GERENCIA Y LIDERAZGO. ESTADO Y SOCIEDAD
Enviado por Alex VeTa • 4 de Enero de 2017 • Síntesis • 3.482 Palabras (14 Páginas) • 240 Visitas
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA SALESIANA
GERENCIA Y LIDERAZGO
MODALIDAD PRESENCIAL – SEGUNDO NIVEL G2
ESTADO Y SOCIEDAD
INTRODUCCION
¿Cuál es el fundamento político del estado moderno? ¿Cuál es la función que tiene? Para aproximar una respuesta a estos interrogantes, el siguiente ensayo intenta abordar cuál es la concepción del estado moderno que hay en distintos autores modernos del pensamiento político. No se pretende ser exhaustivo en el análisis y en la exposición del planteo de los autores; más bien intentaremos mostrar cómo se conecta, en cada autor, la concepción de estado (su “ser”) con lo que se pide de él en términos políticos (su “deber ser”). A tal fin, presentaré en primer lugar las visiones de Hobbes, Locke y Rousseau; luego el planteo de Hegel y, por último, la mirada marxista del estado y la sociedad. El objetivo de este ensayo es conocer las perspectivas que tienen estos autores anteriormente mencionados acerca del Estado Moderno y como esta influye en la sociedad y así explicar la concepción teórica de la naturaleza del estado moderno y su función.
El estado como producto de un contrato o el estado contractualista
Una primera explicación, en torno a cómo surge el estado moderno, es la que sostiene que éste nace a través de un contrato. Al igual que en toda relación contractual, la explicación contractualista del estado, supone que las partes contratantes que dan vida al estado (los hombres) son libres, iguales e independientes entre sí. El contrato queda así definido a partir de un acuerdo mutuo entre voluntades libres (en el sentido de que no mantienen con quien pactan ninguna relación de esclavitud o servidumbre) que acuerdan el establecimiento del contrato. En la visión contractualista, que se presenta a continuación, esta “libertad humana” es naturalizada es decir, es concebida como intrínseca al hombre o, lo que es lo mismo, como constitutiva de su propia naturaleza. De este modo, es como los contractualistas pueden plantear la vida del hombre en un estadio anterior, previo a la conformación del estado, denominado “estado natural” o “estado de naturaleza”, donde los individuos son libres, para hacer lo que deseen; iguales, ante una misma “ley natural”, “mandato natural” o simplemente “virtud natural” e independientes entre sí es decir, no hay, entre los hombres que pactan, relaciones de esclavitud o servidumbre. En un momento determinado estos individuos libres, iguales e independientes entre sí deciden, de manera voluntaria, dar vida al estado por medio del contrato. Ahora bien, ¿por qué se verían obligados los hombres a renunciar a su “libertad natural” para formar el estado? Aquí es donde aparecen las diferencias en los enfoques contractualistas del estado moderno. En primer término tenemos a Hobbes, quien plantea que lo que impulsa a los hombres a pactar, y crear el estado, es la necesidad, por parte de estos, de tener paz y de conservar la vida. El estado natural hobbesiano es susceptible de derivar pronto en el “estado de guerra” debido a que no existe un poder instituido (y exterior al individuo) que establezca la ley, delimite la propiedad y ejecute la justicia. Ocurre, en la visión de Hobbes que, como todos los hombres son iguales, todos quieren lo mismo al mismo tiempo y, al no haber una autoridad capaz de fijar a quien pertenece cada cosa ni tampoco de mediar los conflictos, pueden pelearse indefinidamente entre sí por conseguirlo y (en caso de obtenerlo) por conservarlo o, mejor dicho, por detentar la “exclusividad” de la cosa obtenida. Así, en el estado natural hobbesiano, el orden no está garantizado por lo que las disputas entre los individuos pueden (fácilmente) expandirse (espacial y temporalmente) produciendo un “estado de guerra” que impida, o haga difícil, la conservación de la vida. La solución al “estado de guerra”, que los hombres tienen a mano, para alcanzar la paz y proteger sus vidas es la de pactar para formar el estado (o “Leviatán”). La condición que impone tal acuerdo es la renuncia de todos los derechos (menos el de la propia vida), que tenían los hombres en el estado natural, para cederlos a una autoridad central, suprema y absoluta capaz de garantizar el orden y, por esa vía, la paz y la vida.
En segundo término tenemos a Locke, quien considera que el pasaje del “estado natural” al estado, no es tan directo como en el caso anterior. El estado de naturaleza lockeano, a diferencia del hobbesiano, es inherentemente pacífico y el individuo que lo habita es, por consiguiente, pacífico también o, en otros términos, más racional y menos pasional (de lo que supone Hobbes). Esta cuestión no es menor ya que, como se verá más adelante, tiene repercusión sobre el tipo de estado y lo que este puede y debe hacer (su “deber ser”) en el que piensa cada uno de ellos. Volviendo a Locke, en el estado natural, los hombres se guían bajo una “ley natural” que indica a estos la auto conservación de la especie. A este fin, el hombre dispone de la propiedad la cual, en el sentido amplio del término (tal como la define el autor), designa vida, propiedad y bienes. En el planteo de Locke, los hombres no sólo pueden optar entre acatar o no la “ley natural” (ya que disponen de libre albedrío) sino además, interpretarla de acuerdo a sus propias creencias o conveniencias es decir, de una manera “subjetiva”. Así como hay muchos individuos que viven tranquilamente y cumpliendo con el mandato natural; hay otros pocos que eligen no cumplirlo y dañan la propiedad de los otros: atentan contra su vida, roban sus bienes o intentan quitar su libertad. Quienes resultan agraviados pueden (y deben) hacer respetar la “ley natural” sancionando, a quienes no la cumplen, mediante un castigo o un ajusticiamiento. Sin embargo, el castigo o ajusticiamiento, por propia mano, puede resultar excesivo o desproporcionado debido a la interpretación subjetiva de la “ley natural”. Tal situación, puede dar origen a una respuesta por parte de los “castigados”, por el uso excesivo de la fuerza por parte de los “castigadores”, que resulte en una nueva agresión. Así, en el razonamiento de Locke, el estado de naturaleza puede desembocar en una suerte de espiral o escalada de violencia que culmine en el “estado de guerra” tan temido por Hobbes. Para evitar la llegada de tal escenario, se configura el estado cuyo fin último es el de preservar la propiedad de los hombres. La interpretación “subjetiva” de la “ley natural”, propia del “estado natural”, es reemplazada así por una interpretación “objetiva” por parte del estado que emana de la facultad de este para, por un lado, crear leyes (poder legislativo) y, por otro lado, hacerlas cumplir (poder ejecutivo). No obstante, en este contrato que da origen al estado, siguiendo la exposición de Locke, lo que los hombres ganan en seguridad y tranquilidad (preservación de la propiedad y no sólo de la vida como en Hobbes) lo resignan (al igual que el planteo de hobbesiano) en “libertad natural”.
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