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Derecho Procesal Del Trabajo


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2013  •  5.361 Palabras (22 Páginas)  •  298 Visitas

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Derecho procesal del trabajo

1. La publicidad

2. La gratitud

3. La inmediación

4. La oralidad

5. La economía

6. La concentración

7.

8. Presupuestos procesales

9. Las actuaciones, los términos y notificaciones

10. Incidentes

LA PUBLICIDAD

Constituye un derecho a favor de los ciudadanos a presenciar las audiencias o diligencias que se desarrollen durante el proceso, salvo las excepciones expresamente establecidas.

Es una garantía para que el proceso se desarrolle en forma limpia y honesta, respetando sus reglas fundamentales.

Al respecto el articulo 720 de la Ley Federal del Trabajo, previene "Las audiencias serán publicas. La junta podrá ordenar, de oficio a instancia de parte, que sean a puerta cerrada, cuando lo exija el mejor despacho de los negocios, la moral o las buenas costumbres.

LA GRATITUD

Esta deriva del articulo 17 constitucional, que determina: "nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil, ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Los tribunales estarán expeditos para administrar justicia en los plazos y términos que fije la ley, su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

Por otra parte el articulo 19 de la Ley Federal del Trabajo establece: "Todos los actos y actuaciones que se relacionen con la ampliación de las normasde trabajo no causaran impuesto alguno". No obstante referirse a la materia impositiva, los usos y costumbres le han otorgado una interpretaciónextensiva a esta disposición, considerando que salvo los honorarios de los peritos contratados por las partes y los gastos en la ejecución de un laudo, todas las actuaciones laborales son gratuitas.

LA INMEDIACIÓN

Consiste en que los miembros de las juntas de conciliación y arbitraje deben estar en contacto personal con las partes, reciban, oigan sus alegatos, las interroguen, etc., para obrar con mayor justicia.

El juez del tribunal que deba conocer y fallar el negocio o conflicto laboral tendrá que estar en contacto directo con las partes y deberá presidir, de ser posible, todas las audiencias a fin de que conozca el negocio, no a través del secretario, en el acuerdo, sino personalmente, de forma inmediata a fin de dictar una sentencia justa.

LA ORALIDAD

El derecho procesal laboral se desarrolla con base en audiencias, en las que las partes comparecen a hacer valer sus derechos, teniendo la posibilidad de exponer verbalmente sus pretensiones ante la autoridad, por ello se le ubica como un proceso eminentemente oral, aunque no necesariamente quiera decir con ello que no haya nada escrito, ya que no podría concebirse un proceso totalmente oral, debido a la necesidad de la constancia grafica ocasionada por la imposibilidad material de que el juzgador pueda conservar en la memoria todo el desarrollo de un conflicto.

A mayor abundamiento, el articulo 713 de la Ley Federal del Trabajo prevé en las audiencias que se celebren se requerirá de la presencia física de las partes o de sus representantes o apoderados, salvo disposición en contrario de la ley", con ello se confirma la naturaleza oral del proceso, toda vez que la ausencia física a la diligencia respectiva no puede sustituirse con promociones escritas.

LA ECONOMÍA

El proceso, que es un medio, no puede exigir un dispendio superior a un valor de los bienes que están en debate, que son el fin, una necesaria proporción entre el fin y los medios debe presidir la economía del proceso.

La cuantía modesta caracteriza los tramites simples, aumentando en la medida de la importancia del conflicto por esta razón se simplifican las formas en el método oral, se limitan las pruebas para evitar los gastos onerosos, se reducen los recursos, se eliminan las costas y gastos del litigio, provocando la existencia de tribunales especializados, que evitan por sistema toda derogación innecesaria durante el proceso.

Este principio tiene implicaciones patrimoniales y persigue el ahorro de todo gasto innecesario en el juicio laboral.

Frecuentemente se confunde con el de gratitud, de concentración y el de sencillez, por los vínculos tan estrechos que guarda con ellos.

LA CONCENTRACIÓN

De acuerdo con la naturaleza del derecho laboral, los juicios deben ser breves en su tramitación.

Este principio se encuentra precisado fundamentalmente en los siguientes artículos:

Los incidentes se tramitan dentro del expediente principal donde se promueve, salvo los casos previstos en esta ley (Articulo 761 Ley Federal del Trabajo)

Cuando se promueva un incidente dentro de una incidencia o diligencia, se substanciara y resolverá de plano, oyendo a las partes, continuándose elprocedimiento de inmediato, cuando se trate de nulidad, competencia y en los casos de acumulación y excusas, dentro de las 24 horas siguientes se señalara día y hora para la audiencia incidental, en la que se resolverá (articulo 763L.F.T.)

Las resoluciones de las juntas no admiten ningún recurso. Las juntas no pueden revocar sus resoluciones las partes pueden exigir la responsabilidad en que incurran los miembros de la junta (articulo 848 L.F.T.), congruente con este tratamiento legal, el articulo 686 de la Ley Federal del Trabajo expresa "Las juntas ordenaran que se corrija cualquier irregularidad que notaren en la substanciación del proceso, para el efecto de regularizar el procedimiento sin que ello implique que puedan revocar sus propias determinaciones (regularización del procedimiento).

PRINCIPIO SUBSANADOR

Señalado en el segundo párrafo del articulo 685 de la L.F.T. que dice "Cuando la demanda del trabajador sea incompleta, en cuanto a que no comprenda todas las prestaciones que de acuerdo con esta ley deriven de la acción intentada o procedente conforme a los hechos expuestos por el trabajador, la junta, en el momento de admitir la demanda, subsanara esta. Lo anterior sin perjuicio de que cuando la demanda sea obscura o vaga se proceda en los términos previstos en el artículo 873 de esta ley.

En el segundo párrafo del articulo 873 dice: "Cuando el actor sea el trabajador o sus beneficiarios, la junta, en caso de que notare alguna irregularidad en el escrito de demanda, o que estuviere ejercitando acciones contradictorias al admitir la demanda le señalara los defectos u omisiones en que haya incurrido y lo prevendrá para que los subsane dentro de un termino de 3 días.

El sector patronal, se pronuncio en contra de este principio introducido en el procedimiento laboral, porque rompe con la paridad procesal, la cual consiste en que ambas partes deben

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