Estatutos
Enviado por mario9298 • 5 de Octubre de 2015 • Informe • 2.763 Palabras (12 Páginas) • 522 Visitas
ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA UNIDAD REVOLUCIONARIA A.C.
Expresión Juvenil Revolucionaria
E J R
ESTATUTOS
De la Naturaleza y Fines de EJR
Artículo 1.-Expresión Juvenil Revolucionaria es una organización abierta de carácter nacional, perteneciente a la estructura de la Asociación Nacional de la Unidad Revolucionaria, que a su vez es integrante estatutariamente del Partido Revolucionario Institucional; partido político nacional heredero y comprometido con los principios de la Revolución Mexicana y sus contenidos ideológicos plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2.- Expresión Juvenil Revolucionaria está compuesta por hombres y mujeres jóvenes que comparten y llevan a la práctica los ideales y postulados de la Revolución Mexicana, los cuales encuentran su máxima expresión en la Justicia Social como fin y como principio.
Artículo 3.- Expresión Juvenil Revolucionaria asume a la Revolución, no como un acto acabado o un sólo instante de la historia, aborda a ésta como una tarea permanente de cambio y superación continuo en el siglo XXI.
Artículo 4.- Expresión Juvenil Revolucionaria es un espacio abierto de participación plural donde converge el amplio mosaico juvenil del país; estudiantes, profesionistas, obreros, empresarios, artistas, indígenas, grupos urbanos y grupos rurales. Todos bajo el marco de la tolerancia y respeto a la libre manifestación de las ideas.
Artículo 5.- Expresión Juvenil Revolucionaria es una organización deliberativa, dialogante y propositiva en la solución de los grandes problemas nacionales.
De los Fines
Artículo 6.- Expresión Juvenil Revolucionaria, tiene como principal objetivo buscar y obtener el poder político, para ejercerlo con apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, buscando siempre el mejoramiento de la sociedad mexicana para lograr la justicia social.
Artículo 7.- Expresión Juvenil Revolucionaria acercara la política a la juventud mexicana, a través de su involucramiento en la complejidad social y ésta tome conciencia de sí para que cada joven mexicano sea factor de cambio social.
Artículo 8.- Fomentar la participación democrática de los jóvenes en la toma de decisiones políticas para alcanzar, ejercer y mantener el poder para cumplir con el principio máximo de la Revolución Mexicana: la Justicia Social.
Artículo 9.- Establecer programas de capacitación ideológica, política y social para sus militantes y para los ciudadanos que libremente decidan participar y formarse políticamente.
Artículo 10.- Difundir los postulados y contenidos ideológicos de Revolución Mexicana y del Partido Revolucionario Institucional como mecanismo de promoción política.
Artículo 11.- Realizar investigaciones, foros temáticos, conferencias y mesas redondas con la participación de grupos representativos de la sociedad para dialogar y discutir desde amplias perspectivas la problemática actual y la agenda pública nacional.
Artículo 12.- Vincular los proyectos y aspiraciones de los jóvenes con los sectores académicos, productivos, instituciones gubernamentales y sociedades civiles para dar cauce y solución pronta a sus demandas.
De su Símbolo y Lema
Artículo 13.- El emblema y los colores que caracterizan a la organización se describen como:
Las letras mayúsculas “E” y “R”, en color verde y sobre un fondo blanco. La línea inicial de la letra “R” deberá estar estilizada hacia abajo y al lado izquierdo, simulando una letra “J”. A manera de semicírculo, alrededor de las letras “E” y “R”, en color negro y dentro del fondo blanco, se encuentra en letras mayúsculas la leyenda “EXPRESIÓN JUVENIL REVOLUCIONARIA”.
Artículo 14.- El lema de la organización es “Los tiempos cambian, las ideas permanecen”.
Está conformado por dos ideas, cada una separada por una coma y en su conjunto entre comillas. Deberá utilizarse imperativamente en cada escrito, oficio y/o comunicado oficial, que sea emitido por las dirigencias de Expresión Juvenil Revolucionaria, en todos sus niveles.
De su Estructura
Artículo 15. Son partes estructurales de Expresión Juvenil Revolucionaría:
- Un Consejo Consultivo Nacional
- Un Comité Directivo Nacional
- Las Organizaciones Estatales y Municipales
- La Comisión de Evaluación Ideológica
Del Consejo Consultivo Nacional
Artículo 16.- El Consejo Consultivo Nacional es el órgano máximo de Expresión Juvenil Revolucionaria, integrado por:
- El Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Nacional de la Unidad Revolucionaria en funciones;
- El Comité Directivo Nacional en Pleno;
- Presidente y Secretario de Ideología y Vinculación Política de EJR, con la debida protesta legal y estatutaria, de cada Entidad Federativa.
- Tres Presidentes de Comités Directivos Municipales de EJR, con la previa protesta legal y estatutaria, por cada una de las Entidades Federativas mediante convocatoria respectiva.
Artículo. 17.- El Consejo Consultivo Nacional se reunirá en sesión ordinaría una vez por año y de manera extraordinaria cuando el Presidente del Comité Directivo Nacional lo fundamente y estime necesario, o bien cuando la petición sea formulada por el 50% de los militantes registrados en el padrón de EJR.
Artículo 18.- Los trabajos del Consejo Consultivo Nacional serán coordinados por una Mesa Directiva que tendrá la siguiente integración:
- Un Presidente
- Un Secretario
- Un Vocal
Los acuerdos aprobados en esta asamblea regirán para todos los militantes
Artículo 19.- Son atribuciones del Consejo Consultivo Nacional:
- Conocer y aprobar los planes de trabajo del Comité Directivo Nacional;
- Conocer los nombramientos hechos por el Presidente del Comité Directivo Nacional; de la EJR
- Discutir y aprobar cambios y/o modificaciones a los estatutos de Expresión Juvenil Revolucionaria;
- Acordar la participación de EJR en movimientos políticos y sociales afines a los postulados y principios de la Revolución Mexicana;
- Conocer y aprobar la fórmula para Presidente y Secretario de Ideología y Vinculación Política, a propuesta del Presidente del Consejo Directivo Nacional de la Unidad Revolucionaria;
- Conocer los asuntos que sean sometidos a su consideración a propuesta del Presidente del Comité Directivo Nacional; y
- Los asuntos que no estén expresamente reservados para el Consejo Consultivo Nacional, estos se entenderán de competencia del Comité Directivo Nacional.
Del Comité Directivo Nacional
Artículo 20.-El Comité Directivo Nacional tiene la representación ideológica y dirección política de Expresión Juvenil Revolucionaria en todo el país y desarrollará todas las tareas de vinculación y coordinación para la operación sistemática de los acuerdos aprobados por el Consejo Consultivo Nacional.
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