El auto de formal prisión y el auto de vinculación a proceso
Enviado por esco176363 • 10 de Diciembre de 2016 • Tesina • 1.557 Palabras (7 Páginas) • 432 Visitas
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Licenciatura en Criminología y criminalística
Introducción a la criminalística
El auto de formal prisión y el auto de vinculación a proceso
Dr. Pinedo Barrios Uswaldo
Clara Giuliani Wendoly Escobedo Colunga
20 de Septiembre del 2016
El auto de formal prisión y el auto de vinculación a proceso
Auto de formal prisión
El 18 de Junio del 2008 existe un cambio en cuanto a la conexión con el procedimiento penal mexicano y la regulación constitucional que establece el marco procesal penal. Pasa de ser un sistema penal mixto a ser un sistema penal acusatorio.
El sistema penal mixto se estructuraba así:
En el período de investigación inicial, se deja esta función al Ministerio Público conjuntamente con la policía y el cuerpo de peritos, la que se inicia con la denuncia o la querella, esta tiene el propósito de preparar la acción penal para que se presente ante un juez y lo procese para que imponga las penas que correspondan.
Después se lleva a cabo la pre- instrucción donde se le presenta la informacion preparada al juez y dicte auto procesamiento (formal prisión o sujeción a proceso) o de no procesarlo por falta de elementos o por la no sujeción de proceso.
Cuando se acredita la verdad de los hechos presentados en el auto procesamiento se le llama etapa de instrucción en seguida se formulan conclusiones en el juicio donde el juez resuelve el asunto (primera instancia).
La apelación (segunda instancia), en esta última etapa donde se lleva un proceso jurídico para obtener la revisión de una sentencia (impugnación) con la finalidad de saber si se aplicó correctamente la ley o si se dio respeto a los principios relativos y a la valoración de la prueba.
El auto de formal prisión es una sentencia la cual dicta el juez penal tomando en consideración, que se encuentre tomada la declaración preparatoria, que se acrediten el cuerpo del delito , la probable responsabilidad, y que no exista algo que libere de responsabilidad al inculpado, y esto es de gran importancia en todo proceso penal.
Basándonos en el artículo 19 previo a lo de la constitución política de los estados unidos mexicanos del 2008 se reunieron unos requisitos para el auto de formal prisión
Deben dictarse 72 horas o 144 horas si se pide y acuerda a favor de la petición de ampliación del plazo, esto con el fin de no tener detenido arbitrariamente a una persona mientras se decide si se va procesar o no. Se debe preparar la diligencia de declaración es fundamental para el proceso penal pues es la actuación de la autoridad.
Deben expresarse el delito que se imputa al procesado con la finalidad de tener certeza de los hechos y saber dónde y cuándo se desarrollaron para tener mayor posibilidad de defensa , deben ser delitos donde se impongan sanciones que le priven la libertad y por ultimo deben estar acreditados el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del acusado.
En si esos fueron una de los aspectos más importantes que fueron modificados con la reforma constitucional del 2008 en materia de justicia y seguridad, ya que se establecieron nuevos requisitos y elementos para acudir antes un juez para solicitar una orden de aprehensión o para decretar la vinculación a proceso penal, no sólo se modifica lo mencionado si no los estándares probatorios.
Al mencionar el cuerpo de delito o presunto responsable, estaban obligados a demostrar tales elementos.
Se dice que la demostración de los elementos necesarios para justificar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado prácticamente marcara la forma en que se resolverá el procedimiento conforme a los requisitos mencionados se integra por los delitos normativos. Por cuerpo del delito debe entenderse el conjunto de elementos objetivos que constituyen la materialidad de la figura delictiva descrita concretamente por la Ley Penal, y la determinación que tiene por acreditado el cuerpo del delito debe apoyarse en la demostración de la existencia de un hecho, con todos sus elementos constitutivos, tal como lo define la ley al considerarlo como delictivo y señalar la pena correspondiente.
Desde que se entrega un dictado auto de formal prisión se da inicio formalmente al proceso quedando fija la disputa, porque no habrá modificaciones.
Para tener más clara y precisa la informacion del procesado se ordena la informacion administrativa así como su fotografía y huellas dactilares para no evitar confusiones por homonimias.
Se le hacen estudios de personalidad al procesado y un informe de ingresos de prisión, con la finalidad de conocer si tiene condenas previas o si es un primo delincuente, pero esto ha sido delicado debido a que no se practica con seriedad.
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