El artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Enviado por miguel-_defensor • 5 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 1.364 Palabras (6 Páginas) • 209 Visitas
El artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es como en todo principio la regla más general, en donde se presenta de la forma más amplia en que los preceptos que se contienen en el ordenamiento supremo del país han de proteger a todas las personas que se encuentren en su territorio, bajo condiciones de igualdad y sin discriminación, protección que se brinda mediante los derechos específicamente reconocidos en la constitución, pero que no son del todo absolutos, sino que también se prevé la posibilidad de que esos derechos sean restringidos en un momento dado, siempre y cuando se esté bajo las previsiones que están en la propia constitución, o sea en caso de decretar estado de guerra.
La protección de los derechos humanos hacia la generalidad de las personas que se encuentran en el territorio mexicano debe ser las más amplia posible y ella debe estar acorde además a las normas complementarias al acervo legal mexicano, complementado con las garantías previstas en tratados internacionales reconocidos por México y las autoridades en el ámbito de sus atribuciones deben ser garantes y vigilantes de que las garantías sean respetadas y cumplidas. En el caso de que alguna sea violada, se deben prever los mecanismos necesarios para restituir al violentado en el pleno goce de ella.
Como regla general la esclavitud está prohibida en México y si acaso entrara al territorio alguna persona que bajo ese estatus, por el simple hecho de estar en México, adquiere su plena libertad de cualquier yugo esclavista. La última parte de este precepto prevé la igualdad y no discriminación en el más amplio sentido de su aplicación, bajo ninguna condición será aceptable la discriminación y mucho menos si con base en ella se pretende despojar de algún derecho o de la aplicación de laguna garantía en perjuicio de la persona discriminada.
Son las reglas de trato entre los mexicanos entre sí y de las autoridades para su pueblo, de allí que la trascendencia de sus lineamientos sean, como la cabeza de cualquier ordenamiento, el precepto más importante que prevé la forma de aplicación y ámbito en el que se ha de aplicar la parte dogmática de la propia Constitución.
El artículo 2 Constitucional hace la definición de pueblos indígenas, así como la regulación de sus derechos, el fomento, conservación y vigilancia de los pueblos indígenas.
Pueblo indígena es la población originaria mexicana es el primer objetivo de este artículo, definiendo que los pueblos indígenas son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas o parte de ellas, para las cuales la conciencia de su identidad debe ser criterio fundamental a quienes aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
El reconocimiento a la auto determinación de estos pueblos y la salvaguarda de este derecho quedarán a cargo de cada uno de los niveles de gobierno para hacerla efectiva.
El reconocimiento de cada unos de los derechos de los pueblos indígenas como ente es el siguiente paso en este artículo, en donde desde luego se hace la especificación de cada uno de esos derechos.
Desde luego que para alcanzar el fin de que los pueblos indígenas crezcan y que sus culturas florezcan, desde luego que es necesario que también se prevea que el gobierno en todos y cada uno de sus noveles prevea su protección y salvaguarde el cumplimiento de sus derechos, facilitándoles el acceso al trabajo, educación, salud, y en general, a cada uno de los servicios que mejore su calidad de vida.
¿Verdad o ficción? Mucho se dice de los pueblos indígenas, pero la realidad es que aún falta mucho de civismo y de autoconciencia para estar en la posibilidad de que se cumplan cabalmente los derechos de las comunidades indígenas, sólo en un ámbito de conciencia personal de los encargados de que los mandatos contenidos en este artículo se cumplan y se respeten a cabalidad.
En el artículo 4 de la Constitución se establece en cada uno de sus párrafos el reconocimiento de un derecho de los ciudadanos mexicanos en específico, en primer lugar, la igualdad entre varones y mujeres, además la salvaguarda de la familia como núcleo primario y básico de la composición social. El reconocimiento de la planificación familiar es otra de las especificaciones y como complemento, el derecho de acceder a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad que el Estado debe garantizar, sin embargo, en la actualidad, los bienes y servicios se procuran más que la alimentación.
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