Guia De Operaciones De Credito
Enviado por ESTRADA5 • 24 de Febrero de 2013 • 2.672 Palabras (11 Páginas) • 491 Visitas
GUÍA DE OPERACIONES DE CRÉDITO.
TARJETAS DE CRÉDITO:
Nace en Europa a fines del siglo pasado, era ocupada en los hoteles.
En los años 20s, en EU. Se utilizó por los petroleros.
En los años 50s, tuvo su mayor auge, en México se utilizó en tiendas departamentales.
El primer banco que la utilizó en nuestro país fue Banamex y Mexicana de aviación.
Definición:
Es el contrato mediante el cual la entidad crediticia o institución bancaria como persona jurídica, concede un crédito rotatorio, de cuantía y plazo determinado, prorrogable indefinidamente, a una persona natural con el fin de que ésta lo utilice en los establecimientos afiliados.
Naturaleza jurídica:
Es un documento probatorio de un contrato de apertura de crédito, el cual debe estar avalado por un contrato de apertura de crédito.
Clasificación:
-directas
-indirectas.
1.-Directas o comerciales:
Documento que acredita a su tenedor como sujeto de crédito, para obtener de la entidad comercial o emisora de la tarjeta mercancías o servicios para pagar a crédito.
Elementos personales:
1.-La empresa comercial emisora -------------- acreditante
2.-El tarjeta habiente ------------------------------ acreditado
Requisitos:
+Un contrato de apertura de crédito.
+Un pagaré
2.-Indirectas o bancarias
El acreditante es un banco que abre al acreditado un crédito en cuenta corriente, para que por medio de la tarjeta pueda presentarse a establecimientos comerciales afiliados al creador de la tarjeta y haciendo uso de su crédito, obtenga bienes o servicios que se cobrarán al creador de la tarjeta, quien a su vez enviará al acreditado un estado de cuenta mensual y le cobrará el importe de las disposiciones que haya realizado.
Elementos personales:
1.-Banco o la entidad emisora
2.-Usuario o titular de la tarjeta
3.-Proveedor
Requisitos:
-contrato de apertura de crédito
- tarjeta de crédito
- un pagaré, notas de cambio o claves telefónicas
-un contrato de proveedores
Mecanismo de operación:
1.-En cuenta corriente:
Se limita al término de 1 a 3 meses y con cantidades menores, por lo que en el plazo de un mes no se cobran intereses o hasta 12 meses en pagos diferidos y se limita a la adquisición de bienes y servicios de bajo costo.
2.- En cuenta especial:
Se otorga a plazo mas largo, por consiguiente se autoriza una cantidad mayor y el plazo es de 12 a 36 meses con un interés.
Obligaciones de banco emisor:
+Pagar por cuenta del acreditado los bienes y servicios que hubiere dispuesto el cuenta habiente.
+Pagar las órdenes de compra de bienes y servicios que el cuenta habiente solicite.
+Enviar mensualmente un estado de cuenta al tarjeta habiente
+Debe contar con un seguro contra robo o extravío
Obligaciones del tarjeta habiente:
+Hacer buen so de la tarjeta
+En caso de robo o extravío, avisar inmediatamente a la institución crediticia para que se +cancele y de aviso a los proveedores
+No utilizar cantidades superiores a crédito autorizado
CUENTA CORRIENTE:
En virtud del contrato de cuenta corriente los créditos derivados de las remesas reciprocas de las partes, se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta y solo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta, constituye un crédito exigible y disponible. Art. 302 L.G.T.O.C.
Es aquel por el que las partes se obligan de modo recíproco a no exigir aisladamente los créditos anotados en la cuenta y a pagar periódicamente o al término del contrato el saldo o diferencia entre las partidas o remesas.
Naturaleza jurídica:
Es un contrato normativo que puede tener un contenido variable con perdida de su individualidad.
Elementos personales:
1.-Los cuentacorrentistas.
Elementos objetivos:
Remesas (toda operación que motive una anotación en la cuenta)
Las remesas pueden ser materiales, remesas en dinero, prenda hipoteca, créditos contra terceros o bien títulos contra terceros salvo buen cobro.
Efecto principal es no exigir de manera recíproca los créditos individuales.
Características:
- Puede ser celebrado por particulares.
- Contrato propio de la actividad mercantil
- Autónomo
- Bilateral
- Consensual
- Oneroso
- Conmutativo.
Efectos del contrato de cuenta corriente:
- Novación: Desaparece la obligación del crédito anotado y aparece la obligación sobre el saldo exigible
- La inclusión de crédito: Los créditos incorporados en títulos se vuelven exigibles
- Indivisibilidad: Los créditos en ella incluidos no pueden separarse y pierden su individualidad
- Las partidas son inembargables: Solo puede embargarse el saldo eventual de la cuenta
- Productividad o causalidad de intereses: Los créditos no producen intereses.
Clausura puede ser después de seis meses o antes si así lo pactaron las partes.
CRÉDITO DOCUMENTARIO:
Es un convenio en virtud del cual un banco, actuando a petición de un importador y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar un pago a un exportador contra presentación de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y las condiciones del crédito. El crédito documentario es mas favorable al exportador que al importador.
Los bancos nunca trabajan con mercancías, siempre lo hacen con documentos.
Finalidad:
Es facilitar el comercio interno y externo eliminando la desconfianza que pudiera existir entre compradores y vendedores que desean celebrar sus operaciones como si lo hicieran en persona.
Elementos personales:
1.-Banco acreditante: es quien da la seguridad de pago por el producto al vendedor
2.-Acreditado comprador: es quien mediante la firma requiere al banco la apertura de un crédito comercial, depositara al banco o pedirá al mismo, para pagar la mercancía comprada.
3.-Beneficiario vendedor: realiza el embarque de las mercancías y servicios pactados, obteniendo su pago mediante el crédito comercial establecido a su favor. No podrá disponer de dinero hasta que entregue los documentos al banco que aseguren que la mercancía ya esta en envío.
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