Derecho De Los Trabajadores
Enviado por gabrielita26 • 4 de Febrero de 2014 • 756 Palabras (4 Páginas) • 336 Visitas
El Código de Trabajo es el documento jurídico laboral que regula los derechos y obligaciones de patronos y trabajadores, con ocasión del trabajo en Guatemala, y crea instituciones para resolver sus conflictos (Ministerio de Trabajo y Previsión Social, s.f.) La definición antes detallada se respalda en base al Decreto 1441 del Congreso de la República de Guatemala (Código de Trabajo, 2010).
HISTORIA: Si bien el Código de Trabajo fue emitido el 8 de febrero de 1947 mediante Decreto 330 del Congreso de la República, en el año 1961 se emitió el Decreto 1441 del Congreso de la República, de fecha 29 de abril, el cual introdujo reformas al citado Decreto 330, derogó algunos de sus artículos y publicó completamente el texto actualizado –a esa fecha- del Código de Trabajo (Código de Trabajo, 2010). El Código de Trabajo original entró en vigor el 1 de mayo de 1947, en conmemoración al Día Internacional del Trabajo, contenido en el Decreto 330 del Congreso de la República. Este recoge y desarrolla los principios y lineamientos contenidos en la Constitución de 1945 sobre materia laboral, e incorpora muchos más. Se le creyó novedoso pero muchas de sus instituciones ya estaban en práctica en muchos países como en Europa central, así mismo se inspiró en la legislación mexicana y en el Código de Trabajo de Costa Rica. Contenía a la vez parte sustantiva y procesal. Los principios ideológicos eran democráticos y en general tendían a proteger al trabajador, para compensar su desigualdad frente al patrono -
COMPROBACION DE LECTURA 1
TITULO PRIMERO CODIGO DE TRABAJO
CAPITULO UNICO
Disposiciones Generales
Articulo 1. El presente Código regula los derechos y obligaciones de patronos y trabajadores, con ocasión del trabajo, y crea instituciones para resolver sus conflictos.
Que es el patrón. Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. ( artículo 2 del Código Trabajo).
TRABAJADOR: El artículo 3 del código del Trabajo dice que: “Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado”. (El trabajador únicamente puede ser persona física; sin embargo, es frecuente encontrar que personas morales prestan servicios a personas morales, pero en este caso el tipo de relación no es de tipo laboral sino de carácter civil o de otra naturaleza.
DERECHOS Y OBLIGACIONES LABORALES PARA TRABAJADORES Y PATRONES
Todo trabajador tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, bajo condiciones que aseguren la vida, salud y un nivel económico decoroso para él y su familia. No pueden hacerse distinciones por raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social y se debe promover y vigilar la capacitación y adiestramiento del trabajador.
Los auxiliares del patrono:
Representante patronal: Aparece regulado en el artículo
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