Educación
Enviado por florenciacej • 7 de Octubre de 2014 • 1.650 Palabras (7 Páginas) • 140 Visitas
Introducción:
"Cada niño que se va de la escuela es una fuente de
producción, de riqueza y bienestar que se disminuye o se
anula. Cada niño que no alcanza los niveles más altos de
educación está detenido en el camino de desarrollar sus
posibilidades y capacidades, está limitado como fuente de
riqueza y disminuido en su dignidad de ser humano."
Rafael Cortés.
El tema a abordar es sobre la repetición a nivel primaria en Uruguay, los conflictos que esta trae a nivel escolar y a nivel social, apuntando a las causas que generan este conflicto y las consecuencias que luego repercuten en la sociedad. La problemática de repetición no se da solo en el Uruguay sino que es un problema de toda América Latina.
Para ello se mirará la evolución y la disminución de los índices en los últimos años ya que es una realidad que viene desde hace años con la educación y que aún persiste con un índice bastante elevado.
Se abordará la educación como derecho, constatado en la Constitución de 1967 de nuestro país, haciendo referencia a los artículos de esta, tomando también en cuenta la Ley General de Educación N° 18.437.
Creemos que una posible causa de la repetición escolar surge por la pobreza económica, la indigencia, la necesidad de satisfacer las necesidades básicas, las cuales son el conjunto de requerimientos psicofísicos y culturales cuya satisfacción constituye una condición mínima necesaria para el funcionamiento y el desarrollo de la vida en sociedad, y como nombra Marx Neef en el PEPSICOLA: protección; entendimiento; participación; subsistencia; identidad; creación; ocio; libertad; afecto.
Se apuntará a lograr buscar los motivos de dicha problemática y a comprenderlos, con una mirada objetiva para poder llegar o acercarnos a una conclusión de la misma.
¿Qué entendemos por educación?
Abordaremos el concepto según diferentes autores:
"Nadie educa a nadie, nadie se educa de sí mismo, todos se educan entre todos." Paulo Freire
"La educación es la acción ejercida por las generaciones adultas sobre aquellas que no han alcanzado todavía el grado de madurez necesario para la vida social." Durkheim
"La educación es el triple proceso por el cual el niño deviene ser humano, miembro de una sociedad y de una cultura en un momento y en un lugar particulares, un sujeto con historia personal."
Bernard Charlot
“La educación es un hecho social por el que un grupo humano transmite a las generaciones que le suceden su cultura e ideas. Esta transmisión está condicionada por el medio natural y por el desarrollo económico y cultural de los pueblos.”
Social por la presencia de más de un actor humano, pero también por los numerosos círculos concéntricos que rodean y condicionan la “situación educativa”.
Julio Castro
A continuación se citarán varios artículos de la Constitución y de la Ley de Educación 18.437 sobre la educación.
Artículos de la Constitución de 1967 de la República Oriental del Uruguay
Art. 68. - Queda garantida la libertad de enseñanza.
La ley reglamentará la intervención del Estado al solo objeto de mantener la higiene, la moralidad, la seguridad y el orden públicos.
Todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros o instituciones que desee.
Art. 70. - Son obligatorias la enseñanza primaria y la enseñanza media, agraria o institucional.
El Estado propenderá al desarrollo de la investigación científica y de la enseñanza técnica.
La ley proveerá lo necesario para la efectividad de estas disposiciones.
Art. 71. - Declárese de utulidad social la gratuidad de la enseñanza oficial primaria, media, superior, industrial y artística y de la educación física; la creación de becas de perfeccionamiento y especialización cualtural, científica y obrera, y el establecimiento de bibliotecas populares.
En todas las instituciones docentes se atenderá especialmente la formación del carácter moral y cívico de los alumnos.
Artículos de la Ley General de Educación N° 18.437
ARTÍCULO 1°.- (De la educación como derecho humano fundamental).- Declárese de interés general la promoción del goce y el efectivo ejercicio del derecho a la educación, como un derecho humano fundamental. El Estado garantizará y promoverá una educación de calidad para todos sus habitantes a lo largo de toda la vida, facilitando la continuidad educativa.
ARTÍCULO 2°.- (De la educación como bien público).- Reconócese el goce y el ejercicio del derecho a la educación, como un bien público y social que tiene como fin el pleno desarrollo físico, psíquico, ético, intelectual y social de todas las personas sin discriminación alguna.
ARTÍCULO 5°.- (De la universalidad).- Todos los habitantes de la República son titulares del derecho a la educación, son distinción alguna.
El cuidado y educación de los hijos e hijas para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social,
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