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Educacion

6 de Abril de 2014

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Este trabajo realiza una comparación entre la Ley Federal de Educación (LFE) de 1992 y la Ley de Educación Nacional (LEN). De 2006. La primera (LFE) Fue la norma central que expresó la Reforma Educativa de la década neoliberal en nuestro país. Acompañó le reforma del estado propiciado por el gobierno de Carlos Menem. La segunda sancionada durante el gobierno de Néstor Kirchner, derogo los anteriores 16 años después. Sin embargo, no significo una ruptura con la reforma de los 90 y mantuvo sus líneas centrales.

Objetivos y fines:

Ley Federal de educación:

• Fortalecimiento de la Identidad Nacional.

• Afianzamiento de la Soberanía Nacional.

• La libertad de enseñar y aprender.

• Igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes, y rechazo a la discriminación.

• La equidad en la distribución de servicios educacionales.

• Cobertura asistencial y elaboración de programas especiales para posibilitar el acceso, permanencia y egreso a todos los habitantes del sistema educativo.

• Integración de personas con necesidades especiales.

• La erradicación del analfabetismo.

• Apoyo a las innovaciones educativas.

• Derecho a que las comunidades aborígenes preserven sus pautas culturales, al aprendizaje de su lengua, dando lugar a la participación de sus mayores en el ´proceso de enseñanza.

• Participación de la familia, comunidad, asociaciones docentes legalmente reconocidas y organizaciones sociales.

• Respeto a la integridad, dignidad, libertad de conciencia de expresión y orientación.

Ley nacional de educación:

• Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales.

• Brindar una educación integral, igualitaria y equitativa.

• Formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos.

• Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales.

• Respetar y atender a la diversidad cultural y social

Para lograr los objetivos anteriormente mencionados debe tener en cuenta el lograr los siguientes fines:

* Incentivar el proceso de pensamiento

* Favorecer el proceso de maduración

* Estimular los hábitos de integración social

* Fortalecer la vinculación entre la institución educativa y la familia

* Lograr la igualdad en la calidad y logros de los aprendizajes

* Favorecer el desarrollo individual, social y personal * Favorecer la autonomía intelectual

* Incentivar la búsqueda permanente de la verdad y desarrollar el juicio crítico

* Constituirse en agente de cambio positivo

Alumno:

LFE

LNE

• Se lo considera sujeto con derechos y deberes.

• Se hace mención explicita de los mismos.

• Se reconoce y se tiende la preserva para enriquecer la diversidad de capitales culturales}

Docente:

LFE

• Según la Ley Federal de Educación en el Art.18 “La etapa Profesional de Grado no Universitario se cumplirá en los Institutos de Formación Docente o equivalentes y en Institutos de Formación Técnica que otorgaran Títulos Profesionales y estarán articulados horizontal y verticalmente con la Universidad”.

• En el Art.19 “Los objetivos de la Formación Docente son:

a) Preparar y capacitar para un eficaz desempeño en cada uno de los Niveles del Sistema Educacional y en las Modalidades mencionadas posteriormente en esta ley.

b) Perfeccionar con criterio permanente a graduados y docentes en actividad en los aspectos científico, metodológico, artístico y cultural. Formar investigadores y administradores educativos.

c) Formar al docente como elemento activo de participación en el sistema democrático.

d) Fomentar el sentido responsable de ejercicio de la docencia y el respeto por la tarea educativa.”

En el Art.46 “Sin perjuicio de los derechos laborales reconocidos por la normativa vigente y la que se establezca a través de una legislación específica, se resguardaran los derechos de todos los trabajadores/as de la educación del ámbito estatal y privado a:

a) Ejercer su profesión sobre la base del respeto a la libertad de cátedra y a la libertad de enseñanza, en el marco de las normas pedagógicas y curriculares establecidas por la autoridad educativa.

b) Ingresar en el sistema mediante un régimen de concursos que garantice la idoneidad profesional y el respeto por las incumbencias profesionales, y ascender en la carrera docente, a partir de sus propios méritos y su actualización profesional.

c) Percibir una remuneración justa por sus tareas y capacitación.

d) El cuidado de la salud y la prevención de enfermedades laborales.

e) Ejercer su profesión en edificios que reúnan las condiciones de salubridad y seguridad acordes con una adecuada calidad de vida y a disponer en su lugar de trabajo del equipamiento y de los recursos didácticos necesarios.

f) El reconocimiento de los servicios prestados y el acceso a beneficios especiales cuando los mismos se realicen en establecimientos de zonas desfavorables o aisladas.

g) Un sistema previsional que permita, en el ejercicio profesional, la movilidad entre las distintas jurisdicciones, el reconocimiento de los aportes y la antigüedad edad acumulada

h) La participación gremial.

i) La capacitación, actualización y nueva formulación en servicio, para adaptarse a los cambios curriculares requeridos.

Los trabajadores de la educación de establecimientos de gestión privada deberán poseer títulos habilitantes reconocidos por la correspondiente jurisdicción educativa para el ejercicio de la profesión, en cuyo casa tendrán derecho a las condiciones de labor prescriptas en el presente artículo, con excepción de los incisos a) y b)”

LNE

• Según la Ley Nacional de Educación en el Art.71 “La formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y la sociedad contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la igualdad y la confianza en las posibilidades de aprendizaje de los/as alumnos/as”.

• En el Art.72 “La formación docente es parte constitutiva del nivel de

Educación Superior y tiene como funciones, entre otras, la formación docente inicial, la formación docente continua, el apoyo pedagógico a las escuelas y la investigación educativa.

Familia, iglesia y empresas privadas

LFE

• Según la Ley Federal de Educación en el Art.4: “Las acciones educativas son responsabilidad de la familia, como agente natural y primario de la educación, del Estado nacional como responsable principal, de las provincias, de los municipios, la iglesia católica y las organizaciones sociales.”

• Según el Art.44 y 45 de la Ley Federal de Educación; Los padres o tutores tienen como derecho ser agente natural y primario de la Educación, elegir libremente para sus hijos la institución educativa, recibir información periódica sobre la actuación de sus hijos.

• Son deberes de los padres respetar y hacer respetar las normas de convivencia de la unidad educativa y cumplir con la obligatoriedad escolar.

Y según la Ley Federal de Educación en el art.36 “Los servicios educativos de gestión privada estarán sujetos al reconocimiento previo y a la supervisión de las autoridades educativas oficiales.

• Tendrán derecho a prestar estos servicios los siguientes agentes:

La Iglesia Católica y demás Confesiones Religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos; las Sociedades, Asociaciones, Fundaciones y Empresas con personería jurídica; y las Personas de Existencia Visible.

Estos agentes tendrán, dentro del Sistema Nacional de Educación y con sujeción a las normas reglamentarias, los siguientes derechos y obligaciones:

a) Derechos: Crear, organizar y sostener escuelas; nombrar y promover a su personal directivo, docente, administrativo y auxiliar; disponer sobre la utilización del edificio escolar; formular planes y programas de estudio; otorgar certificados y títulos reconocidos; participar del planeamiento educativo.

b) Obligaciones: Responder a los lineamientos de la política educativa nacional y jurisdiccional; ofrecer servicios educativos que respondan a necesidades de la comunidad, con posibilidades de abrirse solidariamente a cualquier otro tipo de servicio (recreativo, cultural, asistencial); brindar toda la información necesaria para el control pedagógico contable y laboral por parte del Estado.”

LNE

• Según la Ley Nacional de Educación en el Art.128 “Los padres, madres o tutores/as de los/as estudiantes tienen derecho a:

a) Ser reconocidos/as como agentes naturales y primarios de la educación.

b) Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras escolares y los órganos colegiados representativos, en el marco del proyecto

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