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Fiscalizacion


Enviado por   •  17 de Junio de 2013  •  2.433 Palabras (10 Páginas)  •  345 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

COLEGIO UNIVERSITARIO DE ADMINISTRACION Y MERCADEO

III SEMESTRE ADMINISTRACION ADUANA

CAGUA - C.U.A.M

Noviembre de 2012

Introducción

Sin duda alguna todo lo relacionado con la fiscalización y el control fiscal han tomado gran importancia en conjunto con el desarrollo de la administración financiera ya que estos cumplen y tienen un gran papel en hacer valer las normativas vigentes.

Es de gran interés manejar todo lo referente a la fiscalización ya que este es un punto de gran peso para la sociedad en general que debe tener un ideal de este tema, la disciplina fiscal recorre al mundo la sostenibilidad de las finanzas públicas, al pasar el tiempo son más los consensos de ello en todos los países del mundo, es punto esencial para el desarrollo económico y social de un país, para nosotros los venezolanos ha sido más sencillo decirlo que hacerlo ya que como sabemos existe un importante desequilibrio fiscal el cual no desaparecerá solamente con la intervención de decisiones y actos políticos sino instrumentos concretos. Es por ello que el propósito de esta investigación es dar a conocer más a fondo todo lo referente con el control fiscal así como también información concreta referente a este extenso tema.

La fiscalización en Venezuela es un proceso de mucha importancia que realiza la administración para llevar a cabo el control y cumplimiento de los deberes formales establecidos en la ley que en conjunto con las diversas reglas de control fiscal establecidos por el ISLR.

Asimismo, la función fiscalizadora debe ser permanente, ya que el hecho de instar a los contribuyentes para que efectúen el pago de impuestos, no solo constituye una obligación impuesta por la Ley que debe ser cumplida; sino que es una manera de contribuir con el fortalecimiento del sistema económico y fiscal de nuestro país y por ello es tan importante que todos y cada uno de nosotros aporte a un optimo desarrollo económico y hasta social solo con el simple hecho de ser responsables.

Fiscalización

La fiscalización consiste en examinar una actividad para comprobar si cumple con las normativas vigentes. En el sector privado, la fiscalización puede ser decretada por el Estado (para comprobar si una empresa cumple con la ley) o de manera interna por las propias compañías (para controlar los balances, el stock y destino de las mercaderías.

El proceso de Fiscalización comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad instar a los contribuyentes a cumplir su obligación tributaria; cautelando el correcto, integro y oportuno pago de los impuestos.

Ejemplo

Ante una denuncia contra una empresa que supuestamente no entrega facturas por sus ventas, un organismo estatal decide iniciar la fiscalización de la firma para constatar que se esté cumpliendo el pago de los impuestos. Si el análisis de su actividad detecta que la empresa, efectivamente, omitió entregar facturas, el Estado puede actuar con algún tipo de penalización. En cambio, si la fiscalización demuestra que la compañía sí cumple con la ley, la denuncia queda desestimada.

Reglas de control

Existen muchas reglas establecidas por la ley de ISLR podemos resaltar las más importantes:

* Para fines de control fiscal, la Administración Tributaria podrá exigir mediante providencia administrativa, que los beneficiarios de alguna de las exenciones previstas en el Artículo Nº 14 de la Ley de ISLR presenten declaración jurada anual de los enriquecimientos exentos, por ante el funcionario u oficina y en los plazos y formas que determine la misma. En todo caso la Administración Tributaria deberá verificar periódicamente el cumplimiento de las condiciones que dan derecho a las exenciones establecidas en el mencionado Artículo Nº 14.

* Los contribuyentes están obligados a llevar en forma ordenada y ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados, los libros y registros que esta ley, su reglamento y las demás leyes especiales determinen, de manera que constituyan medios integrados de control y comprobación de todos sus bienes activos y pasivos, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, relacionados o no con el enriquecimiento que se declara, a exhibirlos a los funcionarios fiscales competentes y a adoptar normas expresas de contabilidad que con ese fin se establezcan.

* Los emisores de comprobantes de ventas o de prestación de servicios realizados en el país deberán cumplir con los requisitos de facturación establecidos por la Administración Tributaria, incluyendo en los mismos su número de Registro de Información Fiscal (RIF). Únicamente de esta forma podrá alegarse el valor probatorio de dichos comprobantes con respecto a los desembolsos que los mismos respaldan. Con esta disposición, se pretende lograr la unificación de los deberes formales exigidos tanto para la facturación del Impuesto al Valor Agregado, como para el ISLR.

* Los Jueces, Registradores Mercantiles o Notarios deberán llevar:

a-) Un registro especial de las liquidaciones de compañías.

b-) Notificar a la Administración Tributaria del domicilio fiscal del contribuyente, de la apertura de cualquier procedimiento de quiebra, estado de atraso o remate, al igual que en los casos de ventas de acciones que se realicen fuera de las Bolsas de Valores.

* Cuando conforme al Código Orgánico Tributario la Administración Tributaria deba proceder a determinar de oficio el impuesto sobre base presunta utilizando indicios y presunciones, se tomarán en cuenta, entre otros elementos, los siguientes:

a-) Volumen de las transacciones efectuadas en el ejercicio o ejercicios gravables.

b-) Capital invertido.

c-) Préstamos, consumos y otras cargas financieras.

d-) Incrementos patrimoniales fiscalmente injustificados.

e-) Rendimiento de empresas similares.

f-) Utilidades de otros períodos

g-) Modo de vida del contribuyente, cuando se trate de personas naturales.

* Los contribuyentes que contraten con el Gobierno Nacional, los estados, municipios, Institutos Autónomos y demás entes de carácter público o Empresas del Estado, deberán presentar las declaraciones correspondientes a los últimos cuatro (4)ejercicios, para hacer efectivos los pagos provenientes de

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