ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Administrativo


Enviado por   •  20 de Febrero de 2013  •  2.205 Palabras (9 Páginas)  •  531 Visitas

Página 1 de 9

INSTRUCCIONES

Inicialmente lea el caso planteado, luego lea los artículos de la Ley 2341 adjuntos

Luego responda de manera fundamentada a cada una de las preguntas planteadas

CASO 1

Don Armando Líos de Figuretti es un estudiante de cuarto curso de Derecho que reside en Santa Cruz

de la Sierra, en un departamento del Edificio “El Descanso del Jochi” junto a otros estudiantes, provenientes

del interior del país. En el mes de junio de 2005, en tiempo y forma hábiles, y de acuerdo con la convocatoria

aprobada por el Servicio Nacional de Administración de Personal (SNAP), solicita ante ese ente la concesión

de una beca para estudios en la Universidad de Harvard.

Terminado el semestre, como el resto de sus compañeros de piso, parte de vacaciones.

El 3 de agosto de 2005, el portero sustituto del portero titular, que también se encuentra de vacaciones,

se hace cargo de una carta certificada remitida por el Departamento de Universidades e Investigación de

Servicio Nacional de Administración de Personal, firmando el acuse de recibo correspondiente.

El 10 de septiembre de 2005, Don Armando, extrañado por no saber nada de su petición de beca,

acude al Servicio Nacional de Administración de Personal en donde una funcionaria le informa que su beca fue

denegada por Resolución del Jefe Departamento de Universidades e Investigación de de fecha 30 de julio de

2005, ya que el Director General del Servicio Nacional de Administración de Personal se encontraba de

vacaciones en las Islas Margarita, que le fue notificada el día 3 de agosto y que han transcurrido con exceso

todos los plazos posibles de recurso.

Desconcertado por esa información, Don Armando consultó con el portero de la casa, quien buscando

entre un montón de papeles de propaganda acumulados durante el mes de agosto, encuentra la notificación.

Cuando el estudiante abre el sobre y lee el contenido de la resolución, comprueba que, en efecto, le ha

sido denegada la beca. Al no indicarse en la comunicación la razón de la denegación, vuelve a la oficina del

Servicio Nacional de Administración de Personal a preguntar el motivo. Allí le dicen que su solicitud ha sido

denegada porque los ingresos familiares excedían los topes regulados en la legislación de aplicación y porque

el curso anterior debió haber obtenido calificaciones mejores. Por otra parte, le indican que el acto fue dictado

por otra persona distinta a la que normalmente resuelve.

Don Armando no está conforme con las razones expuestas, puesto que entiende que en la convocatoria

no se exigían unos requisitos académicos mínimos y porque los ingresos familiares no superan los exigidos por

la normativa. Además, debía haber resuelto el Director General del Servicio Nacional de Administración de

Personal. Por otro lado, cuando pretende enterarse del plazo para recurrir, no encuentra ninguna información

en la notificación.

Unos días más tarde comenta el hecho con un Abogado que le aconseja interponer recurso. Al mismo

Adjunta un certificado en el que se indican los ingresos familiares percibidos, según los datos que cursan en

Impuestos Nacionales.

III

PREGUNTAS

1.- ¿Qué clase de acto es la certificación expedida por la oficina de Impuestos Nacionales? En su caso, ¿Qué tipo de acto es la denegación de la beca?

La certificación expedida por el Servicio Nacional de Administración de Personal (SNAP) es un acto administrativo. La denegación de la beca es una acto de decisión administrativa de la negativa de aceptación de una beca de estudio.

2.- ¿Está de acuerdo con el contenido del acto administrativo que ha sido notificado al Sr. Armado Líos.

¿Adolece el acto de algún vicio de legalidad? ¿De qué tipo? Indique las consecuencias de los vicios observados.

Primeramente la carta remitida por el Servicio Nacional de Administración de Personal (SNAP) carece de la razón de la negación de la solicitud, siendo que en el artículo 28 de la Ley 2341 estipula que uno de los elementos esenciales del acto administrativo es el fundamento; es decir que debe expresar las razones concretas que inducen a emitir el acto. Por otra parte la fecha de respuesta excede los 5 días establecidos en la Ley.

Esto como consecuencia podría invalidar este acto administrativo mediante una interposición del interesado, según lo indica el art. 36 Ley 2341.

3.- ¿Deben ser practicadas personalmente todas las notificaciones de actos administrativos a los interesados? ¿Conoce alguna modulación de ese principio? ¿Tiene algún defecto la notificación teniendo en cuenta la persona que se ha hecho cargo de ella? ¿Podría ello tener consecuencia, en caso de respuesta positiva, sobre la eficacia del acto?

Según el art. 33 de la Ley 2341, en caso de no encontrarse el notificado en ese momento en el domicilio, podrá hacerse cargo cualquier persona que se encontrare en el, debiendo hacer constar su identidad y su relación con el empleado. En cuanto al ejemplo anterior no hubo ningún problema en entregársela al guardia de seguridad.

4.- Desde el punto de vista de su contenido, ¿es correcta la notificación? ¿Tiene trascendencia que no exista información sobre el plazo del recurso?

La notificación no presenta los plazos para recurrir, por tanto imposibilita al notificado tener información hasta cuándo podrá interponer recurso a la misma.

5.- ¿Podría solicitar Don Armando Líos la anulación de la denegación de la beca por considerarla lesiva de su derecho a la educación? En el supuesto de que la beca se hubiera concedido ¿Puede la Administración rectificar al estimar que se ha cometido un error en su concesión?

Si, podría recusar y solicitar la anulación de la notificación, ya que el acto administrativo carece de legalidad por varios factores según hemos visto. Así también vemos que la CPE lo ampara en el Art. 180. “El Estado auxiliará a los estudiantes sin recursos económicos para que tengan acceso a los ciclos superiores de enseñanza, de modo que sean la vocación y la capacidad las condiciones que prevalezcan sobre la posición social o económica”

Como hemos visto el acto administrativo puede ser anulado por las diferentes causales. Ahora bien, la administración puede rectificar este error, según lo indica el Artículo 37° (Convalidación y Saneamiento)

I. Los actos anulables pueden ser convalidados, saneados o rectificados por la misma autoridad administrativa que dictó

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (15 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com