Error De Prohibición
Enviado por alejo19888 • 4 de Junio de 2015 • 5.101 Palabras (21 Páginas) • 268 Visitas
ERROR DE PROHIBICIÓN EN EL DERECHO PENAL
Autoras.
MAGDA YOLIMA BALAGUERA CELIS1
LESBIA ELENA PALLARES RODRÍGUEZ2
RESUMEN
El presente artículo, de manera breve, presentará una síntesis de los
principales aspectos que deben tenerse en cuenta al momento de estudiar,
analizar y aplicar el error de prohibición, recogiendo las posturas de los principales
doctrinantes tanto colombianos como foráneos. Además, hará un recorrido desde
sus antecedentes, pasando por su conceptualización, ubicación, clasificación y
reglamentación actual, hasta llegar a los efectos que produce analizando de igual
manera, fallos jurisprudenciales que al respecto ha proferido la Sala Penal de la
Corte Suprema de Justicia de nuestro país.
Palabras Claves. Error de prohibición– Error de tipo – Vencible – Invencible –
Participación –Tentativa – Norma penal -Error y causalidad.
ABSTRACT
This article describes in a properly manner a summary of the main topics to
be taken in count at the moment of to study, analyze, and apply the forbidden
error, collecting the positions of the main expositors, as Colombians as foreign
making a route since their background, walking through their conceptualize,
localization, classification, and current regulations, until to get the effects that they
1 CC. 23.325.054 Belén (Boy.) Cel. 3115742746
2 CC. 32.683.381 Barranquilla Cel. 3002887100
produce, analyzing also judgments that have given by the Criminal division of the
Supreme Court of Justice of our country.
Key Words. Forbidden error, type error, vincible, invincible, participation, tentative,
criminal law, error and causality
INTRODUCCIÓN
Teniendo en cuenta que el conocimiento de la antijuridicidad es
presupuesto necesario para determinar la culpabilidad y por ende, imponer una
pena, se hace necesario estudiar el error de prohibición ya que se encuentra
estatuido en el ordenamiento penal Colombiano, Ley 599 de 2000, como una
causal para que se dé ausencia de responsabilidad penal que en caso de ser
invencible, dará lugar a la exclusión total de la culpabilidad haciendo imposible la
imposición de una pena y en el caso de manifestarse vencible a la atenuación del
quantum punitivo a fijar.
Precisamente el error de prohibición se presenta como un tema álgido que
aunque definido, ostenta una serie de situaciones que deben ponderarse y
analizarse para realizar una correcta adecuación de la conducta desplegada por
un sujeto donde se requiere profundizar para llegar a entender su contenido,
características, clasificación, circunstancias de aplicación y consecuencias
jurídicas que conducirán a una mejor comprensión de esta parte importante de la
teoría del delito y a una visión más amplia y clara de la misma.
ESTADO DEL ARTE
El Error de Prohibición es aquel que recae sobre el conocimiento del
carácter injusto del acto, sobre su comprensión o sobre la intensidad de la ilicitud.
En tal situación, el autor tiene la convicción del obrar legítimamente, sea porque
considere que la acción no está prohibida, porque ignore la existencia del tipo
legal (ignorancia de la ley), porque dé a una causa justificación o un alcance que
no tiene o porque juzgue que concurre una causal de justificación que la ley no
consagra o finalmente porque se considere legitimado para actuar. (GÓMEZ,
2003)
Obra en error de prohibición el sujeto que creyendo actuar lícitamente
perjudica el bien jurídico tutelado. Una creencia equivocada de su actuar lícito
puede provenir o de la ignorancia de que su comportamiento está prohibido por el
ordenamiento jurídico o del pensamiento de que le ampara una eximente por
justificación que realmente no se da o porque dándose, le otorga una amplitud tal
que supone haber obrado dentro de los fueros de la norma permisiva o finalmente,
porque imagina la concurrencia de circunstancias ajenas al hecho que, si por el
contrario concurriesen, meritarían justificarlo. (ARMAZA, 1993)
Es decir procede bajo el error de prohibición quien por una falsa o errada
valoración sobre una situación jurídica, considera que su acción es legítima sea
porque crea equivocadamente que la norma prohibitiva no existe o porque la
considera nula, inválida, derogada, inconstitucional o porque le da una
interpretación que no tiene, sea porque la interpreta en forma diferente o porque
supone erradamente que en su caso concurre un motivo de justificación que la ley
no ha reglamentado; en todo caso, en el error de prohibición el autor cree que
actúa legítimamente o aún cuando ni siquiera se ha planteado la licitud o ilicitud
del hecho.
De la misma manera, hay que tener en cuenta que existe un error de
prohibición no sólo cuando el sujeto se representa positivamente que no actúa de
modo antijurídico, sino ya cuando le falta la conciencia de la antijuridicidad sin que
hubiera reflexionado nunca sobre tal posibilidad. (ROXIN CLAUSS, 2004)
ANTECEDENTES DEL ERROR DE PROHIBICIÓN
El error tiene sus antecedentes inmediatos en el derecho romano donde
imperaba el principio del conocimiento de la ley según el cual “La ley se presume
conocida y su ignorancia no es excusa”, denominado “error iuris nocet”, el cual
imperó por mucho tiempo en las legislaciones penales y que tuvo una limitada
aplicación en el Código Penal Colombiano de 1980 que en su artículo 10 rezaba:
“La ignorancia de le ley penal no sirve de excusa, salvo la excepciones
consagradas en ella”. Pero esta normatividad fue derogada por la Ley 599 de 2000
Código Penal Vigente, pues tal previsión contrariaba la Constitución Política ya
que desconocía la existencia de grupos sociales no integrados a la cultura
dominante, el autor de un hecho punible no podía alegar en su favor el
desconocimiento o ignorancia de la norma como motivo de inocencia, con lo cual
también, se vulnera el principio de presunción de inocencia. Además que la
realidad nacional nos muestra una inflación de normas penales y extra penales
que el ciudadano común no puede conocer automáticamente por más que se
encuentre integrado a la sociedad mayoritaria.
REGLAMENTACIÓN DEL ERROR DE PROHIBICIÓN EN LA LEGISLACIÓN
PENAL VIGENTE
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