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Derecho Civil


Enviado por   •  28 de Enero de 2013  •  8.422 Palabras (34 Páginas)  •  255 Visitas

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Nociones generales del derecho.

El derecho surge como producto de la vida social y como creación del espíritu humano.

La convivencia humana exige un orden para que las fuerzas individuales de cada uno puedan integrarse y complementarse con la de los demás y todas así coordenadas dirigirse al aludido bien común.

El derecho reposa en los conceptos de orden, coexistencia y libertad.

Derecho objetivo: concepto.

En una acepción designa una facultad reconocida o atribuida a una persona por el ordenamiento jurídico que le permite o autoriza a realizar determinados actos.

En otra acepción, se conoce como derecho objetivo o derecho norma y es la regla a la que el individuo debe someterse y a cuya observancia puede ser compelido.

Definiciones varias.

Por nuestra parte ensayamos la siguiente definición: “Conjunto de normas destinadas a regir la conducta del hombre en sociedad con miras a lograr el bien común”.

Derecho positivo: ramas.

El derecho positivo es el derecho vigente. El conjunto de normas jurídicas que regula, o ha regulado, la convivencia humana en un lugar y en un momento determinado.

Está constituido por las disposiciones y reglas establecidas por la constitución, las leyes, las costumbres y todos los demás elementos que integran el pensamiento jurídico de un estado.

Puede dividirse en:

Derecho positivo histórico: Es el que se ha aplicado a un estado determinado, Ej.: derecho romano.

Derecho positivo vigente: Es el que rige en la actualidad y regula efectivamente la vida de un pueblo.

Ramas:

En la actualidad existen distintos criterios, teniendo mayores adeptos la que toma en cuenta la calidad de los sujetos del derecho y, así, cuando la norma se refiere al estado como poder publico es de derecho publico; siendo de derecho privado cuando la norma esta dirigido a sujetos que carecen de todo carácter de soberanía política.

División clásica:

Derecho publico Constitucional

Administrativo

Penal

Procesal

Internacional publico

Derecho privado Civil

Comercial

Laboral

Rural o agrario

Minería

Internacional privado

Derecho civil: evolución histórica y contenido actual.

En Roma, existiendo para regular la conducta de sus habitantes dos ramas del derecho, el “ius naturale” aplicable a todos los hombres sin distinción de nacionalidad y el “ius civile” propio de quienes eran ciudadanos romanos, comprendiendo normas de derecho publico y privado.

Al producirse la caída del imperio romano de occidente por la invasión de los germanos, estos introdujeron sus propias leyes, con lo cual las normas de derecho publico que contenía el “ius civile” perdieron vigencia resultando sustituidas por las disposiciones germánicas y quedando reservada la denominación “civile” para las normas de derecho privado, siendo desde entonces identificado el derecho civil con el derecho privado.

En la edad media, con la creciente influencia del cristianismo, cobraron importancia y vigencia los “cánones” de la iglesia.

A partir de entonces, el derecho civil se refirió al derecho privado de origen romano por oposición al derecho canónico, de la iglesia.

Con el devenir del tiempo y hacia el final de la edad media, los comerciantes y los navegantes del mediterráneo dejaron de regular su conducta por el “ius civile” para regirse por normas propias derivadas de la costumbre.

Otra segregación se produjo en la edad moderna, cuando en materia procesal los jueces dejaron de ajustarse al “ius civile” para proceder de acuerdo con las prácticas forenses que se habían ido formando con el tiempo.

Posteriormente, en la edad contemporánea se produjeron nuevas desmembraciones y así nació el derecho laboral.

No cabe duda de que pese a esos desmembramientos ocurridos por la evolución, el derecho civil en la actualidad, sigue siendo la disciplina jurídica fundamental desde el momento que abarca todas las relaciones jurídicas que no cayeron en la especialidad.

Derecho y moral.

Durante largo tiempo en la historia del hombre, derecho, moral y religión aparecen entremezclados y confundidos.

El derecho es una parte esencial del orden moral. El orden encierra el orden jurídico.

El orden jurídico pertenece por consiguiente, como parte integrante, a todo orden moral, y ese conjunto tiene su raíz y fundamento en la voluntad racional de Dios, ordenadora del mundo, el cumplimiento de la voluntad divina es su fin y su límite infranqueable.

Afinidades:

• Mismo objeto material: la conducta humana.

• Misma finalidad: el bien común.

• Mismo sujeto: el hombre.

• Mismo origen: la libertad humana y en definitiva Dios.

Diferencias:

Moral Derecho

Conducta La valora en si misma. La valora desde un punto de vista relativo, en cuanto se relacione con los demás.

Campo de acción La conciencia. La convivencia social.

Imposición Por convicción propia. Por el estado. (coercitivamente)

Derecho y coacción:

La coacción constituye una propiedad concomitante, o sea, que acompaña al derecho para su mayor eficacia pero que su falta no lo torna inexistente.

Con respecto al derecho subjetivo surge evidente que la coacción no es de su esencia, pues no obstante ser frecuentemente violado no por ello desaparece el derecho del titular.

Con referencia al derecho objetivo (norma jurídica) debe considerarse que el poder legitimo, del que las leyes proceden, esta autorizado y también obligado a conminar con penas la trasgresión de aquellas.

La coacción no es elemento constitutivo del derecho objetivo. La coacción viene tras el derecho, teniéndolo como fin y como objeto, desde afuera se le asocia y viene en su ayuda para lograr el cumplimiento de la norma. En consecuencia no es un elemento esencial, sino una facultad concomitante, muy útil y necesaria pero no indispensable.

Contenido moral de la norma jurídica.

La norma jurídica siempre debe tener contenido moral.

No puede existir derecho que sea inmoral y aunque existan principios jurídicos que no interesan al orden moral y morales que por su parte no interesan al derecho, nunca pueden estar en colisión.

Penetración del factor moral en el derecho positivo argentino; textos del código civil, aplicaciones jurisprudenciales.

Textos del código civil:

Numerosos artículos del código civil hacen referencia y aplican los principios morales.

Moral, buenas costumbres y buena fe:

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