beneficios a agentes económicos privados especialmente.

Una característica central de la GLOBALIZACION económica es la desterritorialización de las empresas y mercados nacionales, los cuales aspiran a reemplazar las regulaciones y lealtades domésticas por proyectos multilocales o plurinacionales. Los llamados intereses nacionales son diluidos en intereses transnacionales desregulados y privados.

La GLOBALIZACION DE LA ECONOMÍA es entendida como “UN PROCESO DE INTERRELACION compleja entre diversos mercados, generalmente por conducto de agentes privados cuyo objeto primordial consiste en ensanchar su escala de ganancias por la venta de productos y servicios o el establecimiento directo de filiales, con el fin de reducir costos o el de competir en mercados protegidos.”

Según OCTAVIO IANNI, la GLOBALIZACION es un fenómeno de homogeneización en principio económica, que se encamina a borrar las fronteras del mundo, para formar una comunidad mundial, que se encamina a borrar las fronteras del mundo, para formar una comunidad mundial, facilitada por el desarrollo electrónico de las comunicaciones y la información.

La creciente GLOBALIZACION, obedece a hechos irreversibles:

I.- El progreso tecnológico en las comunicaciones y los transportes.

Ya que ha sido vertiginoso y ha reducido drásticamente los costos de movilizar mercancías.

II.- Obedece a una apreciación cada vez más generalizada del papel crucial del comercial exterior en el crecimiento económico.

PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE LA GLOBALIZACIÓN:

I.- Está representada por la interdependencia entre las economías nacionales, las industrias, las empresas y los bloques regionales.

II.- El incremento en el comercio internacional y la gradual eliminación de barreras al mismo, lo cual permite la vinculación más estrecha y cercana entre países, las industrias y las empresas, haciendo del mundo un mercado global.

III.- Incorporación de nuevas tecnologías. Mediante la globalización se permite la introducción de cambios esenciales en los métodos de producción. Los avances recientes en el área de telecomunicaciones ha facilitado la integración de los mercados nacionales.

IV.- Movilidad de capitales e inversión extranjera directa.

LOS ACTORES DE LA GLOBALIZACION SON:

I.- Inversionistas e inversiones.

II.- Fabricas mundiales (conglomerados internacionales)

III.- Información.

IV.- Individuos.

RASGOS DE “GLOBALIZACION”:

En algunas áreas del derecho tenemos algunas legislaciones las cuales rebasan las fronteras de lo nacional para ubicarse en un contexto de protección y regulación:

• DERECHO ECOLOGICO Y AMBIENTAL PLANTETARIO.

• DERECHO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

• DERECHOS HUMANOS.

• DERECHO DE COMPETENCIA.

• EL DERECHO DE COMERCIO INTERNACIONAL.

En el plano jurídico se habla de lograr la armonización de los

Sistemas jurídicos, lo cual ya existe en algunos grupos regionales

como la Unión Europea (ZONAS ZONALES) que ha podido sobrevivir jurídicamente, aun cuando entre los países miembros se encuentran representados tanto el sistema anglosajón como el romano canónico. Sin embargo, la globalización jurídica requeriría la armonización de los sistemas de gran parte del mundo, lo que resulta una tarea muy compleja.

CONCEPTOS BASICOS INTERNACIONALES: REGIONALIZACION,

INTERNACIONALIZACION, INTEGRACION Y MULTILATERALISMO

El deterioro de la organización de su sistema jurídico, el colapso del constitucionalismo y la superación del equilibrio entre los poderes no son, a pesar de todo, las únicas facetas de erosión de la efectividad y de la autoridad del Estado contemporáneo. Con el fenómeno de la globalización económica surgido de la revolución tecnológica generado por las crisis petroleras y expuesto por la caída tanto del muro de Berlín como de los regímenes del Este europeo, surgen otras rupturas institucionales importantes en las estructuras jurídicas y políticas, legadas por el Estado liberal del siglo XIX y por el Estado social del siglo XX. Las rupturas más importantes son las siguientes:

I).- INTERNACIONALIZACION de la economía mediante la internacionalidad de los mercados de insumos, consumo y financiación, rompiendo con las fronteras geográficas clásicas y limitando de forma creciente la ejecución de las políticas cambiaria, monetaria y tributaria de los Estados nacionales.

II).- DESCENTRALIZACION del aparato estatal desviando sus obligaciones, haciendo informales sus responsabilidades, privatizando las empresas públicas y haciendo ilegal, su legislación social.

III).- INTERNACIONALIZACION del Estado mediante la introducción de los procesos de integración, formalizados por los bloques regionales y por los tratados de libre comercio, con la consiguiente anulación de los topes de las tarifas, de las reservas del mercado y de los mecanismos para incentivos y subsidios fiscales.

IV).- Eliminación de la territorialidad y reorganización del espacio de la producción mediante la sustitución de las plantas industriales rígidas y de carácter FORDISTA, aparecidas a comienzos del siglo XX, por plantas industriales FLEXIBLES, de carácter TOYOTISTA. Dicho reemplazo está seguido por la merma reglamentaria de la legislación laboral y por la consiguiente flexibilidad de las relaciones contractuales.

V).- Fragmentación de las actividades productivas en los distintos territorios y continentes, lo cual permite a los conglomerados multinacionales practicar el comercio INTEREMPRESARIAL, acatando de manera selectiva las diferentes legislaciones nacionales y concentrando sus inversiones en los países donde éstas le son mas favorables.

VI).- Expansión de un derecho paralelo al de los Estados, de naturaleza mercantil (lex mercatoria), como resultado de la proliferación de los foros de negociaciones descentralizadas establecidos por los grandes grupos empresariales.

El denominador común de estas rupturas es, como se ve, la pérdida de la soberanía y de la autonomía de los Estados nacionales. Por un lado, el Estado ya no puede anhelar más

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